Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Deporte y Recreación
Rango: Reglamentos
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(REGLAMENTO DE LA LIGA NACIONAL
DE TENNIS)
Aprobado el 08 de Junio de 1933
Publicado en La Gaceta No. 134 del 19 de Junio de 1933
1º. La Comisión Nacional de Deportes de Nicaragua, señalará el día
que deberá comenzar la Liga Nacional de Tennis.
2º. Para esta liga se efectuarán eliminaciones en los distintos
departamentos, vigiladas y controladas por las Comisiones
Departamentales respectivas, las que habrán inscrito previamente a
los jugadores que deseen tomar parte en las eliminaciones.
3º. En las eliminaciones se designará por competencia a cada
jugador su puesto, dándosele el número Uno, al primero; el número
Dos, al siguiente y así sucesivamente a todos los jugadores
inscritos.
4º. También se seleccionarán parejas para doble de varones, de
mujeres y mixtas, debiéndose igualmente inscribir estas
parejas.
5º. Terminadas las eliminaciones, las Comisiones Departamentales
enviarán una lista completa de los inscritos en sus respectivos
departamentos con los resultados de las eliminaciones a la Comisión
Nacional de Deportes. Esta lista debe estar en poder del Secretario
de dicha comisión, ocho días antes del día señalado para comenzar
la Liga Nacional de Tennis.
6º. Las Comisiones Departamentales que no cumplan con la regla
anterior no tendrán derecho, a que su departamento figure en la
Liga Nacional de Tennis.
7º. Cada departamento seleccionará su equipo compuesto por el
número Uno, Dos y Tres de varones; con el número Uno, Dos y Tres,
de mujeres; con una pareja para doble de varones, otra de mujeres y
otra pareja mixta. Los números Uno, Dos y Tres, sean de varones o
mujeres, pueden integrar cualquier pareja de dobles.
8º. Cualquier jugador de los seleccionados que se enferme o por
otra causa no pueda jugar en una partida, avisando previamente al
Secretario de la Comisión Nacional de Deportes, podrá ser repuesto
por otro jugador de su mismo departamento que haya sido inscrito en
las eliminaciones; apuntándose su triunfo o derrota como si hubiera
jugado el jugador seleccionado, excepto cuando sean los números Uno
(varones o mujeres) cuyo caso está Previsto en la regla 19.
9º. Cuando no sea repuesto debidamente el jugador ausente, se
apuntará un triunfo a su contrario respectivo.
10º. El equipo de un departamento jugará una partida con cada uno
de los equipos que tomen parte en la liga.
11º. Cada partida se compondrá de Nueve Jugadas de la siguiente
manera: Número Uno, (Single); Número Dos, (Single); Número Tres,
(Single); pareja de varones (doble): pareja de mujeres (doble) y
pareja mixta (doble).
12º. Cada jugada será de tres Sets. Cuando dos Sets hayan sido
ganados por el mismo, no será necesario jugar el Tercero. Las
jugadas no podrán verificarse en distintos Courts al mismo
tiempo.
13º. El equipo que gane cinco o más de estas jugadas se apuntará un
triunfo.
14º. Al departamento que finalizada la liga se haya apuntado mayor
número de triunfos, la Comisión Nacional de Deportes le entregará
una copa especial cuya posesión no será definitiva sino para el
equipo que la gane dos años consecutivos.
15. El numero Uno de varones que se apunte mayor número de jugadas
ganadas sobre los otros números, será declarado Campeón Nacional de
ese año y tendrá título y medalla de oro que la dará la Comisión
Nacional de Deportes.
16º. El número Uno de mujeres que obtengan mayor número de triunfos
sobre los otros números, será proclamada campeona nacional y tendrá
título y raqueta de oro que le dará la Comisión Nacional de
Deportes.
17º. Las parejas de (doble, varones, mujeres o mixtas) que hayan
ganado mayor número de triunfos a sus respectivos contrarios,
tendrán premio especial que les dará la Comisión Nacional de
Deportes.
18º. Para este efecto los Secretarios de las Comisiones
Departamentales llevarán récords completos y detallados de las
partidas jugadas en sus respectivos Departamentos y que serán
enviadas al Secretario de la Comisión Nacional de Deportes.
19º. Cuando los números Uno (varones o mujeres) no puedan asistir a
alguna partida, serán repuestos conforme la regla 8ª pero su
triunfo o derrota sólo se apuntará en el récord general y sólo se
tomará en cuenta para el Departamento, pero no para el campeonato
nacional; debiendo repetirse la jugada en día señalado por la
Comisión Nacional de Deportes.
20º. Cuando la ausencia del número Uno sean definitiva, ocupará el
número Dos su puesto pasando el número Tres a ocupar el del Dos y
así sucesivamente. Pero los triunfos o derrotas del número Uno
ausente, sólo se apuntarán en los récords generales, repitiéndose
la jugada para definir el campeonato nacional.
21º. Cuando por lluvia u otra causa mayor se suspenda una partida,
será válida hasta el momento de la suspensión, prosiguiéndose en
día señalado por la Comisión Nacional de Deportes.
22º. Los Jueces serán designados por el Secretario de la Comisión
Nacional de Deportes.
23º. Cuando un jugador o equipo se niegue a jugar por no acatar el
fallo del Juez, se apuntará un triunfo a su contrario.
24º. Cuando un Juez de un fallo contra cualquier regla de la
Cartilla Oficial de Tennis, podrá el perjudicado dirigirse en queja
a la Comisión Departamental de Deportes donde se verificó la
partida, la que resolverá al respecto.
25º. Esta Liga Nacional de Tennis y las eliminaciones preliminares,
serán regidas por la Cartilla Oficial.
Humberto Ramírez E. Alcides Barreto P. Julio Chamorro B. Porf.
Pérez H. Humberto Carrión.
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