Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Reglamentos
-
ACUERDO POR EL QUE SE REGLAMENTA
LA INTRODUCCIÓN DE ALCOHOLADOS Á LA REPÚBLICA
REGLAMENTO, Aprobado el 4 de Abril de 1895
Publicado en La Gaceta No. 135 del 16 de Abril de 1895
El Presidente de la República acuerda:
1º- Los alcoholados y los preparados de alcohol de fórmula privada
ó sea no oficinal podrán introducirse á la República, sin permiso
especial del Gobierno, equiparándolos, en cuanto al pago de los
derechos de importación, á lo dispuesto para los licores fuertes
extranjeros.
2º- Este acuerdo empezará á regir desde su publicación.
Comuníquese- Managua, 4 de Abril de 1895 - Zelaya - El
Ministro de Hacienda- Callejas.
-