Reformas Al Reglamento De La Ley De Empresas De R.a.

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Reglamentos - REFORMAS AL REGLAMENTO DE LA LEY DE EMPRESAS DE R.A. Publicado en La Gaceta No. 185 de 9 de agosto de 1982 Certificación El suscrito Secretario General del Ministerio de Desarrollo Agropecuario y Reforma Agraria, Certifica: Que en el Libro de Acuerdos de Empresas de Reforma Agraria, que en este Ministerio se lleva, de la página 341 a la 342, se encuentra el Acuerdo que literalmente dice: "Acuerdo Número Ochenta y tres: El Ministerio de Desarrollo Agropecuario y Reforma Agraria, en uso de las facultades que el confiere el Artículo diecisiete del Decreto Número Quinientos Ochenta, del día dos de diciembre de mil novecientos ochenta: Acuerda: Reformar el Reglamento de la Ley de Empresas de Reformas Agraria. Artículo 1.-El Artículo 11, acápite A deberá leerse: a) El Ministerio de Desarrollo Agropecuario y Reforma Agraria, quien será miembro ex-oficio y el respectivo suplente que el Ministro designe; Artículo 2.-El Artículo 16, deberá leerse: "Corresponde ex-oficio el cargo de Presidente del Consejo Consultivo, al Ministro de Desarrollo Agropecuario y Reforma Agraria. El Consejo Consultivo elegirá un Vice-Presidente y un Secretario, este último cargo podrá recaer en una persona ajena al Consejo. Artículo 3.-Suprímese el Artículo 17. Artículo 4.-El Artículo 34, deberá leerse: Cualquier persona hábil podrá ser Director, inclusive cualquiera de los concejales, siempre que pueda disponer de tiempo completo para desempeñar tal cargo. Artículo 5.-Quedan reformados de acuerdo a los Artículos anteriores todos los Acuerdos de Creación emitidos a la fecha. Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, Libre a los veintiún días del mes de julio de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad Frente a la Agresión".J. Wheelock.- Hay un sello. En conforme con su originalidad, con el cual fue debidamente cotejado y para los fines señalados en el mismo Acuerdo se extiende de la presente certificación, en la ciudad de Managua, a la veintisiete días, del mes de julio de mil novecientos ochenta y dos.- Julio Francisco Báez Cortes, Secretario General MIDINRA. -