Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Resoluciones
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(APROBAR LAS MODIFICACIONES
ARANCELARIAS)
RESOLUCIÓN No. 357-2014 (COMIECO-LXX), Aprobado el 4 de
Diciembre de 2014
Publicado en La Gaceta No. 55 del 20 de Marzo de 2015
EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los artículos 38, 39 y 55 del Protocolo al
Tratado General de Integración Económica Centroamericana Protocolo
de Guatemala-, modificado por la Enmienda del 27 de febrero de
2002; y 6, 7 y 22 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y
Aduanero Centroamericano, es competencia de este Consejo adoptar
las decisiones que requiera el funcionamiento del Régimen
Arancelario y Aduanero Centroamericano;
Que, en consecuencia, le corresponde aprobar las modificaciones
arancelarias contenidas en el Arancel Centroamericano de
Importación, Anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y
Aduanero Centroamericano;
Que el Comité de Política Arancelaria alcanzó acuerdos sobre la
modificación a los Derechos Arancelarios a la Importación (DAl)
para Mecanismos para accionar ventanas y para preparaciones a base
de yeso y, elevó a la consideración de este Foro la correspondiente
propuesta, para su conocimiento y aprobación, en su caso,
POR TANTO:
Con fundamento en los artículos 1, 3, 4, 6, 7, 13, 14, 15, 17, 18,
22 y 23 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero
Centroamericano; y, 1, 6, 1 O, 15, 36, 37, 38, 46, 52 y 55 del
Protocolo al Tratado General de Integración Económica
Centroamericana -Protocolo de Guatemala-,
RESUELVE:
1. Aprobar las modificaciones arancelarias siguientes:
2. Las modificaciones arancelarias anteriores forman parte
integrante del Arancel Centroamericano de Importación, Anexo "A"
del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero
Centroamericano.
3. No obstante lo anterior, la presente Resolución no entrará en
vigor para Panamá, hasta que este Consejo emita el acto
administrativo correspondiente.
4. La presente Resolución entrará en vigencia noventa (90) días
después de la presente fecha y será publicada por los Estados
Parte.
Managua, Nicaragua, 4 de diciembre
de 2014
(f) Jhon Fonseca, Viceministro, en representación del Ministro de
Comercio Exterior de Costa Rica. (f) Luz Estrella Rodríguez,
Viceministra, en representación del Ministro de Economía de El
Salvador. (f) Sergio de la Torre Gimeno, Ministro de Economía de
Guatemala. (f) Melvin Enrique Redondo, Viceministro, en
representación del Secretario de Estado en el Despacho de
Desarrollo Económico de Honduras. (f) Orlando Solórzano Delgadillo,
Ministro de Fomento, Industria y Comercio de Nicaragua. (f) Melitón
A. Arrocha R., Ministro de Comercio e Industrias de Panamá.
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