Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Resoluciones
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APROBAR EL PLAN DE MANEJO DEL
VOLCÁN MADERA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL No. 012-2009, Aprobado el 21 de Julio
del 2009
Publicado en La Gaceta No. 174 del 16 de Septiembre de 2009
La Ministra del Ambiente y los Recursos Naturales, MARENA
CONSIDERANDO
I
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley
No. 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales y
su reforma a Ley No. 647, todas las actividades que se desarrollen
en Áreas Protegidas obligatoriamente deben realzarse conforme a un
Plan de Manejo aprobado por el Ministerio del Ambiente y de los
Recursos Naturales, MARENA, los que se adecuarán a las categorías
que para cada área se establezca.
II
Que de conformidad a lo establecido en el artículo 31 del Decreto
No. 01-2007, Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua, el MARENA
a través de los planes de manejo definirá los límites de las áreas
protegidas que no hayan sido definidos mediante su instrumento
creador y que en lo que se refiere a Zona de Amortiguamiento de las
áreas protegidas del SINAP, n: la Ley No. 647, Ley de Reformas y
Adiciones a la Ley No. 217, Ley General del Medio Ambiente y los
Recursos Naturales, dispones en su artículo número 11, que se
establecerá una Zona de Amortiguamiento colindante o circundante a
cada área protegida, y que en los casos de que existan áreas
protegidas ya declaradas, que no cuenten con zonas de
amortiguamiento se estará sujeto a lo dispuesto en el Plan de
Manejo aprobado o que se le apruebe.
III
Que se han involucrado y realizado las consultas requeridas sobre
el contenido del Plan de Manejo del Volcán Madera, ante los
diferentes actores locales tales como las autoridades
gubernamentales, municipales, propietarios privados, Organismos No
Gubernamentales, municipales, propietarios privados, Organismos No
Gubernamentales, entre otros que inciden en el área
protegido.
IV
Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 37 y 38 del
Decreto No. 01-2007, Reglamento de Áreas Protegidas de
Nicaragua, la Propuesta Final de Plan de Manejo del Volcán
Madera, fue enviada a los Gobiernos Municipales de Altagracia, para
su correspondiente opinión, por ser el Municipio en el que se
encuentra ubicada la Reserva Natural; ante lo cual se recibió
Certificación del Honorable Consejo Municipal de Altagracia, en el
que se avala la propuesta del Plan de Manejo del volcán
Madera.
V
Que ante del dictamen favorable, emitido por el Equipo Técnico
Institucional encargado de revisar la propuesta de Plan de Manejo
del área protegida en que se indica que se ha revisado el documento
del Plan de Manejo del Volcán Madera y se ha verificado que el
contenido técnico y legal cumple con los requisitos establecidos en
el Arto. 36 del Decreto No. 01-2007, Reglamento de Áreas Protegidas
de Nicaragua.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Ley,
RESUELVE
Arto. 1. Aprobar el Plan de Manejo del Volcán Madera, creado
por el Decreto No. 42-91, Declaración de Áreas Protegidas en
varios cerros macizos montañosos, volcanes y lagunas del país,
publicado en la Gaceta Diario Oficial Número 207, Lunes cuatro de
Noviembre de mil novecientos noventa y uno.
Arto. 2. Publíquese la presente Resolución Ministerial en la Gaceta
Diario Oficial, en cumplimiento al Arto. 39 del Reglamento de Áreas
Protegidas de Nicaragua Decreto No. 01-2007, sin perjuicio de su
publicación por cualquier medio de comunicación social virtual,
hablado o escrito.
Dado en la Ciudad de Managua, a los veintiún días del mes de julio
del dos mil nueve. Juana Vicente Argeñal Sandoval, Ministra
del Ambiente y los Recursos Naturales.
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