Reglamento Técnico Centroamericano Insumos Agropecuarios. Requisitos Para La Producción Y Comercialización De Semilla Certificada De Granos Básicos Y Soya
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Normas Técnicas
-
REGLAMENTO TÉCNICO
CENTROAMERICANO INSUMOS AGROPECUARIOS.
REQUISITOS PARA LA PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN
DE SEMILLA CERTIFICADA DE GRANOS BÁSICOS Y SOYA
NTON 11 028 - 10/ RTCA
65.05.53:10.
Publicada en La Gaceta No. 168 y 169 del 06 y 07 de Septiembre del
2011
CERTIFICACIÓN
La infrascrita Secretaria Ejecutiva de la Comisión Nacional de
Normalización Técnica y Calidad, CERTIFICA que en el Libro de Actas
que lleva dicha Comisión, en los folios que van del setenta y seis
(76) a la ochenta (80), se encuentra el Acta No. 003-10 Tercera
Sesión Ordinaria de la Comisión de Normalización Técnica y
Calidad, la que en sus partes conducentes, expone: En la ciudad
de Managua, República de Nicaragua, a las nueve con cincuenta
minutos de la mañana del día miércoles veintidós de diciembre del
año dos mil diez, reunidos en el Despacho del Ministerio de
Fomento, Industria y Comercio, por notificación de convocatoria
enviada previamente el día siete de diciembre del años dos mil
diez, de conformidad a lo establecido en Reglamento Interno de
Organización y Funcionamiento de la Comisión Nacional de
Normalización Técnica y Calidad, están presentes los miembros
titulares y delegados de la Comisión Nacional de Normalización
Técnica y Calidad (CNNC) entre los cuales se encuentran: Verónica
Rojas Berrios en su calidad de Ministra por la Ley y Presidente de
la CNNC; Benjamín Dixón; representación de la Ministro Agropecuario
y Forestal (MAGFOR); Hilda Espinoza en representación de la
Ministra de Ambiente y Recursos Naturales (MARENA); José León
Arguello en representación del Ministro de Trabajo (MITRAB); Nelda
Rosa Hernández en representación del Ministro de Transporte e
Infraestructura (MTI); Marvin Antonio Collado en representación del
Director del Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones Y Correos
(TELCOR); Onasis Delgado en representación del Director del
Instituto Nicaragüense de Energía (INE); Julio Solís Sanchez en
representación del Director del Instituto Nicaragüense de
Acueductos y Alcantarillados (INAA); Fernando Ocampo en
representación del Ministro de Energía y Minas (MEM). Así mismo
participan en esta sesión Sara Amelia Rosales, en su carácter de
Secretaria Ejecutiva de la CNNC y los siguientes invitados
especiales; Juergens Lacayo de parte del MTI; Jorge Enrique
Rodríguez de parte del MAGFOR; Noemí Solano, Patricia Cruz, Oscar
López, Ingrid Matus y María Auxiliadora Campos de parte del MIFIC.
Habiendo sido constatado el quórum se procede a dar por iniciada
esta sesión y se declara abierta (&) 05-10 (APROBACIÓN DE NUEVE
NORMAS TÉCNICAS NICARAGÜENSES). (&) la compañera Noemí Solano
procede a presentar, los Proyectos de Normas Técnicas Nicaragüenses
quienes deciden aprobar las ocho normas de las nueve presentadas
que a continuación se detallan: NTON 11 028 - 10/ RTCA 65.05.53:10
Reglamento Técnico Centroamericano Insumos Agropecuarios.
Requisitos para la Producción y Comercialización de Semilla
Certificada de Granos Básicos y Soya (&). No habiendo otros asuntos
que tratar se levanta la sesión a las once con veinticinco minutos
de la mañana del día veintidós de diciembre del año dos mil diez.
