Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Resoluciones
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(APROBACIÓN DE MODIFICACIONES AL
ARANCEL CENTROAMERICANO DE IMPORTACIÓN)
RESOLUCIÓN No. 49-2000 (COMIECO), Aprobado el 21 de Marzo
del 2000
Publicado en La Gaceta No. 89 del 14 de Mayo del 2001
EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN
ECONÓMICA
CONSIDERANDO:
I. Que el Consejo de Ministros Responsables de la Integración
Económica y Desarrollo Regional, mediante Resolución No. 27-96
(COMRIEDRE-VI), de 22 de mayo de 1996, reiteró el interés de los
países centroamericanos para avanzar hacia la Unión Aduanera dentro
de sus territorios y manifestó su acuerdo por la decisión de los
Gobiernos de El Salvador y Guatemala de iniciar un proceso
acelerado para alcanzar la Unión Aduanera entre sus territorios.
II. Que en la Declaración Conjunta de los Presidentes de El
Salvador y Guatemala, de 24 de agosto de 1999, se acordó iniciar el
proceso tendiente a lograr la Unión Aduanera, a través de la
implementación de medidas específicas en las diferentes á reas.
III. Que en materia arancelaria se ha avanzado en la
armonización de tarifas en algunos de los rubros en los que los
aranceles eran diferentes para Guatemala y El Salvador, los cuales
dichos países elevaron a consideración de este foro mediante una
propuesta de modificación al Anexo "A" del Convenio sobre el
Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.
POR TANTO:
Con fundamento en los Artículos 18 del Protocolo de Tegucigalpa a
la Carta de la Organización de los Estados Centroamericanos
(ODECA); 6, 15, 36, 37, 38, 39, 52 y 55 del Protocolo al Tratado
General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de
Guatemala); y 6, 7, 9, 12, 15, 22, 23 y 24 del Convenio sobre el
Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.
RESUELVE:
1. Aprobar las modificaciones al Arancel Centroamericano de
Importación en la Parte II, para El Salvador y Guatemala, conforme
se consigna en Anexo de la presente Resolución, el cual forma parte
integrante del Anexo " A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario
y Aduanero Centroamericano.
2. La presente Resolución entrará en vigencia inmediatamente y
será publicada por los Estados Parte.
Panamá, República de Panamá, 21 de marzo del 2000. SAMUEL
GUZOWSKI, Ministro de Comercio Exterior de Costa Rica.
EDUARDO AYALA GRIMALDI, Viceministro, en Representación del
Ministro de Economía de El Salvador. EDUARDO WEYMANN,
Ministro de Economía de Guatemala. OSCAR KAFATI, Ministro de
Industria y Comercio de Honduras. NORMAN CALDERA CARDENAL,
Ministro de Fomento, Industria y Comercio de Nicaragua.
ANEXO RESOLUCIÓN No. 49-2000 (COMIECO)
Anexo Resolución No. 49-2000 (COMIECO): páginas 2663 a la
2665, Gaceta No. 89 del 14-05-2001.
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