Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Resoluciones
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(CREACIÓN DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE ATENCIÓN AL CONSUMIDOR Y DE CALIDAD DE
SERVICIO)
RESOLUCIÓN No. 142-06-2006, Aprobada el 30 de Junio del
2006
Publicada en La Gaceta No. 139 del 18 de Julio del 2006
EL CONSEJO DE DIRECCIÓN DEL INSTITUTO NICARAGUENSE DE
ENERGÍA
CONSIDERANDO
I
Que el Instituto Nicaragüense de energía a partir de Noviembre del
2005, con la elección de nuevas autoridades ha desarrollado el
ejercicio de las facultades que las Leyes, Reglamentos y Normativas
del sector eléctrico establecen y en ese sentido el trabajo de las
áreas se ha incrementado, en especial la atención a los
consumidores en que la cantidad de reclamos ha tenido un ascenso de
un 400% más que en años anteriores.
II
Que las Normas que regulan la Calidad del Servicio Eléctrico, deben
ser implementadas adecuadamente de parte de este Ente Regulador,
siendo un pilar fundamental para garantizar la continuidad,
seguridad y calidad del servicio eléctrico. Que el artículo 18 de
la Ley 272, Ley de la Industria Eléctrica establece que la
regulación, supervisión y fiscalización de las actividades de la
industria eléctrica, estará a cargo del INE, cuyas funciones
relacionadas con el subsector eléctrico están establecidas en su
Ley Orgánica del INE. El artículo 2, inciso d) de la Ley 271, Ley
de Reforma a la Ley Orgánica del INE, establece Elaborar, poner en
vigencia y fiscalizar el cumplimiento de normas y regulaciones
técnicas sobre la generación, transmisión, distribución y uso de
energía eléctrica.
III
Que en ese sentido este Consejo de Dirección ha considerado
necesario reestructurar y reorganizar el Instituto Nicaragüense de
Energía a fin de dar cumplimiento efectivo y eficaz a todas las
funciones y atribuciones que por ley nos competen, en tal sentido
estamos creando la Dirección General de Atención a los Consumidores
y de Calidad del Servicio; disgregándole unidades administrativas a
la Dirección General de Electricidad; que pasan a formar parte de
la nueva Dirección General serán dependencias de esta nueva unidad
administrativa las siguientes: la Dirección de Atención a los
Consumidores a nivel nacional y la Dirección de Calidad del
Servicio.
POR TANTO:
De conformidad con lo establecido en la Ley de Reforma a la Ley
Orgánica del Instituto Nicaragüense de Energía (INE), Ley No. 271
publicada en La Gaceta No. 63 del 01 de Abril de 1998 y en las
disposiciones de la Ley de la Industria eléctrica (Ley No. 272),
publicada en La Gaceta No. 74 del 23 de Abril de 1998 y su Reforma
Ley 465 publicada en La Gaceta No. 168 del 27 de agosto del 2004.
Normativa de la Calidad del Servicio, Normativa de Multas y
Sanciones aprobadas por Resolución No. 08-2001; Normativa de
Alumbrado Público aprobada por la Resolución No. 20-2003; Normativa
de Servicio Eléctrico, aprobada por Resolución No. 006-2000.
RESUELVE:
UNO: Créase a partir del cinco de julio del presente año, la
Dirección General de Atención al Consumidor y de Calidad del
Servicio. Esta Dirección tendrá bajo su dependencia la Dirección de
Atención al Consumidor a nivel nacional y la Dirección de Calidad
del Servicio.
DOS: En las Normativas de Servicio Eléctrico, de Calidad del
Servicio, de Alumbrado Público, en la de Multas y Sanciones
solamente en lo relativo a Atención a los Consumidores y Calidad
del Servicio, en las cuatro normativas señaladas, en donde diga:
Dirección General de Electricidad, deberá leerse Dirección General
de Atención a los Consumidores y Calidad de Servicio.
La aprobación de la presente Resolución fue realizada por el
Consejo de Dirección en su Sesión Ordinaria No. 27 del 30 de junio
del año dos mil seis.
Dado en la ciudad de Managua, a los treinta días del mes de junio
del año dos mil seis. Notifíquese y publíquese.
CONSEJO DE DIRECCIÓN. José David Castillo Sánchez,
Presidente. Reinerio Montiel B., Miembro. Juan José
Caldera P., Miembro. Ante mí: Mariela Cerrato V.,
Secretaria Ejecutiva.
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