Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Resoluciones
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APRUÉBASE CONVENIO SOBRE DOBLE
NACIONALIDAD ENTRE NICARAGUA Y ESPAÑA
Aprobado el 17 de Agosto de 1961
Publicado en La Gaceta No. 221 del 29 de Septiembre de 1961
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA CÁMARA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
RESUELVEN:
Único: Apruébase el Convenio sobre doble Nacionalidad entre
Nicaragua y España, celebrado en esta ciudad el día 25 de Julio de
mil novecientos sesenta y uno, entre los Gobiernos de Nicaragua y
de España, representados por los señores: Doctor René Schick,
Ministro de Relaciones Exteriores de Nicaragua y don José Antonio
Giménez Arnau y Gran Embajador de España.
Esta Resolución deberá ser publicada en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dado en el salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua,
D. N., 17 de Agosto de 1961. (f) J. J. Morales Marenco, D.
P. (f) Manuel F. Zurita, D. S. (f) José Zepeda
Alaniz, D. S.
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D. N., 24 de
Agosto de 1961. (f) Alejandro Abaunza E., S. P. Pablo
Rener, S. S. (f) Enrique Belli, S. S.
Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, Distrito
Nacional, veintiséis de Agosto de mil novecientos sesenta y uno.
(f) LUIS A. SOMOZA, Presidente de la República (L. G. S.
N.). El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones exteriores,
(f) RENÉ SCHICK.
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