(Aprobación De Modificaciones Al Arancel Centroamericano De Importación) 1

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Empresa Industria y Comercio Rango: Resoluciones - (APROBACIÓN DE MODIFICACIONES AL ARANCEL CENTROAMERICANO DE IMPORTACIÓN) RESOLUCIÓN No. 49-2000 (COMIECO), Aprobado el 21 de Marzo del 2000 Publicado en La Gaceta No. 89 del 14 de Mayo del 2001 EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA CONSIDERANDO: I. Que el Consejo de Ministros Responsables de la Integración Económica y Desarrollo Regional, mediante Resolución No. 27-96 (COMRIEDRE-VI), de 22 de mayo de 1996, reiteró el interés de los países centroamericanos para avanzar hacia la Unión Aduanera dentro de sus territorios y manifestó su acuerdo por la decisión de los Gobiernos de El Salvador y Guatemala de iniciar un proceso acelerado para alcanzar la Unión Aduanera entre sus territorios. II. Que en la Declaración Conjunta de los Presidentes de El Salvador y Guatemala, de 24 de agosto de 1999, se acordó iniciar el proceso tendiente a lograr la Unión Aduanera, a través de la implementación de medidas específicas en las diferentes á reas. III. Que en materia arancelaria se ha avanzado en la armonización de tarifas en algunos de los rubros en los que los aranceles eran diferentes para Guatemala y El Salvador, los cuales dichos países elevaron a consideración de este foro mediante una propuesta de modificación al Anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano. POR TANTO: Con fundamento en los Artículos 18 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de los Estados Centroamericanos (ODECA); 6, 15, 36, 37, 38, 39, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala); y 6, 7, 9, 12, 15, 22, 23 y 24 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano. RESUELVE: 1. Aprobar las modificaciones al Arancel Centroamericano de Importación en la Parte II, para El Salvador y Guatemala, conforme se consigna en Anexo de la presente Resolución, el cual forma parte integrante del Anexo " A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano. 2. La presente Resolución entrará en vigencia inmediatamente y será publicada por los Estados Parte. Panamá, República de Panamá, 21 de marzo del 2000. SAMUEL GUZOWSKI, Ministro de Comercio Exterior de Costa Rica. EDUARDO AYALA GRIMALDI, Viceministro, en Representación del Ministro de Economía de El Salvador. EDUARDO WEYMANN, Ministro de Economía de Guatemala. OSCAR KAFATI, Ministro de Industria y Comercio de Honduras. NORMAN CALDERA CARDENAL, Ministro de Fomento, Industria y Comercio de Nicaragua. ANEXO RESOLUCIÓN No. 49-2000 (COMIECO) Anexo Resolución No. 49-2000 (COMIECO): páginas 2663 a la 2665, Gaceta No. 89 del 14-05-2001. -