Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Resoluciones
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APRUÉBASE INFORME DEL COMITÉ DE
EMERGENCIA RELATIVO A CONVENIO DE PRÉSTAMO CON LA COMPAÑÍA SYSTEMS
TECHNOLOGY ASSOCIATES INTERNATIONAL, INC
RESOLUCIÓN No. 40, Aprobada el 29 de Mayo de 1974
Publicado en La Gaceta No. 135 del 18 de Junio de 1974
LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,
A los habitantes de la República
SABED:
La Asamblea Nacional Constituyente,
Ha ordenado lo siguiente:
RESOLUCIÓN No. 40
La Asamblea Nacional Constituyente de la República de
Nicaragua,
En uso de sus facultades,
RESUELVE:
Único: Se aprueba el informe presentado a esta Asamblea por
el Señor General Don Anastasio Somoza Debayle, como Presidente del
Comité Nacional de Emergencia, y el Señor General Don Gustavo
Montiel, como Ministro de Hacienda y Crédito Publico, con fecha 20
de Mayo de 1974, y en consecuencia queda aprobado el Convenio de
Préstamo suscrito el 17 de Mayo del corriente año, por los mismos
Señores General Don Anastasio Somoza Debayle, como Presidente del
Comité Nacional de Emergencia, y el General Don Gustavo Montiel,
Ministro de Hacienda y Crédito Público, en representación del
Gobierno de la República de Nicaragua, con la Compañía Systems
Technology Associates International, Inc., (conocido por las siglas
en S. T. A.), Sociedad anónima debidamente constituida, organizada
y existente de conformidad con las Leyes del Estado de Delaware,
Estados Unidos de América, con domicilio en Falls Church, Estado de
Virginia. Mediante ese Instrumento, la Compañía Systems Technology
Associates International, Inc. (S. T. A.), representada por el
Señor Charles Alan Peyser, se obligo a otorgar un Préstamo hasta
por la Cantidad de Ochocientos Mil Dólares (US$ 800,000.000) al
Gobierno de la República de Nicaragua, fondos que serán destinados
exclusivamente para el financiamiento de Dos (2) Centrales
Telefónicas Móviles para la Red Telefónica Urbana de Managua, con
una capacidad para 1,000 abonados cada una, con 144 líneas
troncales, incluyendo las vías internas y una capacidad de tráfico
total 0.08 Erlang por abonado; cuyas características, plazo,
intereses y formas de pago de préstamos, se detallan en el mismo
informe.
Esta Resolución deberá ser publicada en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional
Constituyente.- Managua, Distrito Nacional, veintinueve de Mayo de
mil novecientos setenta y cuatro.- PABLO RENER, Presidente.-
LUIS f. Hidalgo, Secretario.- CARLOS J. SOLÓRZANO R.,
Secretario.
Por Tanto: Publíquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N.,
tres de Junio de mil novecientos setenta y cuatro.- LA JUNTA
NACIONAL DE GOBIERNO.- (f) R. MARTÍNEZ L.- EDM. PAGUAGA
I.- (f) A. LOVO CORDERO.- Doy fe: (f) LUIS VALLE
OLIVERES, Secretario.- LEANDRO MARÍN ABAUNZA, Ministro
de la Gobernación.
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