(f) Verónica Rojas Berrios (Legible)- Ministra por la Ley MIFIC,
Presidente de la CNNC (f) Sara Amelia Rosales Castellón. (Legible),
Secretaria Ejecutiva CNNC. A solicitud del Ministerio Agropecuario
y Forestal (MAGFOR) extiendo, en una hoja de papel común tamaño
carta, esta CERTIFICACIÓN, la cual es conforme con el documento
original con el que fue cotejada, para su debida publicación en La
Gaceta, Diario Oficial de la República, y la firmo, sello y rubrico
en la ciudad de Managua a los cuatro días del mes de abril del año
dos mil once (f) Lic. Sara Amelia Rosales. C; Secretaria Ejecutiva;
Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad.
CORRESPONDENCIA: Este reglamento no tiene correspondencia
con ninguna norma internacional.
Reglamento Técnico Centroamericano, editado por:
- Ministerio de Economía, MINECO
- Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, CONACYT
- Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, MIFIC
- Secretaría de Industria y Comercio, SIC
- Ministerio de Economía Industria y Comercio, MEIC
INFORME
Los respectivos Comités Técnicos de Normalización o Reglamentación
Técnica a través de los Entes de Reglamentación Técnica de los
países centroamericanos, son los organismos encargados de realizar
el estudio o la adopción de los reglamentos técnicos. Están
integrados por representantes de la Empresa Privada, Gobierno,
Organismos de Protección al Consumidor y Académico
Universitario.
Este documento fue aprobado como Reglamento Técnico
Centroamericano, NTON 11 028 - 10/RTCA 65.05.53:10 Insumos
Agropecuarios. Requisitos para la producción y comercialización de
semilla certificada de granos básicos y soya, adoptados por los
Subgrupos de Insumos Agropecuarios, Mesa de Semillas y Medidas de
Normalización. La oficialización de este Reglamento Técnico,
conlleva la aprobación por el Consejo de Ministros de Integración
Económica (COMIECO).
MIEMBROS
PARTICIPANTES DEL SUBGRUPO
Por Guatemala
Área Fitozoogénetica de la Unidad de Normas y Regulaciones
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación
Por El Salvador
Área de Certificación de Semillas
Ministerio de Agricultura y Ganadería
Por Nicaragua
Departamento de Semillas
Ministerio Agropecuario y Forestal
Por Honduras
Departamento de Certificación de Semillas
Secretaria de Agricultura y Ganadería
Por Costa Rica
Oficina Nacional de Semillas
1. OBJETO
Establecer los requisitos, procedimientos y estándares de campo y
laboratorio que deben cumplirse para la producción y
comercialización de semillas certificadas de granos básicos (arroz,
frijol, sorgo, maíz) y soya.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Aplica a las semillas de las categorías de fundación o básica,
registrada y certificada en los cultivos de arroz, frijol, sorgo,
maíz y soya, que se destinen a la producción y comercialización en
los países Centroamericanos.
3. DOCUMENTOS CONSULTADOS
3.1 Reglas internacionales para ensayos de semillas (ISTA)
3.2 Proyecto regional de estandarización de políticas y
regulaciones en semillas (OIRSA-BM)
3.3 Asociación de Agencias Oficiales de Certificación de semillas
(AOSCA)
4. DEFINICIONES
4.1 Aislamiento: separación en tiempo, distancia o barrera
física, establecidos en un reglamento técnico, por la cual una
fuente semillera se aparta de individuos u otras fuentes no
deseables para evitar su contaminación.
4.2 Categoría de semillas: es la generación mediante la cual
se identifica la fase de reproducción o multiplicación de una
semilla sujeta a certificación y que responde a determinados
estándares de calidad.
4.3 Estándares de campo: parámetros de calidad fijados en un
programa de certificación, a través de un reglamento técnico, que
deben cumplir los campos o áreas de reproducción de semilla.
4.4 Estándares de laboratorio: parámetros de calidad fijados
en un programa de certificación de semillas, que debe alcanzar una
muestra representativa de un lote de semilla, establecidos a través
de un reglamento técnico.
4.5 Germinación: emergencia y desarrollo a partir del
embrión de la semilla, de aquellas estructuras esenciales que para
la clase de semilla que se está ensayando, indican la capacidad
para desarrollarse en planta normal bajo condiciones favorables en
el suelo.
4.6 Humedad de la semilla: contenido de agua en la semilla,
generalmente expresado en porcentaje (%).
