Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Resoluciones
-
(AMPLIAR EL PLAZO A QUE SE
REFIERE LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA DE LA RESOLUCIÓN No. 66-2013
(COMRIEDRE)
RESOLUCIÓN No.324-2013 (COMIECO-EX)
Centroamérica, 11 de Octubre de 2013
Publicado en La Gaceta No. 22 del 4 de Febrero de 2014
EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 38 del Protocolo al Tratado
General de Integración Económica Centroamericana, modificado por la
Enmienda del 27 de febrero de 2002, el Consejo de Ministros de
Integración Económica (COMIECO) le corresponde aprobar todos los
actos administrativos del Subsistema de Integración Económica
Centroamericana;
Que el Consejo de Ministros Responsables de la Integración
Económica y Desarrollo Regional, aprobó la Resolución No. 66-2013
de fecha 14 de mayo de 2013, por medio de la cual sustituyó, del
Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero Internacional
Terrestre, la Declaración de Mercancías para el Tránsito Aduanero
Internacional Terrestre conocida como DTI, por la Declaración Única
de Mercancías para el Tránsito Aduanero Internacional Terrestre
conocida como DUT;
Que mediante una disposición transitoria de dicha Resolución, se
concedió a los países signatarios que aún continúan utilizando la
Declaración de Mercancías para el Tránsito Aduanero Internacional
Terrestre o DTI, un plazo de hasta 180 días, a partir de la
vigencia de esa Resolución, para aplicar la DUT, el cual vence el
12 de noviembre de 2013;
Que algunos países no están en condiciones de aplicar la DUT en el
plazo establecido, por lo que han solicitado que el mismo se
prorrogue hasta el 1 de enero de 2014, para lo cual el Consejo debe
adoptar la decisión que corresponde;
Que el Estado de Panamá es Parte del Subsistema de Integración
Económica Centroamericana y el COMIECO mediante la Resolución No.
309-2013 (COMIECO-LXV) del 21 de junio de 2013, incorporó a la
República de Panamá al Subsistema de Integración Económica y a su
Ministro de Comercio e Industrias al COMIECO, por lo que el mismo
quedó integrado plenamente por los seis Estados Parte del
Subsistema de Integración Económica;
Que el COMIECO se puede reunir de manera virtual mediante el
sistema de videoconferencia, en cuyo caso, le corresponde a la
Secretaría de Integración Económica Centroamericana recopilar la
firma de cada uno de los Ministros o Viceministros en su caso, en
su respectivo país,
POR TANTO:
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 36, 37, 38, 46, 52
y 55 del Protocolo de Guatemala; 94 del Código Aduanero Uniforme
Centroamericano (CAUCA); 402 del Reglamento al CAUCA; y, 19, 20 Bis
y 32 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de los
Consejos de Ministros de Integración Económica, Intersectorial de
Ministros de Integración Económica y Sectorial de Ministros de
Integración Económica,
RESUELVE:
1. Ampliar el plazo a que se refiere la disposición transitoria de
la Resolución No. 66- 2013 (COMRIEDRE), hasta el 1 de enero de 2014
para que los países centroamericanos puedan continuar utilizando la
Declaración de Mercancías para el Tránsito Aduanero Internacional
Terrestre o DTI.
2. La presente Resolución entra en vigor inmediatamente y deberá
ser publicada por los Estados Parte.
Centroamérica, 11 de octubre de
2013.
(f) Fernando Ocampo, Viceministro, en representación de la Ministra
de Comercio Exterior de Costa Rica. (f) José Armando Flores Alemán,
Ministro de Economía de El Salvador. (f) María Luisa Flores,
Viceministra, en representación del Ministro de Economía de
Guatemala. (f) Melvin Redondo, Viceministro, en representación del
Ministro de Industria y Comercio de Honduras. (f) Orlando Solórzano
Delgadillo, Ministro de Fomento, Industria y Comercio de Nicaragua.
(f) Diana Salazar, Viceministra, en representación del Ministro de
Comercio e Industrias de Panamá.
-