Aprobar Para Guatemala, Para El Resto Del Año 2013, La Ampliación Del Contingente Arancelario De Maíz Amarillo

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Empresa Industria y Comercio Rango: Resoluciones - (APROBAR PARA GUATEMALA, PARA EL RESTO DEL AÑO 2013, LA AMPLIACIÓN DEL CONTINGENTE ARANCELARIO DE MAÍZ AMARILLO) RESOLUCIÓN No. 317-2013 (COMIECO-EX) Centroamérica, 12 de agosto de 2013 Publicada en La Gaceta No. 191 del 9 de Octubre de 2013 EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA CONSIDERANDO: 1. Que de conformidad con los artículos 38 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala- modificado por la Enmienda del 27 de febrero de 2002; y 6, 7 y 22 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, es competencia exclusiva de este Foro dirigir y administrar el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, así como aprobar y modificar los Derechos Arancelarios a la Importación contenidos en el Arancel Centroamericano de Importación; 2. Que derivado de sus compromisos asumidos en la Organización Mundial del Comercio (OMC), el Gobierno de Guatemala necesita administrar mediante contingentes arancelarios la importación de los productos arancelizados en ese marco multilateral, para lo cual requiere realizar con carácter urgente una modificación arancelaria, con el fin de atender las necesidades de la cadena productiva; 3.Que el Gobierno de Guatemala elevó a consideración de este Foro, una solicitud de modificación del Arancel Centroamericano de Importación contenido en el Anexo A del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, para ampliar en 225,000 toneladas métricas adicionales al contingente arancelario de maíz amarillo con arancel cero (0), aprobado para Guatemala mediante Resolución No. 299-2012 (COMIECO- LXIV) del 11 de diciembre de 2012; 4. Que el Consejo de Ministros puede reunirse de manera virtual mediante el sistema de videoconferencia, en cuyo caso, le corresponde a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana recopilar la firma de cada uno de los Ministros, o Viceministros en su caso, en su respectivo país, POR TANTO: Con fundamento en los artículos 3, 4, 6, 7, 12, 13, 14, 15, 22 y 23 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano; y 36, 37, 38, 46, 52 y 55 del Protocolo de Guatemala; y, 19, 20 Bis y 32 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Consejos de Ministros de Integración Económica, Intersectorial de Ministros de Integración Económica y Sectorial de Ministros de Integración Económica, RESUELVE: 1. Aprobar para Guatemala, para el resto del año 2013, la ampliación del contingente arancelario de maíz amarillo aprobado por Resolución No. 299-2012 (COMIECO-LXIV), en la forma siguiente: Código Descripción Ampliación de Volumen para el año 2013 T. M DAI Dentro del Contingente (%) DAI Fuera del Contingente (%) 10.05 MAIZ 1005.90 - Los demás: 1005.90.20 - - Maíz amarillo 225,000 0 15 2. La ampliación del contingente aprobada en esta Resolución será aplicada por el Ministerio de Economía de Guatemala, de conformidad con su respectiva normativa. 3. El Gobierno de Guatemala se compromete a tomar las medidas necesarias para que el monto de la ampliación de contingente aprobada en la presente Resolución sea de uso exclusivo de su país, evitando de esa manera la triangulación y comercio en el resto de la región centroamericana. 4. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la presente fecha, regirá hasta el 31 de diciembre de 2013 y será publicada por los Estados Parte. Centroamérica, 12 de agosto de 2013 (f) Fernando Ocampo. Viceministro, en representación de la Ministra de Comercio Exterior de Costa Rica. (f) Mario Roger Hernández. Viceministro, en representación del Ministro de Economía de El Salvador. (f) María Luisa Flores. Viceministra, en representación del Ministro de Economía de Guatemala. (f) Melvin Redondo. Viceministro, en representación del Ministro de Industria y Comercio de Honduras. (f) Orlando Solórzano Delgadillo. Ministro de Fomento, Industria y Comercio de Nicaragua. (f) Ricardo A. Quijano Jiménez. Ministro de Comercio e Industrias de Panamá. -