Autorizar A La Sociedad Banco De Crédito Centroamericano, Sociedad Anónima, Bancentro Para Funcionar Como Banco Comercial Privado Dentro Del Territorio
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Rango: Resoluciones
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(AUTORIZAR A LA SOCIEDAD BANCO
DE CRÉDITO CENTROAMERICANO, SOCIEDAD ANÓNIMA, BANCENTRO PARA
FUNCIONAR COMO BANCO COMERCIAL PRIVADO DENTRO DEL TERRITORIO )
Superintendencia III-1-91, Aprobada el 17 de Septiembre
de 1991
Publicada en La Gaceta No. 178 del 24 de Septiembre de 1991
CERTIFICACIÓN
Claudia Frixione Miranda, Secretaria del Consejo Directivo de la
Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras,
autorizada conforme lo establecido en el Arto. 7 de la Ley Número
125, publicada en La Gaceta, Diario Oficial en su número 64 del
diez de Abril de mil novecientos noventa y uno.
CERTIFICA
Que el reverso del Folio cinco y el reverso del Folio seis del
Libro de Actas del Consejo Directivo, se encuentra la Resolución:
C.D. Superintendencia III-1-91 que íntegramente dice:
Acta número Tres.
En la Ciudad de Managua, a las cuatro y quince minutos de la tarde
del día doce de Septiembre de mil novecientos noventa y uno, nos
encontramos reunidos con el objeto de celebrar la Tercera Sesión
Ordinaria del Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y
de Otras Instituciones Financieras, integrado de la siguiente
forma:
Asistencia: Dr. Silvio De Franco Montalván, Ministro de Economía
y Desarrollo, Presidente del Consejo Directivo; Lic. Ángel Navarro
Deshón, Superintendente de Bancos, Director; Dr. Raúl Lacayo
Solórzano, Presidente del BCN, Director; Lic. William Hüper
Arguello, Representante del Partido de la Minoría, Director; Lic.
Leonel Rodríguez López, Vice-Ministro de Finanzas, Director;
Claudia Frixione Miranda, Secretaria.
El Presidente del Consejo Directivo, Doctor Silvio De Franco
Montalván, preside la sesión y la declara abierta, procediéndose de
la siguiente forma:
Primero.- El Lic. Ángel Navarro Deshón, en su carácter de
Superintendente presentó al Consejo Directivo la solicitud
introducida por el Lic. Eduardo Montealegre Rivas, en su calidad de
Representante legal de la entidad Banco de Crédito Centroamericano,
Sociedad Anónima (BANCENTRO), para que ésta fuera autorizada a
funcionar como un Banco Comercial Privado. En tal sentido, el Lic.
Navarro Deshón suministró al Consejo Directivo toda la
documentación legal requerida, así como los dictámenes emitidos por
el Ministro de Economía y Desarrollo, Banco Central de Nicaragua y
el de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones
Financieras, sobre los aspectos legales, la conveniencia económica,
funcionamiento y viabilidad que como Banco Comercial ha presentado
el solicitante.
Por lo Tanto:
De conformidad a los Arto. 3 ordinal 1: Arto. 9, ordinal 2 y Arto.
7 de la Ley de Creación de la Superintendencia de Bancos y de Otras
Instituciones Financieras, y los Artículo 13, 14, 15, 16, 17 , 18 y
19 del Reglamento de la misma Ley, El Consejo Directivo:
Resuelve:
C.D. Superintendencia III-1-91
I.- Autorizar a la Sociedad Banco de Crédito Centroamericano,
Sociedad Anónima (BANCENTRO) para funcionar como Banco Comercial
Privado dentro del territorio nacional.
II.- Otorgar un plazo de (90) días a partir de la fecha de
notificación de la presente Resolución (Arto. 16 del Reglamento)
para el cumplimiento de lo dispuesto en las Leyes vigentes y de las
recomendaciones escritas que acompañan a ésta Resolución. Si
transcurriere éste término sin que tales recomendaciones fueren
presentadas, la Resolución quedará sin ningún valor ni efecto
legal.
III.- Notifíquese y publíquese en La Gaceta, Diario Oficial a
costa el interesado.
Siguen puntos inconducentes. No habiendo más que tratar se
suspende la sesión a las seis y veinte minutos de la tarde,
Silvio De Franco Montalván, Ministro de Economía y
Desarrollo. Ángel Navarro Deshón, Superintendente de Bancos
y de Otras Instituciones Financieras. Raúl Lacayo Solórzano,
Ministro Presidente del Banco Central de Nicaragua. Leonel
Rodríguez López, Vice Ministro de Finanzas. William Hüper
Arguello. Representante del Partido de la Minoría (FSLN).
Claudia Frixione Miranda, Secretaria. - Sello.
Es conforme y para todos los efectos legales de ser inscrita la
presente Certificación en el Registro Mercantil competente conforme
lo estipulado en el Arto. 19 del Reglamento de la Ley Constitutiva
de la Superintendencia, libro la presente Certificación compuesta
de dos Folios útiles que sello, rubrico y firmo, en la ciudad de
Managua, a los diecisiete días del mes de Septiembre de mil
novecientos noventa y uno. - Claudia
Frixione Miranda, Secretaria. Consejo Directivo
Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras
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