Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Municipal
Rango: Ordenanzas Municipales
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(TRASLADO DE CABECERA MUNICIPAL
DEL MUNICIPIO DE PAIWAS)
No. 01-98. Aprobado el 21 de Enero de 1998.
Publicado en La Gaceta No. 72 del 21 de Abril de 1998.
El Alcande Municipal de Paiwas hace saber a sus habitantes que el
Consejo Municipal, en uso de sus facultades, ha aprobado la
siguiente Ordenanzas Municipal:
CONSIDERANDO:
l
Que dado la marginación y olvido a que ha sido sometido por los
anteriores Gobiernos el Municipio de Paiwas, Región Autónoma del
Atlántico Sur, convirtiéndose por muchos años en centro de
operaciones bélicas que tanto dolor y sufrimiento ha causado a
nuestro pueblo.
ll
Que es necesario continuar con la pacificación hasta alcanzar la
paz total del Municipio, y esto solo se puede lograr desarrollando
planes integrales en lo económico, social y cultural, iniciando
dichos planes por el ordenamiento territorial.
lll
Dado el Proyecto de Construcción de la Presa Hidroeléctrica y
riesgos de desastres naturales producto de la ubicación geográfica
de la localidad y Bocana de Paiwas, lo cual puede ocasionar daños
irreparables que lamentar a sus pobladores.
lV
Que en base a estudios y planes de ordenamiento territorial por
parte del Instituto Nacional de Estudios Territoriales (INETER) y
el diagnóstico organizativo de la Dirección de Asistencia
Metodológica Proyecto de Fortalecimiento de la Autonomía Municipal
del Instituto Nicaragüense de Fomentos Municipales (INIFOM), Plan
Indicativo de Desarrollo Municipal (PIDEM), los cuales coiciden en
la sugerencia y orientación del traslado de la Cabecera Municipal
de la localidad de Bocana de Paiwas a la localidad de UBU Norte,
dado su ubicación en el Centro del Territorio Municipal de Paiwas,
Región Autónoma del Atlántico Sur.
POR LO
TANTO:
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política y
la Ley de Municipios y su Reglamento.
RESUELVE:
Artículo 1.- Trasládase la Cabecera Municipal del Municipio
de Paiwas, Región Autónoma del Atlántico Sur del poblado de Bocana
de Paiwas, a la localidad de UBU Norte, Sede del Gobierno
Municipal.
Artículo 2.- La presente Ordenanza Municipal surte sus
efectos a partir de esa fecha.
Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta, o cualquier medio de
comunicación social.
Dado en el poblado de Bocana de Paiwas, Municipio de Paiwas, Región
Autónoma del Atlántico Sur, el veintiuno de Enero de mil
novecientos noventa y ocho.- ABLEADO OPORTA FLORES.- ALCALDE
MUNICIPAL DE PAIWAS.- REGIÓN AUTÓNOMA DEL ATLÁNTICO SUR.-
ARAS.
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