Anexo Actividades Programadas Para Las Entidades De Valores

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Banca y Finanzas Rango: Resoluciones - ANEXO ACTIVIDADES PROGRAMADAS PARA LAS ENTIDADES DE VALORES Resolución No. CD-SIBOIF-729-2MAY25-2012 Publicado en La Gaceta No. 168 del 4 de Septiembre de2012 ANEXO ACTIVIDADES PROGRAMADAS PARA LAS ENTIDADES DE VALORES Las actividades programadas contenidas en el Plan Anual de Trabajo para las entidades de valores deben incluir, como mínimo, los siguientes aspectos, sin perjuicio de que el Superintendente pueda emitir instrucciones sobre otras actividades que deban ser incluidas en dicho plan: a)Tesorería: La responsabilidad de la UAI en esta área será la de evaluar periódicamente el cumplimiento de las políticas y procedimientos existentes, en particular verificará: 1)La separación de las operaciones por cuenta propia de las de intermediación por cuenta del cliente; 2)La estructura organizativa para verificar que exista una clara definición y delimitación de funciones y responsabilidades (deben estar segregadas las funciones de autorización, registro contable y revisión o control de los riesgos); 3)El grado de cumplimiento de las políticas, disposiciones y pautas dictadas por la junta directiva de la entidad; 4)La aplicación de los procedimientos en cuanto a autorizaciones, confirmaciones, pagos y cobros, procesamiento y registro de las operaciones; 5)La correcta valoración de las operaciones; 6)La exactitud y periodicidad de la información; 7)El cumplimiento de los límites y de los procedimientos internos; 8)Verificar la existencia de los procedimientos y modelos para la medición de los diferentes riesgos, en su caso; y 9)Evaluar periódicamente los resultados y procedimientos de evaluación y clasificación de la cartera de inversiones, efectuada por el área de evaluación de riesgos, conforme al MUC, a las Normas Internacionales de Información Financiera y a la normativa dictada por la Superintendencia. b)Disponibilidades: La UAI deberá revisar los controles operativos y contables en esta área, en particular revisará: 1)Los niveles de autorización con adecuada documentación; 2)La segregación de funciones; 3)Los programas de conciliación de cuentas propias de la entidad y cuentas de sus clientes; y 4)Los mecanismos de control contable; c)Las Inversiones. La UAI debe verificar que en este grupo se registren y revelen adecuadamente en la información financiera de la entidad la parte activa de las inversiones en instrumentos financieros, tanto en mercados nacionales como internacionales, de acuerdo a la normativa señalada en el MUC. d)Las Operaciones con valores y derivados. La UAI debe comprobar que se registre y revele adecuadamente la parte activa de las operaciones de reporto y reporto opcional, así como instrumentos financieros derivados, todo en cumplimiento de la normativa aplicable. e)Cuentas por cobrar por: 1)Intermediación financiera; 2)Aasesoría bursátil; 3)Valores con pacto de reventa; 4)Valores con opción de reventa; 5)Operaciones de reporto y reporto opcional; 6)Funcionarios y empleados; y 7)Diversas. f)Garantías: Que en el caso de puestos de bolsa y agentes de bolsa, se cumple con las garantías mínimas establecidas. g)Bienes de Uso: 1)Conocer las políticas de inversión de bienes de uso; 2)Valorar la dimensión de los bienes, su eficiencia o exceso considerando tanto la actividad desarrollada como los planes y estrategias de expansión; 3)Conocer y evaluar los mecanismos de control interno, en particular: i.Mecanismos de control de compras, ventas y contratación de servicios; ii.Mecanismos de salvaguarda jurídica de los bienes (control de inscripciones registrales, litigios con terceros, etc.); iii.Mecanismos de control de cobertura de los activos mediante pólizas de seguros; iv.Mecanismos de salvaguarda física de los elementos de bienes(inventarios, control de retiros, etc.); v.Mecanismos de control interno contable; vi.Valoración contable de los bienes; vii.Las amortizaciones practicadas; y viii.Los resultados reconocidos en operaciones con inmuebles. h)Obligaciones inmediatas: la UAI debe verificar que se incluyan y revelen adecuadamente todas las obligaciones por operaciones de intermediación bursátil, tanto en mercados nacionales como internacionales, con personas naturales y jurídicas que realizan las entidades. i) Cuentas por pagar; j)Obligaciones con instituciones financieras: 1)Otros financiamientos; 2)Valores con pacto de recompra; 3)Valores con opción de recompra; y 4)Operaciones de reporto y reporto opcional k)Otras Obligaciones: