Créase El Comité De Auditoría De La Vicepresidencia De La República, Para Que Mediante Sus Evaluaciones Identifiquen Deficiencias Materiales En La Estructura Y Funcionamiento Del Control Interno

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Resoluciones - (CRÉASE EL COMITÉ DE AUDITORÍA DE LA VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, PARA QUE MEDIANTE SUS EVALUACIONES IDENTIFIQUEN DEFICIENCIAS MATERIALES EN LA ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DEL CONTROL INTERNO) RESOLUCIÓN No. 005-2013, Aprobada el 17 de Enero del 2013 Publicada en La Gaceta No. 34 del 21 de Febrero del 2013 El Vicepresidente de la República de Nicaragua, CONSIDERANDO Que la REFORMAS E INCORPORACIONES A LAS NORMAS TÉCNICAS DE CONTROL INTERNO Publicado en La Gaceta No. 193 del 10 de Octubre del año 2012 de la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, donde Establece en su Numeral 2.- Se reforma en la Norma Específica de Ambiente de Control el punto 5.1.4.2 denominado Comité de Auditoría en su numeral 2, el que se leerá así: 1.- En las Entidades del Gobierno Central y sus dependencias EL COMITÉ DE AUDITORÍA estará Integrado por: A) Máxima Autoridad o en su defecto al que delegare, quien actuará como Presidente del Comité y B) Dos miembros de la Alta Dirección, que no manejen o custodien recursos. II Al establecerse en la misma normativa Los funcionarios miembros del Comité de Auditoría permanecerán por período indefinido mientras trabajen para la Entidad, y en caso de remoción, traslado o renuncia, serán sustituidos por el funcionario que los reemplace en el cargo, o salvo por razones justificadas no puedan seguir perteneciendo a dicho Comité. En uso de las facultades que le confiere la CONSTITUCIÓN POLÍTICA, la ley 290 LEY DE ORGANIZACIÓN, COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTOS DEL PODER EJECUTIVO, Ley 681 LEY ORGÁNICA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y LAS NORMAS DE CONTROL INTERNO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Resuelve: Primero: Créase EL COMITÉ DE AUDITORÍA DE LA VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA para que mediante sus evaluaciones identifiquen deficiencias materiales en la estructura y funcionamiento del Control Interno, emitiendo sugerencias que puedan contribuir a un entorno más seguro y confiable en base a las disposiciones de la Contraloría General de la República y las normas que regulan el funcionamiento de la Administración Pública. Segundo: EL COMITÉ DE AUDITORÍA DE LA VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA estará Integrado por delegación en el Doctor VICENTE BISMARCK VANEGAS POTOY Asesor Legal, Nombrado según Acuerdo No. 002-2012 del veintitrés de enero del año dos mil doce quien actuará como PRESIDENTE DEL COMITÉ y son miembros los Funcionarios Públicos la Licenciada CAROLINA GUADALUPE MARTINEZ ORTIZ Nombrada según Acuerdo No. 007-2007 del diez de enero del año dos mil siete, y el Licenciado ALBERTO JOSÉ GARCIA SÁNCHEZ Nombrado según Acuerdo No. 026-2007 del doce de julio del año dos mil siete y será invitada como Asesor técnico con voz sin derecho a voto a la Licenciada SANDRA LÓPEZ FERNÁNDEZ Coordinadora de Auditoría Interna de la Secretaria de la Presidencia de la República.- Tercero: La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los diecisiete días del mes de enero del año dos mil trece.- (F) GENERAL DE EJÉRCITO (R) MOISÉS OMAR HALLESLEVENS ACEVEDO, VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA. -