4.7 Lote de semilla: cantidad específica de semillas,
físicamente identificable, respecto del cual se puede emitir un
certificado oficial de análisis de calidad.
4.8 Malezas comunes: son todas aquellas que compiten con el
cultivo por espacio, agua, luz, nutrientes, pero que son de fácil
control en campo y eliminación durante el acondicionamiento de la
semilla del cultivo en cuestión.
4.9 Malezas nocivas: son plantas indeseables que presentan
características inconvenientes que dificultan su erradicación una
vez establecidas en una zona, o que interfieren en las prácticas
agronómicas normales del cultivo, o sirven como hospederas de
plagas o enfermedades, o que su hábito de crecimiento afecte el
desarrollo normal del cultivo y que son de difícil eliminación en
campo o durante el proceso de acondicionamiento.
4.10 Materia inerte: son fragmentos de semilla,
estructuras no definidas como semilla pura y toda otra materia
denominada como tal por ISTA.
4.11 Muestra: cantidad de semilla representativa de un lote,
que se obtiene mediante la combinación y mezcla de submuestras
tomadas al azar de diferentes puntos del lote.
4.12 Otras semillas: son semillas o pseudosemillas de
cualquier especie vegetal distinta a la semilla pura.
4.13 Plaga: son patógenos o forma de vida animal o vegetal
potencialmente dañina para plantas en general y sus
productos.
4.14 Plantas fuera de tipo: son plantas de la misma variedad
que se está reproduciendo, o de otra variedad, que se diferencian
del cultivar en la expresión de una o más características
morfológicas o fisiológicas como: pigmentación, pubescencia en
tallos y hojas, color, forma, tamaño de flores y sus partes, color,
tamaño del fruto y semilla o características de maduración,
macollamiento, esterilidad masculina u otros.
4.15 Semilla certificada: primera generación de la semilla
Registrada o de una categoría superior y que cumple con los
estándares establecidos para esta categoría en el presente
reglamento.
4.16 Semilla de fundación o básica: primera generación
obtenida a partir de la siembra de la semilla genética, madre o de
la básica y que cumple con los estándares establecidos para esta
categoría en el presente reglamento.
4.17 Semilla genética o madre: semilla original de un
cultivar o variedad, resultante del proceso de mejoramiento
genético, que permanece bajo el control del fitomejorador y que
constituye la fuente inicial para la producción de semilla básica o
de fundación. 4.18 Semilla pura: son las semillas de
especies encontradas como predominantes en el análisis, incluyendo
todas las variedades botánicas y cultivares de dichas especies.
Incluye todas las denominaciones brindadas por la ISTA.
4.19 Semilla registrada: primera generación obtenida a
partir de la siembra de la semilla de Fundación o Básica y que
cumple con los estándares establecidos para esta categoría en el
presente reglamento.
4.20 Semilla: toda estructura vegetal destinada a la
reproducción sexual o multiplicación asexual de una especie, tales
como semilla botánica, esquejes, estacas, injertos-patrones, yemas,
bulbos, rizomas, tubérculos, in vitro y otros.
4.21 Semillas de otros cultivos: aquellas semillas de
especies cultivadas diferentes a la que es objeto de análisis o
certificación.
4.22 Variedad: conjunto de individuos botánicos cultivados
que se definen e identifican por determinados caracteres genéticos,
morfológicos, fisiológicos, citológicos, químicos, u otros y que
mantiene su homogeneidad y estabilidad al reproducirse o
multiplicarse.
5. SÍMBOLOS Y ABREVIATURA
OIRSA: Organismo Internacional Regional de Sanidad
Agropecuaria
ISTA: International Seed Testing Association
AOSCA: Association of Official Seed Certifying Agencies
BM: Banco Mundial
6. ENTE NACIONAL COMPETENTE
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación de
Guatemala
Ministerio de Agricultura y Ganadería de El Salvador
Secretaría de Agricultura y Ganadería de Honduras
Ministerio Agropecuario y Forestal de Nicaragua
Oficina Nacional de Semillas de Costa Rica
7. ESPECIFICACIONES
7. 1 Requisitos generales Toda persona natural o jurídica,
pública o privada, que se dedique a la producción de semilla
certificada deberá inscribirse en el ente nacional competente, y
cumplir con los requisitos establecidos en el formulario uno
(1).
