Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Resoluciones
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(AUTORIZAR LA IMPRESIÓN DE UNA
NUEVA SERIE DE BILLETES Y MONEDAS QUE LLEVARÁN LA PALABRA
ORO)
RESOLUCIÓN CD-BCN-XXXII-4-90. Aprobado el 1 de Mayo de
1990
Publicado en El Diario Barricada Edición No. 3804 del 4 de Mayo de
1990
COMUNICADO
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL BANCO CENTRAL
DE NICARAGUA,
CERTIFICA:
Que dicho Consejo en su Sesión No. 32 del día primero de Mayo de
mil novecientos noventa, adoptó la resolución que literalmente
dice:
CE-BCN-XXXII-4-90
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA,
REVUELVE:
Con la aprobación de la Presidente de la República, autorizar la
impresión de una nueva serie de billetes y monedas cuyas
denominaciones, características, series y numeraciones,
dimensiones, colores básicos, leyendas, que entre otras llevará la
palabra Oro, diseños y dibujos así como las cantidades de
billetes de cada tipo que se ordenan imprimir estarán contenidas en
el Contrato de Impresión que al respecto se firme.
Para la acuñación de las monedas, los tipos, valor facial, metales,
aleaciones, características y leyendas que deberán llevar estarán
asimismo contenidos en el Contrato de acuñación que al respecto se
firme. El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua en el
mismo Acuerdo de puesta en circulación de los billetes y monedas
autorizados a imprimir y acuñar dará a conocer al público todas las
características y demás detalles correspondientes.
Es conforme con su original en fe de lo cual se extiende la
presente Certificación en la ciudad de Managua a los tres días del
mes de Mayo de mil novecientos noventa. ARTURO ELÍ TABLADA,
Secretario. Consejo Directivo.
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