Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Resoluciones
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APRUEBASE CONVENIO DE PRÉSTAMO
ENTRE EL GOBIERNO DE NICARAGUA Y VARIOS BANCOS EXTRANJEROS PARA LA
RECONSTRUCCIÓN NACIONAL
Publicado en la Gaceta No. 8 de 10 de enero de 1975
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Único.-
Resolución No. 3
La Cámara de Diputados y La Cámara del Senado de la República de
Nicaragua,
Resuelven:
Único: Aprobar el Convenio de Préstamo suscrito entre el
First Chicago Limited, como Agente de varios Bancos Extranjero, y
el Gobierno de la República de Nicaragua representado por el
Presidente del Comité Nacional de Emergencia y el Ministro de
Hacienda y Crédito Público, el día diecisiete de Diciembre
corriente, por la suma de Treinta Millones de Dólares (US$
30.000.000.00) moneda de los Estados Unidos de América, fondos que
serán utilizados por el Gobierno de la República de Nicaragua, para
las actividades encuadradas dentro del Programa de Reconstrucción
Nacional. Esta resolución deberá ser publicado en "La Gaceta",
Diario Oficial.
Dada en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputado. Managua,
D.N., dieciocho de Diciembre de mil novecientos setenta y cuatro.-
(f) Cornelio H. Hüeck, D.P.- (f) Ulises Fonseca Talavera, D.S.-
Fernando Zelaya Rojas, D.S.
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado, Managua, D.N., 23 de
Diciembre de 1974.- Pablo Rener, Presidente.- (f) Ramiro
Granera Padilla, Secretario.- (f) Max Paguaga Irías,
Secretario.
Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial, Managua, Distrito
Nacional, 23 de Diciembre de mil novecientos setenta y cuatro.- (f)
A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) Gustavo
Montiel, Ministro de Hacienda y C.P.".
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