7.1.1 Aislamiento
Tabla 1. Aislamiento para los campos de producción de
semillas
CULTIVO
DISTANCIA
ARROZ
Siembra por trasplante
3 m
Siembra con sembradora
4 m
Siembra al voleo (equipo terrestre y manual)
15 m
Siembra con avión (paralela al campo)
50 m
Siembra con avión (perpendicular al campo)
300 m
FRÍJOL
Cualquier tipo de siembra
5 m
MAÍZ
Para categoría registrada y certificada
300 m
500 m
Para categoría básica
500 m
SOYA
Cualquier variedad y categoría
5m
Tabla 2. Aislamiento para los campos de producción de semillas
de Sorgo Híbrido
Distancia en metros
CLASE Y
CATEGORÍAS DE CULTIVO
SORGO DE
GRANO
SORGO
FORRAJERO
SORGO
ESCOBERO
ZACATE
JOHNSON
ZACATE
SUDÁN
Granífero Fundación
1000
2000
5000
600
1000
Granífero Registrada
1000
2000
5000
500
1000
Granífero Certificada
500
1000
5000
400
1000
Forrajero Certificada
300
300
5000
400
400
Tabla 3. Aislamiento para los
campos de producción de semillas de
Sorgo de polinización libre
Distancia en metros
CLASE Y CATEGORÍAS DE
CULTIVO
SORGO DE
GRANO
SORGO
FORRAJERO
SORGO
ESCOBERO
ZACATE
JOHNSON
ZACATE
SUDÁN
Granífero Fundación
300
1000
5000
400
1000
Granífero Registrada
300
1000
5000
400
1000
Granífero Certificada
100
500
5000
400
500
Forrajero Fundación
300
300
5000
500
1000
Forrajero Registrada
300
300
5000
500
1000
Forrajero Certificada
100
100
5000
300
1000
7.1.2 Estándares
de campo y laboratorio para la producción de semilla
Tabla 4. Semilla fundación o
básica de arroz
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
Nuevo1/
Plantas fuera de tipo/ha
Plantas de arroz rojo/ha
Plantas de otros cultivos
Plantas de malezas nocivas/ha
0
0
0
0
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas comunes
Semillas de malezas nocivas
Semillas de otros cultivos
Germinación (mínima)2/
Humedad máxima
Semillas de arroz rojo
0
98%
2%
0
0
0
80%
13%
0
Tabla 5. Semilla registrada de
arroz
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
1 año3/
Plantas fuera de tipo/ha
Plantas de arroz rojo/ha
Plantas malezas nocivas/ha
50
0
0
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas comunes
Semillas de malezas nocivas
Semillas de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máxima)
Semillas de arroz rojo
Semilla manchada *
4/kg.
98%
2%
2/kg.
