Aprobar Y Oficializar Guía General Términos De Referencia Elaboración De Estudio De Impacto Ambiental Proyectos Geotérmicos -Fase De Explotación.

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales Rango: Resoluciones - APROBAR Y OFICIALIZAR GUÍA GENERAL TÉRMINOS DE REFERENCIA ELABORACIÓN DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTOS GEOTÉRMICOS -FASE DE EXPLOTACIÓN. RESOLUCIÓN MINISTERIAL No. 12.03.2013, Aprobada el 21 de Marzo del 2013 Publicada en La Gaceta No. 95 del 24 de Mayo del 2013 GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES La Ministro del Ambiente y de los Recursos Naturales CONSIDERANDO I Que la Constitución Política de Nicaragua, establece en su artículo No. 60, el derecho de los Nicaragüenses a habitar en un ambiente saludable. Es obligación del Estado la preservación, conservación y rescate del medio ambiente y de los recursos naturales. II Que el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, ha definido en sus prioridades y políticas, la conservación y rescate del Medio Ambiente y sus recursos naturales, estableciendo una serie de acciones de cara al Bien Común de la Madre Tierra y de la Humanidad, donde la misión de los seres humanos es de cuidar y proteger la tierra y la Humanidad como herencias recibidas del universo. III Que el cambio de la Matriz Energética constituye una prioridad para el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, por lo cual se requiere disponer de nuevos instrumentos que faciliten la evaluación de los proyectos de exploración y explotación del recurso geotérmico en nuestro país, logrando de esta manera, priorizar la atención de dichos proyectos sin dañar o perturbar los ecosistemas de las áreas protegidas de nuestro país. IV Que el Sistema de Evaluación Ambiental en su Artículo 17, establece los proyectos considerados en la Categoría Ambiental II, como proyectos que pueden causar impactos ambientales altos. El proceso de Evaluación Ambiental y emisión del Permiso ambiental quedará a cargo de MARENA a través de la Dirección General de Calidad Ambiental en coordinación con las unidades ambientales sectoriales pertinentes, las Delegaciones Territoriales y los Gobiernos municipales según el caso. En el caso de las Regiones Autónomas, el sistema será administrado por los Consejos Regionales a través de las Secretarías de Recursos Naturales y Medio Ambiente (SERENA), en coordinación con el Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales. V Que de conformidad al artículo 4 inc. 34 del Decreto 76-2006 Sistema de Evaluación Ambiental, los términos de referencia se definen como el documento técnico que describe el objeto, contenido y alcance de un Estudio de Impacto Ambiental. VI Que se hace necesario la aprobación de una guía para la elaboración de términos de referencia para los proyectos de geotermia en su fase de explotación para orientar a los proponentes de Proyectos Geotérmicos en la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y Documento de Impacto Ambiental (DIA), a fin de elaborar un documento que identifique los potenciales impactos al ambiente en las diferentes etapas de las fases del proyecto y que establezca el Programa de Gestión Ambiental orientado a prevenir, mitigar y compensar a la vez que permita el seguimiento, monitoreo y control en la ejecución del proyecto, en pleno respeto y apego al marco legal ambiental relacionado a esta actividad. Por tanto en uso de la facultades que le confiere la Ley, RESUELVE APROBAR Y OFICIALIZAR GUÍA GENERAL TÉRMINOS DE REFERENCIA ELABORACIÓN DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTOS GEOTÉRMICOS - FASE DE EXPLOTACIÓN. Artículo 1. OBJETO. La presente Resolución Ministerial, tiene como objeto aprobar y oficializar la guía de contenido de los términos de referencia para la elaboración de estudio de impacto ambiental proyectos geotérmicos fase de explotación. Artículo 2. OBJETO DE LA GUÍA GENERAL TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACIÓN DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTOS GEOTÉRMICOS FASE DE EXPLOTACIÓN. La Guía de términos de referencia tienen por objeto proporcionar los lineamientos necesarios para orientar a los proponentes de Proyectos Geotérmicos en la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y Documento de Impacto Ambiental (DIA), para la fase de explotación, que comprende las etapas de desarrollo, operación, mantenimiento y cierre del proyecto. Artículo 3. ALCANCE LA GUÍA GENERAL TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACIÓN DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTOS GEOTÉRMICOS  FASE DE EXPLOTACIÓN. Los Términos de Referencia del presente EIA están orientados para la fase de explotación geotérmica, lo cual comprende las etapas de desarrollo, operación, mantenimiento, y cierre del proyecto geotérmico, incluyendo la perforación de pozos exploratorios, pozos productores y reinyectores durante el desarrollo del campo geotérmico respectivo. Artículo 4. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Corresponde la aplicación de la presente Resolución al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA) a través de la Dirección General de Calidad Ambiental. Artículo 5. Forman parte integrante de la presente Resolución constituidos en anexo el documento denominado ¨GUÍA GENERAL TÉRMINOS DE REFERENCIA ELABORACIÓN DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTOS GEOTÉRMICOS-FASE DE EXPLORACIÓN A TRAVÉS DE PERFORACIONES. Articulo 6. VIGENCIA. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Diario Oficial. Dado en Managua, a los veintiún día del mes de Marzo del año dos mil trece. (F) JUANA ARGEÑAL SANDOVAL, Ministra Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales. -