Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Laboral y Seguridad Social
Rango: Resoluciones
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(ADICIONAR EL LITERAL D) AL
NUMERAL I DEL ANEXO III DEL REGLAMENTO DE RELACIONES LABORALES
ENTRE LA SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA Y SU
PERSONAL)
RESOLUCIÓN No. 320-2013 (COMIECO- Aprobado el 12 de Agosto
del 2013
Publicado en La Gaceta No. 191 de 9 de Octubre del 2013
EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los artículos 37 y 43 del Protocolo al
Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo
de Guatemala-, la Secretaría de Integración Económica
Centroamericana-SIECA-, es un órgano técnico y administrativo del
Subsistema de Integración Económica;
Que según el tercer párrafo del artículo 39 del Protocolo de
Guatemala, al Consejo de Ministros de integración Económica le
corresponde aprobar los reglamentos sobre conformación y
funcionamiento de todos los órganos del Subsistema de Integración
Económica;
Que la Secretaria General de la SIECA ha presentado una propuesta
para modificar el numeral 1 del Anexo III del Reglamento de
Relaciones Laborales entre la SIECA y su Personal, para adecuar esa
normativa a las nuevas necesidades que permitan contratar personal
de nacionalidad distinta al de la sede de esa Secretaría;
Que el Consejo de Ministros se puede reunir de manera virtual
mediante el sistema de videoconferencia, en cuyo caso, le
corresponde a la Secretaría de Integración Económica
Centroamericana recopilar la firma de cada uno de los Ministros o
Viceministros en su caso, en su respectivo país;
POR TANTO:
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 37, 38, 39, 46, 52
y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica
Centroamericana -Protocolo de Guatemala-; y, 19, 20 Bis y 32 de
Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de
Ministros de Integración Económica, Intersectorial de Ministros de
Integración Económica y Sectorial de Ministros de Integración
Económica,
RESUELVE:
1. Adicionar la literal d) al numeral 1 del Anexo III del
Reglamento de Relaciones Laborales entre la Secretaría de
Integración Económica Centroamericana y su Personal, que se refiere
al Instructivo para normar el transporte de efectos personales y
gastos de instalación de personal profesional contratado con
nacionalidad distinta al de la sede de la SIECA, de la siguiente
manera:
d) El funcionario podrá escoger entre el pago del traslado de sus
efectos personales al país sede de la Secretaría, según las
condiciones establecidas en el presente Instructivo; o a recibir en
efectivo, la suma correspondiente a dicho traslado, para sus gastos
de instalación. Esta suma corresponderá siempre a la cotización más
baja, según lo que establece el presente Instructivo.
2. Transitorio: La presente disposición es aplicable a la actual
Secretaria General de la SIECA.
3. La presente Resolución entra en vigor inmediatamente y será
publicada por los Estados parte.
Centroamérica, 12 de agosto de
2013
(f) Fernando Ocampo. Viceministro, en representación de la Ministra
de Comercio Exterior de Costa Rica. (f) Mario Roger Hernández.
Viceministro, en representación del Ministro de Economía de El
Salvador. (f) María Luisa Flores. Viceministra, en representación
del Ministro de Economía de Guatemala. (f) Melvin Redondo.
Viceministro, en representación del Ministro de Industria y
Comercio de Honduras. (f) Orlando Solórzano Delgadillo. Ministro de
Fomento, Industria y Comercio de Nicaragua. (f) Ricardo A. Quijano
Jiménez. Ministro de Comercio e Industrias de Panamá.
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