0
0
80% 2/
13%
0
3%
*Se refiere a semillas manchadas por causa de plagas
Tabla 6. Semilla certificada de arroz
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
1 año3/
Plantas fuera de tipo/ha
Plantas de arroz rojo/ha
Malezas nocivas
333
10
0
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas comunes
Semillas de malezas nocivas
Semillas de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo)
Semillas de arroz rojo
Semilla manchada*
30/kg
98%
2%
4/kg
0
1/kg
80%
13%
1/kg
5%
*Se refiere a semillas manchadas por causa de plagas
Tabla 7. Semilla básica de fríjol
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
6 meses3/
Plantas fuera de tipo
0
Plantas de otros cultivos
0
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
0
Semilla pura (mínimo)
98%
Materia inerte (máximo)
2%
Semillas de malezas nocivas
0
Semillas de otros cultivos
0
Humedad (máximo)
13%
Germinación (mínimo)
80% 2/
Tabla 8. Semilla registrada de
fríjol
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
6 meses3/
Plantas fuera de tipo
1/3000
LABORATORIO
Semillas otras variedades
4/kg
Semilla pura (mínimo)
98%
Materia inerte (máximo)
2%
Semillas de malezas nocivas
0
Semillas de otros cultivos
0
Humedad (máximo)
13%
Germinación (mínimo )
80% 2/
Tabla 9. Semilla certificada de fríjol
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
6 meses3/
Plantas fuera de tipo
1/2000
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas nocivas
Semillas de otros cultivos
Humedad (máximo)
Germinación (mínimo)
6 /kg
98%
2%
0
0
13%
80%
Tabla 10. Estándares de campo: enfermedades de frijol
(Por planta)
ENFERMEDADES
SEMILLA
FUNDACIÓN
SEMILLA
REGISTRADA
SEMILLA
CERTIFICADA
Poty virus del mozaico común
0
0
1/1000
Marchitez bacteriana (Xanthomonas)
0
1/2000
1/1000
Antracnosis (Colletotrichum lindemutianum)
0
0
1/1000
Mustia hilachosa (Thanatephorus cucumeris)
0
1/2000
1/1000
Tabla 11. Polinización abierta semilla básica o fundación de
maíz
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
Nuevo 1/
Plantas fuera de tipo
1/4000
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
0
98%
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas
Semillas de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo)
2%
0
0
80% 2/
12%
Tabla 12. Polinización abierta semilla registrada de
maíz
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
Nuevo 1/
Plantas fuera de tipo
1/2000
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máxima)
Semillas de malezas
Semillas de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo)
2/kg.
98%
2%
0
0
80% 2/
12%
Tabla 13. Polinización abierta
semilla certificada de maíz
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
Nuevo 1/
Plantas fuera de tipo
1/1000
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas
Semillas de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo)
4 /kg
98%
2%
0
0
85%
12%
Tabla 14. Líneas puras de maíz:
Categoría básica o fundación
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
Nuevo 1/
Plantas fuera de tipo
1/4000
Diferente tipo de mazorca
1/ 4000
Mazorcas con diferente color o textura
1/4000
LABORATORIO
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas
Semillas de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo)
98%
2%
0
0
80% 2/
12%
Tabla 15. Cruzas simples de
maíz: Categoría básica o fundación
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
Nuevo 1/
Anteras extendidas
50 mm
Plantas fuera de tipo
1/2000
Diferente tipo de mazorca
1/2000
Mazorcas con diferente color o textura
1/2000
LABORATORIO
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máxima)
Semillas de malezas
Semillas de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo)
98%
2%
0
0
80% 2/
12%
NOTA 1. Para categoría fundación o básica, durante la etapa
de floración para producción de semilla híbrida, debe existir el 5%
o más plantas con estigmas receptivos en los progenitores
femeninos, para verificar en la primera inspección que no mas del
0.5% de plantas del progenitor femenino haya liberado polen, o si
la suma de las observaciones en tres inspecciones no exceda el 1%,
en caso contrario el lote o área de producción de semilla se
descarta.
Tabla 16. Híbridos semilla certificada de maíz
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
Nuevo 1/
Anteras extendidas
50 mm
Plantas fuera de tipo
1/1000
Diferente tipo de mazorca
1/1000
Mazorcas con diferente color o textura
1/1000
LABORATORIO
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máxima)
Semillas de malezas
Semillas de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo)
98%
2%
0
0
85%
13%
NOTA 1. Para categoría de semilla certificada, durante la
etapa de floración para producción de semilla híbrida, debe existir
el 5% o más plantas con estigmas receptivos en los progenitores
femeninos, para verificar en la primera inspección que no mas del
1% de plantas del progenitor femenino haya liberado polen, o si la
suma de las observaciones en tres inspecciones no exceda el 2%, en
caso contrario el lote o área de producción de semilla se
descarta.
