Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Municipal
Rango: Ordenanzas Municipales
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PLAN DE INVERSIÓN MULTIANUAL
MUNICIPAL 2009-2012 (PIMM)
ORDENANZA MUNICIPAL No. 072/08. Aprobada el 12 de Septiembre
de 2008
Publicada en La Gaceta N° 213 del 5 de Noviembre de 2008
ORDENANZA MUNICIPAL PLAN DE INVERSIÓN MULTIANUAL MUNICIPAL
2009-2012 (PIMM)
El Alcalde Municipal del Municipio de Ciudad Sandino, del
Departamento de Managua, en uso de las facultades que le confiere
la Ley de Municipios y sus Reformas (Ley 40-261), hace saber a sus
habitantes, que el Honorable Concejo Municipal, ha aprobado la
siguiente Ordenanza Municipal Plan de Inversión Multianual
Municipal 2009-2012 (PIMM).
CONSIDERANDO
I
Que es deber de las Autoridades Municipales como expresión del
Estado elaborar y aprobar la Ordenanza Municipal del Plan de
Inversión Multianual Municipal (PIMM) y garantizar la participación
Ciudadana en todo el territorio Municipal.
II
Que es obligación del Gobierno Municipal velar por el desarrollo
económico y social, ambiental e Institucional del municipio.
III
Que la Programación de Inversión Municipal es una función de los
gobiernos locales, enfocada a fomentar la equidad socioeconómica,
el desarrollo armónico del territorio y por ende debe contener los
proyectos estratégicos para el desarrollo municipal.
IV
Que todos los proyectos incluidos en el Programa de Inversión
Multianual Municipal fueron validados por las estructuras
participativas y son compatibles con las necesidades y prioridades
del desarrollo local definidos en las mesas de concertación con los
agentes de desarrollo.
POR TANTO
El Honorable Concejo Municipal, en uso de las facultades que le
confiere la Constitución Política de Nicaragua en su Arto. 177 y la
ley de Municipios y sus Reformas (Ley 40 - 261), publicada en la
Gaceta Diario Oficial No. 162 del 26 de Agosto de 1997 en su
Artículo 28, Incisos 1 y 4.
ORDENA
Artículo 1. Aprobar la cartera de proyectos contenidos en el
Programa de Inversión Multianual Municipal para el Período
2009-2012, el cual es coherente con la visión de desarrollo y
líneas estratégicas derivadas del Plan de Desarrollo Municipal
concertado con los actores locales, a través de un proceso de
Planificación Participativa.
Artículo 2. Para el Período 2009-2012 se define un Programa
de Inversión Multianual Municipal que incorpora al Gobierno
Municipal, Transferencia del Gobierno Central, ONGs, Comunidad y
Empresas, Fuentes de Financiamiento y/o Proyectos por un monto
global de C$ 641.650.802,60. Los 112 Proyectos están
distribuidos de la siguiente manera:
a) Proyectos que corresponden a la carpeta obligatoria con
un monto de C$ 110, 520, 428,00; equivalente al 17.22% del monto
global del PIMM, correspondiente a los fondos propios y
transferencia del Gobierno central.
b) Proyectos que corresponden a la carpeta concertada con un
monto de C$ 299, 459, 400,00; equivalente al 46.67 % del monto
global del PIMM.
c) Proyectos que corresponden a la carpeta coordinada con un
monto de C$ 231, 670, 974,60; equivalente al 36.10 % del monto
global del PIMM, correspondiente a los ingresos del Gobierno
central.
Artículo 3. El Programa de Inversión Multianual Municipal
para el Periodo 2009-2012, será el insumo para establecer las
inversiones y recursos de capital que contendrá el Presupuesto
Municipal del año correspondiente, incorporando los proyectos según
orden de prioridad con fuente asegurada de financiamiento y
recursos concertados con Ong's y sus respectivas contrapartidas
locales.
Artículo 4. Que es deber del Concejo Municipal orientar una
buena Planificación y Perfilación de Proyectos encaminados en la
verificación, control, seguimiento y evaluación de las Obras
Proyectadas en el PIMM y los ajuste necesarios para el cumplimiento
de la planificación estratégica.
Artículo 5. Será responsabilidad del Alcalde Municipal, el
Equipo Técnico Municipal (ETM), de la Alcaldía y Comité de
Seguimiento de Proyectos, (CSP) creados durante el proceso de
planificación participativa para programación de las inversiones
Municipales, (PIMM) gestionar antes los Organismo Correspondientes,
la ejecución de los proyectos que fueran aprobados por las
Instituciones, supervisada por el Concejo Municipal.
Artículo 6. El Proceso de planificación participativa para
la programación de las inversiones Municipales, tendrá duración de
cuatro años (2009-2012) una vez aprobada la presente Ordenanza
Municipal y será revisada, evaluada cada año, garantizando que
permita la inclusión y exclusión de proyectos, respetando los
compromisos derivados del proceso de participación y concertación
con los agentes de desarrollo.
Artículo 7. Se determina que el Programa de Inversión Anual
Municipal será estructurado tomando como referencia los proyectos y
recursos financieros programados del año por la Alcaldía y por
tanto se convierte en el Programa de Inversión contenido en el
Presupuesto Participativo del 2009.
Artículo 8. Que cada año el Programa de Inversión Multianual
Municipal debe ser actualizado, agregando un año adicional a la
programación con el fin de convertirlo en un instrumento de gestión
de recursos de forma permanente.
Artículo 9. La presente Ordenanza entrará en vigencia a
partir de su aprobación por el Honorable Concejo Municipal y su
publicación por cualquier medio de comunicación, sin perjuicio de
su posterior publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en el Municipio de Ciudad Sandino, a los doce días del mes
Septiembre del año dos mil ocho. Reynaldo Raymundo Flores Genet -
Alcalde Municipal de Ciudad Sandino, Juan Carlos Balmaceda -
Secretario del Concejo Municipal.
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