Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Resoluciones
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(APROBAR LA ADHESIÓN DE
NICARAGUA A LA CONVENCIÓN PARA PREVENIR Y REPRIMIR EL CRIMEN DE
GENOCIDIO)
RESOLUCIÓN No. 7; Aprobada el 17 de Octubre de 1950
Publicada en La Gaceta No. 242 del 14 de Noviembre de 1950
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes,
SABED:
Que la Asamblea Nacional Constituyente de la República de
Nicaragua, en funciones de Cuerpo Legislativo Ordinario, ha
ordenado lo siguiente:
RESOLUCIÓN No.
7
La Que la Asamblea Nacional Constituyente de la República de
Nicaragua, en funciones de Cuerpo Legislativo Ordinario,
RESUELVE:
Único: Aprobar la adhesión de Nicaragua a la Convención para
prevenir y reprimir el crimen de genocidio aprobado por la Asamblea
General de las Naciones Unidas el 9 de Diciembre de 1948, así como
el Acuerdo Ejecutivo No. 2, del 15 de Marzo de 1950, referente a la
misma adhesión.
La presente Resolución deberá publicarse en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional
Constituyente.- Managua, D. N., 17 de Octubre de 1950.- (f) LUÍS
A. SOMOZA, Presidente.- (f) IGNACIO ROMÁN, Secretario.-
(f) GUSTAVO MANZANARES, Secretario.
Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial, Managua, Distrito
Nacional, Diecisiete de Octubre de mil novecientos cincuenta.- (f)
A. SOMOZA, (L. G. S. N.).- El Ministro de Estado en el
Despacho de Relaciones Exteriores, (f) OSCAR SEVILLA
SACASA.
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