Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Orden Interno
Rango: Reglamentos
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SE DISPONE QUE EL REGLAMENTO DE
LA POLICÍA URBANA DE ESTA CAPITAL, SIRVA PARA EL DE
MASAYA
REGLAMENTO, Aprobado el 5 de Febrero de 1895
Publicado en La Gaceta No. 82 del 7 de Febrero de 1895
El Presidente de la República tiene á bien aprobar el cuerdo que
dice:
El Jefe Político del departamento de Masaya: estando para
establecerse en esta población un Cuerpo de policía, en uso de sus
facultades, acuerda:
Art. 1.- El Reglamento de la Policía Urbana decretado para
la capital en 28 de Febrero de 1890, comenzará á regir con sus
adicionales en esta cabecera desde esta fecha.
Art. 2.- Someter este acuerdo á la aprobación del Supremo
Gobierno.- Masaya, 2 de Febrero de 1895.- Francisco
Wassmer.
Comuníquese.- Managua, 5 de Febrero de 1895.- Zelaya.- El
Ministro General.- Baca, h.
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