La UAI debe verificar que todos los importes adeudados por la institución se encuentran adecuadamente clasificados, de acuerdo con las normas y procedimientos internos. l)Capital social mínimo: La UAI deberá verificar que la declaración de recursos propios se haya elaborado correctamente. En concreto analizará: 1)Que se cumple con el capital social mínimo; y 2)Que el quince por ciento (15%) del resultado neto del período es registrado en la cuenta Reserva Legal. m)Resultados: La verificación de que solo se han contabilizado los ingresos ciertos, la comprobación de que todos los gastos y pérdidas, incluidas las potenciales no realizadas, están incluidas en la cuenta de resultados, el análisis de si la cuenta de resultados recoge tanto los ingresos como los gastos del ejercicio. Verificar los mecanismos de control, en particular: 1)Niveles de autorización definidos para gastos, según concepto e importe; 2)Adecuada documentación de los niveles de autoridad; 3)Segregación de funciones entre autorización del gasto y la aprobación del pago; 4)Una adecuada documentación de las prácticas contables de estos gastos; 5)Establecer un adecuado control de planillas; 6)Elaboración de procedimientos bien definidos en la preparación de planillas; y 7)El auditor interno al verificar los ingresos, deberá evaluar las conciliaciones de comisiones por intermediación bursátil. n)Cuentas de orden (valores). La UAI debe comprobar que en las cuentas de orden se revelen tanto los derechos eventuales que tendría le entidad contra el deudor principal, como sus correspondientes contra cuentas de orden acreedor correspondientes, realizando las siguientes actividades. 1)Arqueos de valores físicos en los lugares de custodia (Acta de arqueo); 2)Verificación de anotaciones en cuenta (acta de verificación de valores desmaterializados); 3)Conciliaciones de valores desmaterializados; y 4)Movimientos y traspasos de valores La UAI también deberá efectuar evaluación permanente a las cuentas de naturaleza transitoria, con la finalidad de exigir la depuración o traslado a la cuenta que le corresponda, el uso adecuado y un programa de conciliación periódica de las cuentas. o)Plan Estratégico: La UAI deberá verificar que se está dando seguimiento al plan estratégico de la entidad y que mensualmente se verifica el cumplimiento de las metas expuestas en su presupuesto. p)Tecnología de la Información: Evaluar los procedimientos y controles establecidos para la administración de la Tecnología de información existente en la institución, en particular lo siguiente: 1)Administración de cambios a los ambientes de producción; 2)Administración de usuarios; 3)Sistemas de información en ambiente de producción; 4)La segregación de funciones; 5)Administración de la seguridad; y 6)Continuidad del negocio, respaldos de información y plan de contingencia. q)Prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo: Evaluar los procedimientos y controles establecidos para la prevención de lavado de dinero, conforme lo expresado en la normativa que regula la materia sobre prevención de los riesgos de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. r )Deberes relacionados con los conflictos de interés: De conformidad con lo expresado en la normativa que regula la materia sobre funcionamiento de los puestos de bolsas y sus agentes, la UAI deberá incorporar en su plan anual de trabajo la revisión y el cotejo del cumplimiento de las políticas internas y procedimientos aprobados por la junta directiva de los puestos de bolsa y por la bolsa de valores para prevenir situaciones de conflicto de interés que pudieran surgir, entre otras situaciones, por las siguientes: 1)Las instrucciones u otras operaciones entre entidades o funcionarios del mismo grupo económico o financiero; 2)Las actividades que realizan los accionistas, directivos y funcionarios del puesto de bolsa, de las bolsas de valores y de los emisores en relación con sus clientes, así como, las partes relacionadas de dichos accionistas, directores y funcionarios; y 3)Otras situaciones que tengan el potencial de generar conflicto de interés. s)Otras Áreas: También el plan anual de trabajo deberá incluir la revisión de: a)Las operaciones cruzadas con un cliente y por cuenta propia; y b)Las operaciones cruzadas en la cual una de las partes sea parte relacionada del puesto de bolsa. (f) J. Rojas (f) V. Urcuyo (f) Gabriel Pasos Lacayo (f) Fausto Reyes (f) ilegible (Silvio Moisés Casco Marenco) (f) A. Morgan Pérez. Secretario Ad hoc. (f) ANTONIO MORGAN PEREZ, Secretario Ad Hoc, Consejo Directivo SIBOIF. -