Autorizar Al Banco Mercantil Sociedad Anónima, Para Funcionar Como Banco Comercial Privado Dentro Del Territorio Nacional

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Normas Jurídicas de Nicaragua Rango: Resoluciones - AUTORIZAR AL BANCO MERCANTIL SOCIEDAD ANÓNIMA, PARA FUNCIONAR COMO BANCO COMERCIAL PRIVADO DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL RESOLUCIÓN No. C.D.Superintendencia 1-III-91; Aprobada el 12 de Agosto de 1991 Publicada en La Gaceta No. 150 del 14 de Agosto de 1991 CERTIFICACIÓN Claudia Frixione Miranda, secretaria del Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, autorizada conforme lo establecido en el Arto. 7 de la Ley número 125, publicada en la Gaceta, Diario Oficial, en su número 64 del diez de Abril de mil novecientos noventa y uno. Certifica: Que al frente y reverso del folio dos del Libro de Actas del Consejo Directivo, se encuentra la Resolución: C.D. Superintendencia 1 III - 91 que íntegramente dice: Acta número uno, En la ciudad de Managua del día treinta minutos de la mañana del día treinta de Julio de mil novecientos noventa y uno, nos encontramos reunidos con el objeto de celebrar la primera sesión ordinaria del Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, integrado de la siguiente forma: Asistencia: Dr. Silvio De Franco Montalván, Ministro de Economía y Desarrollo, Presidente del Consejo Directivo; Lic. Angel Navarro Deshon, Superintendente de Bancos, Director; Lic. Leonel Rodríguez López, Vice-Ministro de Finanzas, Director; Lic. William Hüper Arguello, Representante del Partido de la Minoría, Director; Lic. Leonel Rodríguez López, Vice-Ministro de Finanzas, Director. Invitados: Lic. Pablo Pereira Gallardo, Vice-Ministro de Economía y Desarrollo; Lic. Danilo Chavarría Aviléz, Vice Superintendente de Bancos; Dr. Samuel Santos López, suplente del representante del partido de la Minoría; Dr. José Luis Velázquez, Asesor Legal del Ministerio de Economía y Desarrollo; Lic. Danilo Chavarría Avilés, Vice Súper Intendente de Bancos; Dr. Samuel Santos López, suplente del representante del partido de la Minoría; Dr. José Luis Velázquez, Asesor Legal del Ministerio de Economía y desarrollo; Lic. José Félix Solís, primer Vicepresidente BCN. El presidente del Consejo Directivo, Doctor Silvio De Franco Montalván, preside la sesión y la declara abierta, procediéndose de la siguiente forma: Presentación de Agenda, la que contiene los siguientes puntos: I.- Nombramiento del secretario del Consejo Directivo. II.- Preliminares sobre Proyecto de Organización. III.- Resolución de Solicitudes de Bancos Privados. IV.- Puntos varios. La Agenda fue aprobada por unanimidad, desarrollándose la sesión a como sigue: Primero.- Inconducente. Segundo.- Inconducente. Tercero.- El Lic. Angel Navarri Deshon, en su carácter de Superintendente presentó al Consejo Directivo la solicitud introducida por el Lic. Haroldo Montealegre Lacayo, en su calidad de representante legal de la Entidad Banco Mercantil Sociedad Anónima, para que ésta fuera autorizada a funcionar como u Banco Comercial Privado. En tal sentido, el Lic. Navarro Deshon, suministro al Consejo Directivo toda la documentación legal requerida, así como los dictámenes emitidos por el Ministro de Economía y Desarrollo, banco Central de Nicaragua y el de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, sobre los aspectos legales, la conveniencia económica, funcionamiento y viabilidad que como Banco Comercial ha presentado el solicitante. Por lo tanto: de conformidad con los Artos. 3, ordinales 1; Arto. 9, ordinal 2 y Arto. 7 de la Ley de Creación de la Supervivencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, y los Artículos 13, 14, 15, 16 17, 18 y 19 del reglamento de la misma Ley: El Consejo Directivo Resuelve: C.D. Superintendencia 1-III-91. I.- Autorizar a la Sociedad Banco Mercantil Sociedad Anónima para funcionar como banco Comercial Privado dentro del territorio nacional. II.- Otorgar un plazo de noventa (90) días a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución (Arto. 16 del Reglamento) para el cumplimiento de lo dispuesto en las Leyes vigentes y de las recomendaciones escritas que acompañan a esta Resolución. Si transcurriere este término sin que tales recomendaciones fueren presentadas, la Resolución quedará sin ningún valor ni efecto legal. III.- Notifíquese y publíquese en La Gaceta, Diario Oficial, a costa del interesado. Cuarto. Quinto: Inconducentes. No habiendo más qué tratar, se suspense la sesión a la una y treinta minutos de la tarde. Silvio de Franco Montalván, Ministro de Economía y Desarrollo. Angel Navarro Deshon, Superintendente de Bancos y de Otras Instituciones Financieras. Raúl Lacayo Solórzano, Ministro Presidente del banco Central de Nicaragua. Leonel Rodríguez López Vice Ministro de Finanzas. William Hüper Arguello, Representante del Partido de la Minoría (FSLN). Claudia Frixione Miranda, Secretaria.- Sello. Es conforme, y para todos los efectos legales de ser publicado en La Gaceta, Diario Oficial, conforme a lo estipulado en el Arto. 19 del reglamento de la Ley Constitutiva de la Superintendencia, libro la presente Certificación compuesta de dos folios útiles que sello, rubrico y firmo, en la ciudad de Managua, a los doce días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y uno.- Claudia Frixione Miranda, Secretaria Consejo Directivo Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras. -