Créase El Comité De Auditoría De La Vicepresidencia De La República, Para Que Mediante Sus Evaluaciones Identifiquen Deficiencias Materiales En La Estructura Y Funcionamiento Del Control Interno
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Resoluciones
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(CRÉASE EL COMITÉ DE AUDITORÍA
DE LA VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, PARA QUE MEDIANTE SUS
EVALUACIONES IDENTIFIQUEN DEFICIENCIAS MATERIALES EN LA ESTRUCTURA
Y FUNCIONAMIENTO DEL CONTROL INTERNO)
RESOLUCIÓN No. 005-2013, Aprobada el 17 de Enero del
2013
Publicada en La Gaceta No. 34 del 21 de Febrero del 2013
El Vicepresidente de la República de Nicaragua,
CONSIDERANDO
Que la REFORMAS E INCORPORACIONES A LAS NORMAS TÉCNICAS DE
CONTROL INTERNO Publicado en La Gaceta No. 193 del 10 de
Octubre del año 2012 de la CONTRALORÍA GENERAL DE LA
REPÚBLICA, donde Establece en su Numeral 2.- Se reforma en
la Norma Específica de Ambiente de Control el punto 5.1.4.2
denominado Comité de Auditoría en su numeral 2, el que se leerá
así: 1.- En las Entidades del Gobierno Central y sus
dependencias EL COMITÉ DE AUDITORÍA estará Integrado por:
A) Máxima Autoridad o en su defecto al que delegare, quien
actuará como Presidente del Comité y B) Dos miembros de la
Alta Dirección, que no manejen o custodien recursos.
II
Al establecerse en la misma normativa Los funcionarios miembros
del Comité de Auditoría permanecerán por período indefinido
mientras trabajen para la Entidad, y en caso de remoción, traslado
o renuncia, serán sustituidos por el funcionario que los reemplace
en el cargo, o salvo por razones justificadas no puedan seguir
perteneciendo a dicho Comité.
En uso de las facultades que le confiere la CONSTITUCIÓN
POLÍTICA, la ley 290 LEY DE ORGANIZACIÓN, COMPETENCIA Y
PROCEDIMIENTOS DEL PODER EJECUTIVO, Ley 681 LEY ORGÁNICA
DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y LAS NORMAS DE CONTROL
INTERNO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
Resuelve:
Primero: Créase EL COMITÉ DE AUDITORÍA DE LA
VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA para que mediante sus
evaluaciones identifiquen deficiencias materiales en la estructura
y funcionamiento del
Control Interno, emitiendo sugerencias que puedan contribuir a un
entorno más seguro y confiable en base a las disposiciones de la
Contraloría General de la República y las normas que regulan el
funcionamiento de la Administración Pública.
Segundo: EL COMITÉ DE AUDITORÍA DE LA VICEPRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA estará Integrado por delegación en el Doctor VICENTE
BISMARCK VANEGAS POTOY Asesor Legal, Nombrado según Acuerdo No.
002-2012 del veintitrés de enero del año dos mil doce quien actuará
como PRESIDENTE DEL COMITÉ y son miembros los Funcionarios Públicos
la Licenciada CAROLINA GUADALUPE MARTINEZ ORTIZ Nombrada
según Acuerdo No. 007-2007 del diez de enero del año dos mil siete,
y el Licenciado ALBERTO JOSÉ GARCIA SÁNCHEZ Nombrado según
Acuerdo No. 026-2007 del doce de julio del año dos mil siete y será
invitada como Asesor técnico con voz sin derecho a voto a la
Licenciada SANDRA LÓPEZ FERNÁNDEZ Coordinadora de Auditoría
Interna de la Secretaria de la Presidencia de la República.-
Tercero: La presente resolución entrará en vigencia a partir
de su publicación en cualquier medio de comunicación, sin perjuicio
de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los diecisiete días del mes de
enero del año dos mil trece.- (F) GENERAL DE EJÉRCITO (R) MOISÉS
OMAR HALLESLEVENS ACEVEDO, VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA.
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