Aprobar Las Modificaciones A Los Rangos De Las Reglas De Origen Específicas, Contenidas En El Anexo Del Reglamento Centroamericano Sobre El Origen De Las Mercancías
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Resoluciones
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(APROBAR LAS MODIFICACIONES A
LOS RANGOS DE LAS REGLAS DE ORIGEN ESPECÍFICAS, CONTENIDAS EN EL
ANEXO DEL REGLAMENTO CENTROAMERICANO SOBRE EL ORIGEN DE LAS
MERCANCÍAS)
RESOLUCIÓN No. 302-2013 (COMIECO-EX)
Publicado en La Gaceta No. 177 del 19 de Septiembre del 2013
EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los artículos 38, 39 y 55 del Protocolo al
Tratado General de Integración Económica Centroamericana Protocolo
de Guatemala-, modificado por la Enmienda del 27 de febrero de
2002, el Consejo de Ministros de Integración Económica tiene bajo
su competencia los asuntos de la Integración Económica
Centroamericana y, como tal, le corresponde aprobar o modificar los
actos administrativos aplicables en los Estados Parte del
Subsistema de Integración Económica;
Que mediante la Resolución No. 268-2011 (COMIECO-LXI) adoptada el 2
de diciembre de 2011, el Consejo de Ministros de Integración
Económica, modificó, por sustitución total, el Anexo del Reglamento
Centroamericano sobre el Origen de las Mercancías, que contiene las
Reglas de Origen Específicas;
Que al hacer una revisión a las Reglas de Origen Específicas del
Reglamento respectivo, contenidas en la Resolución No. 268-2011
(COMIECO-LXI), se detectaron reglas de origen que, debido a las
adecuaciones que se le hicieron derivadas de la Quinta Enmienda al
Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías,
modifican los rangos de las mismas;
Que el Comité Técnico de Reglas de Origen alcanzó acuerdos para
modificar los rangos de esas reglas y presentó una propuesta que el
Comité de Política Arancelaria elevó a la Reunión de Viceministros,
quien recomendó su aprobación por el Consejo de Ministros de
Integración Económica,
POR TANTO:
Con fundamento en los artículos V del Tratado General de
Integración Económica Centroamericana; 1, 7, 36, 37, 38, 46, 52 y
55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica
Centroamericana -Protocolo de Guatemala-; y, 32 y 33 del Reglamento
Centroamericano sobre el Origen de las Mercancías,
RESUELVE:
1. Aprobar las modificaciones a los rangos de las Reglas de Origen
Específicas, contenidas en el Anexo del Reglamento Centroamericano
sobre el Origen de las Mercancías, aprobadas por la Resolución No.
268-2011 (COMIECO-LXI) adoptada el 2 de diciembre de 2011
siguientes:
2. La presente Resolución entrará en vigencia treinta (30) días
después de la presente fecha y será publicada por los Estados
Parte.
San José, Costa Rica, 15 de mayo de
2013
Fernando Ocampo Sánchez Viceministro, en representación de la
Ministra de Comercio Exterior de Costa Rica; Mario Roger Hernández
Viceministro, en representación del Ministro de Economía de El
Salvador; María Luisa Flores Viceministra, en representación del
Ministro de Economía de Guatemala; Melvin Enrique Redondo
Viceministro, en representación del Ministro de Industria y
Comercio de Honduras; Orlando Solórzano Delgadillo, Ministro de
Fomento, Industria y Comercio Nicaragua.
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