Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Resoluciones
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(APROBAR LA ARMONIZACIÓN
PARA PANAMÁ DEL CÓDIGO Y LA DESCRIPCIÓN DEL ARANCEL CENTROAMERICANO
DE IMPORTACIÓN)
RESOLUCIÓN No. 344-2014 (COMIECO-LXVII), Aprobado el 25 de
Abril del 2014
Publicado en La Gaceta No. 129 del 11 de Julio del 2014
EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los artículos 38,39 y 55 del Protocolo al
Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo
de Guatemala, modificado por la Enmienda del 27 de febrero de 2002,
el Consejo de Ministros de Integración Económica tiene bajo su
competencia los asuntos de la Integración Económica Centroamericana
y, como talle corresponde aprobar los actos administrativos del
Subsistema Económico;
Que en el artículo 5.1 del Protocolo de Incorporación de la
República de Panamá al Subsistema de Integración Económica del
Sistema de la Integración Centroamericana, la República de Panamá
se comprometió a aplicar, a partir de la vigencia de ese Protocolo,
el código y descripción del Arancel Centroamericano de Importación,
salvo las excepciones contenidas en el Anexo 5.1 de ese Protocolo
de Incorporación;
Que asimismo, la República de Panamá asumió el compromiso de que
dentro de un plazo no mayor de un año a partir de la entrada en
vigor del Protocolo de Incorporación, negociar un cronograma para
armonizar el código y la descripción del Arancel Centroamericano de
Importación cuya aplicación fue exceptuada en el Anexo 5.1 del
Protocolo de Incorporación de la República de Panamá al Subsistema
de Integración Económica Centroamericano;
Que a nivel técnico se ha alcanzado consenso para armonizar, con el
resto de Estados Parte del Subsistema Económico, quinientos veinte
incisos arancelarios exceptuados por Panamá, por lo que la Reunión
de Viceministros, con base en las facultades conferidas en el
Acuerdo No. 01-2013 (COMIECO-XLV), ha elevado a este Foro una
propuesta para su respectiva consideración y eventual
aprobación,
POR TANTO:
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 6, 7, 1
5,36, 37, 38, 39, 46, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General de
Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-; y 1
3 y 14 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero
Centroamericano,
RESUELVE:
1. Aprobar la armonización, para Panamá, del código y la
descripción del Arancel Centroamericano de Importación de
quinientos veinte incisos arancelarios exceptuados en el Anexo 5.1
del Protocolo de Incorporación de la República de Panamá al
Subsistema de Integración Económica del Sistema de la Integración
Centroamericana, que aparecen como Anexo de la presente
Resolución.
2. Quedan sin efecto los quinientos veinte (520) incisos
arancelarios de los códigos y descripciones del Anexo 5.1 del
Protocolo de Incorporación de la República de Panamá al Subsistema
de Integración Económica, a que hace referencia el párrafo
anterior.
3. La presente Resolución entrará en vigencia 90 días
después de la presente fecha y será publicada por los Estados
Parte.
Tegucigalpa,
Honduras, 25 de abril de 20 14
(f) Fernando Ocampo Sánchez, Viceministro en representación de la
Ministra de Comercio Exterior. (f) José Armando Flores Alemán,
Ministro de Economía de El Salvador. (f) María Luisa Flores
Villagrán, Viceministra, en representación del Ministro de Economía
de Guatemala. (f) Alden Rivera Montes, Secretario de Estado en el
Despacho de Desarrollo Económico de Honduras. (f) Orlando Solórzano
Delgadillo, Ministro de Fomento Industria y Comercio de Nicaragua.
(f) Diana Salazar, Viceministra, en representación del Ministro de
Comercio e Industrias de Panamá.
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