Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Resoluciones
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ACTUALIZAR EL SISTEMA DE VEDAS
PERÍODO 2006 Y DEROGAR LOS ARTÍCULOS 5 Y 6 DE LA RESOLUCIÓN
MINISTERIAL No. 46-2003
RESOLUCIÓN MINISTERIAL No. 001-2006, Aprobada el 13 de Enero
del 2006
Publicada en La Gaceta No. 102 del 26 de Mayo del 2006
EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES
CONSIDERANDO
I
Que el numeral 1 del artículo 71 de la Ley 217, Ley General del
Medio Ambiente y los Recursos Naturales; y, el artículo 47 del
Decreto 9-96, Reglamento de la Ley 217, otorgan competencia al
Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales para establecer el
Sistema de Vedas en materia de Diversidad Biológica, con el fin de
lograr su resguardo y protección.
II
Que como tal, el Sistema de Vedas debe agrupar y armonizar entre el
conjunto de principios y disposiciones que la integran, así como
las condiciones ambientales y climáticas y las épocas y zonas en
que se presentan los ciclos de reproducción y reclutamiento de las
diferentes poblaciones para permitir la efectiva conservación y uso
sostenible de las especies de fauna y flora silvestre y sus
hábitat.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Ley,
RESUELVE
ACTUALIZAR EL SISTEMA DE VEDAS PERÍODO 2006 Y DEROGAR LOS
ARTÍCULOS 5 Y 6 DE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL No. 46-2003
Artículo 1.- Objeto. La presente Resolución Ministerial
tiene por objeto, actualizar el Sistema de Vedas de Especies
Silvestres que regirá durante el año 2006.
Artículo 2.- Ámbito de Aplicación. La presente resolución
ministerial es aplicable a las personas naturales y jurídicas,
nacionales y extranjeras, en todo el territorio nacional.
Artículo 3.- Autoridad de Aplicación. La autoridad de
aplicación de la presente Resolución Ministerial es el Ministerio
del Ambiente y los Recursos Naturales, a través de las Delegaciones
Territoriales, en coordinación con los Gobiernos Municipales
respectivos y otras autoridades pertinentes.
Artículo 4.- Se establece como Vedas Nacionales de Especies
Silvestres en Nicaragua para el año 2006, las siguientes:
Nota: Ver Lista en Gaceta No. 102 del 26 de Mayo del 2006, de la
página 3973 a la 3976.
Artículo 5.- Deróguense los artículos número 5 y 6 de la RM
No. 46-2003 Actualizar el Sistema de Vedas Período
2004-2006.
Artículo 6.- Las Vedas Nacionales serán revisadas,
actualizadas y publicadas anualmente en la Gaceta, Diario Oficial
de la República.
Artículo 7.- Las infracciones a la presente Resolución serán
sancionadas de conformidad con las disposiciones consignadas en la
Ley No. 217 y Decreto No. 9-96, Ley General del Medio Ambiente y
los Recursos Naturales y su Reglamento, y demás Leyes y
Reglamentos aplicables.
Artículo 8.- La presente Resolución Ministerial entrará en
vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de
comunicación social escrito de circulación nacional, sin perjuicio
de su posterior publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua a los trece días del mes de
enero del año dos mil seis. C. ARTURO HARDING LACAYO,
Ministro.
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