Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Resoluciones
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APRUÉBASE CONVENIO DE PRÉSTAMO
ENTRE GOBIERNO DE NICARAGUA Y EL BCIE PARA PROYECTOS DE
CARRETERAS
RESOLUCIÓN No. 44, Aprobado el 04 de Julio de 1974
Publicado en la Gaceta No. 154 del 10 de Julio de 1974
LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,
A los habitantes de la República,
SABED:
Que la Asamblea Nacional Constituyente,
Ha ordenado lo siguiente:
RESOLUCIÓN No. 44
La Asamblea Nacional Constituyente de la República de
Nicaragua,
En uso de sus facultades,
RESUELVE:
Único.- Se aprueba el informe presentado a esta Asamblea por
el señor General Don Anastasio Somoza Debayle, como Presidente del
Comité Nacional de Emergencia, y el señor General Don Gustavo
Montiel, como Ministro de Hacienda y Crédito Público, y en
consecuencia queda aprobado el Convenio de Préstamo suscrito el 28
de Febrero del corriente año, por los mismos señores, General don
Anastasio Somoza Debayle, Presidente del Comité Nacional de
Emergencia, y General don Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y
Crédito Público, en representación del Gobierno de la República de
Nicaragua, con el Banco Centroamericano de Integración Económica,
por al suma de QUINIENTOS CINCUENTA MIL DÓLARES (US$ 550,000.00),
fondos que sarán usados para financiar los estudios finales de
Ingeniería, planos de construcción y documentos de licitación de
los siguientes Proyectos de Carretera:
a) Acoyapa San Carlos (Vía Troncal de 134 Kilómetros) y sus
ramales con una longitud de 28 Kilómetros que conecta la Vía
Troncal con dos puertos en el Lago de Nicaragua; y
b) Río Blanco Siuna (Vía Troncal de penetración a la zona
Atlántica de Nicaragua con una longitud de 112 Kilómetros).
Esta Resolución deberá ser publicada en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente.
Managua, D. N., cuatro de Julio de mil novecientos setenta y
cuatro.- CORNELIO H. HUECK, Presidente.- (f) RAMIRO
GRANERA PADILLA, Secretario.- SEBASTIÁN VEGA BÁEZ,
Secretario.
Por Tanto: Publíquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N.,
seis de Julio de mil novecientos setenta y cuatro.- JUNTA NACIONAL
DE GOBIERNO.- (f) R. MARTÍNEZ L.- (f) EDM. PAGUAGA
I.- (f) A. LOVO CORDERO.- Doy fe: LUIS VALLE
OLIVARES, Secretario.- (f) LEANDRO MARÍN ABAUNZA,
Ministro de la Gobernación.
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