Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Turismo
Rango: Reglamentos
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REFORMA AL REGLAMENTO DE
OPERADORAS DE VIAJES
REGLAMENTO, Aprobado el 16 de Noviembre del 2001
Publicado en la Gaceta No. 242 del 20 de Diciembre del 2001
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO
NICARAGÜENSE DE TURISMO
En uso de las Facultades que le confiere la Ley No. 298, Ley
Creadora del Instituto Nicaragüense de Turismo, publicada en La
Gaceta, Diario Oficial No. 149 de fecha once de Agosto de mil
Novecientos noventa y ocho.
CONSIDERANDO
I
Que es necesario reducir el monto mínimo de inversión para efectos
de cumplimiento de los requisitos de las Operadoras de Viajes que
permita ampliar este segmento para la promoción del turismo interno
y receptivo.
ACUERDA:
Aprobar la Reforma al Reglamento de Operadoras de Viajes,
publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 100 del veintinueve
de Mayo de dos mil uno, la cual íntegra y literalmente dice así:
REFORMA AL REGLAMENTO DE OPERADORAS DE VIAJES
Artículo 1.- Se reforma el inciso (h) del Arto. 8 del
Reglamento de Operadoras de Viajes, publicado en La
Gaceta, Diario Oficial, No. 100 del veintinueve de Mayo del dos
mil uno el que se leerá así:
Acreditar un capital invertido en equipos de operación
(vehículos, mobiliarios y equipos de oficina) equivalente en
Córdobas a CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA
(U$ 5,000.00).
Artículo 2.- Deróguense los incisos (i) y (j) del Arto. 8
del Reglamento de Operadores de Viajes, publicado en La
Gaceta, Diario Oficial, No. 100 del veintinueve de Mayo de dos mil
uno, relacionados con la constitución de garantía mínima por medio
de fianza tanto para el establecimiento principal como de las
sucursales de las Operadoras de Viajes.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en cualquier medio de circulación
nacional, sin perjuicio de su publicación oficial en La Gaceta,
Diario Oficial.
Las presentes reformas fueron aprobadas en la vigésima primera
sesión ordinaria del Consejo Directivo del Instituto Nicaragüense
de Turismo, celebrada en la ciudad de Managua el día treinta de
Julio del año dos mil uno.
Dado en la ciudad de Managua, a las diez de la mañana del
dieciséis de Noviembre del dos mil uno. AUSBERTO NARVÁEZ
ARGÜELLO, Presidente del Consejo Directivo Instituto
Nicaragüense de Turismo. DR. ALFREDO FERRETTI LUGO,
Secretario del Consejo Directivo.
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