Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Resoluciones
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(AUTORIZAR LA EMISIÓN DE UNA
NUEVA SERIE DE BILLETES Y MONEDAS DE LA UNIDAD MONETARIA
NACIONAL)
RESOLUCIÓN CD-BCN-XXXII-1-90. Aprobado el 1 de Mayo de
1990
Publicado en El Diario Barricada Edición No. 3804 del 4 de Mayo de
1990
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL BANCO CENTRAL
DE NICARAGUA,
CERTIFICA:
Que dicho Consejo en su Sesión No. 32 del día primero de Mayo de
mil novecientos noventa, adoptó la resolución que literalmente
dice:
CD-BCN-XXXII-1-90
El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua,
RESUELVE:
1º. De conformidad con la Ley del 14 de Febrero de 1988,
Decreto No. 304, La Gaceta 42 del 1º de Marzo de 1988, Arto. 7,
literal (n), autorizar la emisión de una nueva serie de billetes y
monedas de la unidad monetaria nacional que, sin cambiar su
naturaleza jurídica, de acuerdo a Ley Monetaria en vigor,
expresarán una nueva unidad monetaria de cuenta o de registro
contable mientras no sean puestos en circulación.
2º. La paridad cambiaria de esta nueva unidad de cuenta o de
registro contable, será del uno por uno respecto a la moneda dólar
de los Estados Unidos de América. Dicha unidad, únicamente para
propósitos de identificación y para mientras los billetes y monedas
así emitidos no sean totalmente canjeados para sustituir en su
totalidad las emisiones correspondientes al medio circulante actual
en un volumen adecuado, incluirá entre sus leyendas, además, la
palabra ORO.
Es conforme con su original en fe de lo cual se extiende la
presente Certificación en la ciudad de Managua a los tres días del
mes de Mayo de mil novecientos noventa.
ARTURO ELÍ TABLADA, Secretario. Consejo Directivo.
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