Ajustes A La Norma Sobre Procedimientos Para La Selección Y Contratación De Firmas De Contadores Públicos Independientes Y Autorización De Refundición De Esta
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Resoluciones
-
AJUSTES A LA NORMA SOBRE
PROCEDIMIENTOS PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE FIRMAS DE
CONTADORES PÚBLICOS INDEPENDIENTES Y AUTORIZACIÓN DE REFUNDICIÓN DE
ESTA
RESOLUCIÓN CD-BCN-XL88-2-13, Aprobada el 18 de Octubre del
2013
Publicada en La Gaceta No 218 del 15 de Noviembre del 2013
CERTIFICACIÓN
Ruth Elizabeth Rojas Mercado, Notario Público y Secretaria
del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua (a.i.),
CERTIFICA Y DA FE que en el Libro de Resoluciones de dicho
Consejo, en sesión número cuarenta y dos del nueve de
octubre de dos mil trece, se encuentra la Resolución que
literalmente dice:
Consejo Directivo
Banco Central de Nicaragua
Sesión No.42
Octubre 9, 2013
RESOLUCIÓN CD-BCN-XL88-2-13
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO
I
Que de conformidad con el artículo 31 de la Ley No. 732, Ley Orgánica del Banco Central de
Nicaragua, publicada
en La Gaceta, Diario Oficial No. 148 y 149 del cinco y seis de
agosto de dos mil diez, respectivamente, los estados contables del
Banco Central de Nicaragua (BCN) deberán ser auditados anualmente
por una firma de auditores externos seleccionados por el Consejo
Directivo. La selección de la firma será competencia exclusiva del
Consejo Directivo del Banco, sujeto a los procedimientos que
apruebe el Consejo, y la firma seleccionada no podrá realizar estas
auditorías por más de tres períodos consecutivos.
II
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 19, numeral 13, de
la Ley No. 732, corresponde Consejo Directivo del BCN: Dictar los reglamentos internos y
demás normas generales de operación del Banco.
III
Que según el artículo 19, numeral 21, de la Ley No. 732, es
atribución del Consejo Directivo del BCN dictar las normas
correspondientes y necesarias que garanticen la aplicación de todo
lo establecido en dicha ley.
IV
Que mediante Resolución CD-BCN-XLVIII-1-10 del catorce de diciembre
de dos mil diez el Consejo Directivo del BCN aprobó la
Norma sobre procedimientos para la selección y contratación
de firmas de contadores públicos independientes, publicada
en la Gaceta, Diario Oficial, No. 23 del cuatro de febrero del año
dos mil once. Dicha norma fue reformada mediante Resolución
CD-BCNXX-1-12 del dieciséis de mayo de dos mil doce, resolución
CDBCN-XIII-2-13 del veintidós de marzo de dos mil trece y
Resolución CD-BCN-XXVII-2-13 del diez de julio de 2013.
V
Que es necesario efectuar nuevos ajustes a la Norma, con el fin de
reforzar los requisitos que deben cumplir los participantes en el
proceso de selección, y así tener mejores criterios de
selección.
En uso de sus facultades, a propuesta de su Presidente,
RESUELVE APROBAR
La siguiente,
AJUSTES A LA NORMA SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA LA SELECCIÓN Y
CONTRATACIÓN DE FIRMAS DE CONTADORES PÚBLICOS INDEPENDIENTES Y
AUTORIZACIÓN DE REFUNDICIÓN DE ÉSTA.
1. Refórmese el art. 4 de la Norma sobre procedimientos para
la selección y contratación de firmas de contadores públicos
independientes y autorización de refundición de ésta, el cual
deberá leer así:
Arto. 4 Requisitos generales de las firmas
participantes
Podrán participar en el proceso de selección aquellas Firmas de
Contadores Públicos Independientes que brinden los servicios
profesionales de auditorías financieras y de cumplimiento a estados
financieros y cumplan, además, con los siguientes requisitos
mínimos:
a. Registro ante la CGR, como Firma de Contadores Públicos
Independientes.
b. Competencia reconocida internacionalmente (firma con sede
en un país determinado, con filiales, agencias o representantes en
otros países, y con reconocimiento internacional).
c. Experiencia, entre cinco a diez años, en trabajos
similares
d. Presentación de constancia judicial y record de policía
del representante legal de la Firma, y del personal que participará
por la firma en la realización de la Auditoría, a fin de valorar la
integridad o idoneidad de los mismos.
e. No haber realizado auditoría a los estados financieros
del BCN por tres períodos contables consecutivos inmediatos
anteriores, al año que se auditará.
2. La presente resolución entrará en vigencia a partir de
esta fecha, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta,
Diario Oficial.
(f) Ilegible. José Adrián Chavarría Montenegro. Presidente. (f)
Ilegible. Leonardo Ovidio Reyes. Gerente General del BCN en
sustitución del Presidente. (f) Ilegible. Mario José González
Lacayo. Miembro. (f). Alejandro E. Martínez C. (Alejandro Ernesto
Martínez Cuenca). Miembro. (f) J.A.A (José Adán Aguerrí Chamorro).
Miembro.
Es conforme con su original y para los efectos legales libro la
presente Certificación en la ciudad de Managua, República de
Nicaragua, a los dieciocho días del mes de octubre de dos mil
trece. (f) ilegible. Ruth Elizabeth Rojas Mercado. Secretaria
Consejo Directivo (a.i.).
-