Apruébase Convenio De Préstamo Entre Nicaragua Y El First Chicago Limited En Representación De Varios Bancos Extranjeros Para Programa Reconstrucción Nacional
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Resoluciones
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APRUÉBASE CONVENIO DE PRÉSTAMO
ENTRE NICARAGUA Y EL FIRST CHICAGO LIMITED EN REPRESENTACIÓN DE
VARIOS BANCOS EXTRANJEROS PARA PROGRAMA RECONSTRUCCIÓN
NACIONAL
RESOLUCIÓN No. 39, Aprobada el 30 de Abril de 1974
Publicado en La Gaceta No. 99 del 07 de Mayo de 1974
LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,
A los habitantes de la República
SABED:
Que la Asamblea Nacional Constituyente,
Ha ordenado lo siguiente:
RESOLUCIÓN No. 39
La Asamblea Nacional Constituyente de la República de
Nicaragua,
En uso de sus facultades,
RESUELVE:
Único: Se aprueba el informe presentado a esta Asamblea por
el Señor General Don Anastasio Somoza Debayle, como Presidente del
Comité Nacional de Emergencia, y el Señor General Don Gustavo
Montiel, como Ministro de Hacienda y Crédito Publico, con fecha 6
de Abril de 1974, y en consecuencia queda aprobado el Convenio de
Préstamo celebrado el 5 de Abril del corriente año, por los mismos
Señores General Don Anastasio Somoza Debayle, Presidente del Comité
Nacional de Emergencia, y General Don Gustavo Montiel, Ministro de
Hacienda y Crédito Público, en representación del Gobierno de la
República de Nicaragua, y el Firts Chicago Limited, como Agente de
las siguientes instituciones Bancarias Extranjeras: The First
Nacional Bank of Chicago, First Pensylvania Bank, Unión Planters
National Bank, Bank of America, Republic Nacional Bank, of Dallas,
Crocker National Bank, Chase Manhattan Bank, Bank of Nova Scotia,
Bank of Montreal, United California Bank y Banque Canadiense
Nationale, por la suma de CUARENTA MILLONES DE DÓLARES (US$
40.000.000.00), moneda de los Estados Unidos de América, fondos que
serán destinados para las actividades encuadradas dentro del
Programa de Reconstrucción Nacional.
Esta Resolución deberá ser publicada en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional
Constituyente.- Managua, Distrito Nacional, treinta de Abril de mil
novecientos setenta y cuatro.- (f) C. H. HUECK, Presidente.-
(f) R. GRANERA P., Secretario.- (f) C. J. SOLÓRZANO
R., Secretario.
Por Tanto: Publíquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N.,
dos de Mayo de mil novecientos setenta y cuatro.- LA JUNTA NACIONAL
DE GOBIERNO.- (f) R. MARTÍNEZ L.- (f) EDM. PAGUAGA
I.- (f) A. LOVO CORDERO.- Doy fe: (f) LUIS VALLE
OLIVARES, Secretario.- (f) LEANDRO MARÍN ABAUNZA,
Ministro de la Gobernación.
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