Tabla 17. Polinización abierta
semilla básica o fundación de sorgo
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
Otras variedades
Fuera de tipo
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas comunes
Semilla de malezas nocivas
Semilla de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo)
6 meses 3/
1/50,000
1/20,000
5/kg
98%
2%
0
0
0
80% 2/
12%
Tabla 18. Polinización abierta semilla registrada de
sorgo
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
Otras variedades
Fuera de tipo
6 meses 3/
1/35,000
1/10,000
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máxima)
Semillas de malezas comunes
Semilla de malezas nocivas
Semilla de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo)
10/kg
98%
2%
0
0
0
80% /2
12%
Tabla 19. Polinización abierta semilla certificada de sorgo
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
6 meses /3
Otras variedades
Fuera de tipo
1/20,000
1/1000
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas comunes
Semilla de malezas nocivas
Semilla de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo)
25/kg
98%
2%
0
0
0
80%
12%
Tabla 20. Líneas puras de sorgo: Categoría básica o
fundación
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas comunes
Semilla de malezas nocivas
Semilla de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo)
6 meses /3
5/kg
98%
2%
0
0
0
80% 2/
12%
Tabla 21. Híbridos semilla certificada de sorgo
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
6 meses /3
LABORATORIO
Semilla de otras variedades
Semilla pura (mínimo
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas comunes
Semilla de malezas nocivas
Semilla de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo)
25/kg
98%
2%
0
0
0
80%
12%
Tabla 22. Líneas puras de sorgo: Categoría básica o fundación y
certificada
MÁXIMO PERMITIDO
EN CUALQUIER INSPECCIÓN DE CAMPO
BÁSICA O
FUNDACIÓN
HÍBRIDO
CERTIFICADA
FACTOR
INSPECCIÓN
FLORACIÓN
INSPECCIÓN
FINAL
Plantas de otras variedades
1:50,000
1:50,000
1:20,000
Plantas fuera de Tipo
1:20,000
1:20,000
1:1,000
Plantas hembra emitiendo polen
1/3000
1/3000
1/1500
NOTA 1. Para verificar los estándares de la tabla 22, debe
existir el 5% o más plantas con estigmas receptivos en los
progenitores femeninos.
Tabla 23. Semilla de fundación o básica de soya
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
6 meses /3
Plantas fuera de tipo
1/5000
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
1/kg
Semilla pura (mínimo)
98%
Materia inerte (máximo)
2%
Semillas de malezas comunes
0
Semillas de malezas nocivas
0
Semillas de otros cultivos
0
Germinación (mínimo)
80% 2/
Humedad ( máximo)
12%
Tabla 24. Semilla registrada de soya
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
6 meses 3/
Plantas fuera de tipo
1/2,000
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
2/kg
Semilla pura (mínimo)
98%
Materia inerte (máximo)
2%
Semillas de malezas comunes
0
Semillas de malezas nocivas
0
Semillas de otros cultivos
0
Germinación (mínimo)
80% 2/
Humedad ( máximo)
12%
Tabla 25. Semilla certificada de soya
FACTOR
ESTÁNDAR
CAMPO
Lote o área de producción
6 meses 3/
Plantas fuera de tipo
1/1,000
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
4/kg
Semilla pura (mínimo)
98%
Materia inerte (máximo)
2%
Semillas de malezas comunes
0
Semillas de malezas nocivas
0
Semilla de otros cultivos
0
Germinación (mínimo)
80%
Humedad (máximo)
12%
NOTAS:
1. Nuevo: se considerará como nuevo aquel lote o área de producción
que no haya sido sembrado anteriormente con el mismo cultivo. No
obstante, podrán autorizarse lotes o áreas de reproducción
anteriormente sembradas, si se trata de la misma variedad y
categoría. Podrán ser habilitadas para otra variedad siempre y
cuando se someta a un proceso de rotación con otros cultivos o
manejo técnico que demuestre la eliminación de contaminantes.
2. Quedará a discreción de las Autoridades Nacionales Competentes
de cada país aceptar porcentajes menores tomando en consideración
la importancia de esta categoría y las necesidades de semilla,
siempre que se declare el porcentaje real de germinación.
3. Se refiere al tiempo de descanso del terreno. También aplica lo
indicado para semilla de Fundación.
7.1.3 Muestreo y análisis de calidad
La metodología para toma de muestra y de análisis de calidad de un
lote de semillas para efectos de certificación, se llevara a cabo,
siguiendo el procedimiento establecido en las reglas
internacionales para ensayos de semillas de Asociación
Internacional para ensayos de semillas (ISTA) vigentes y aquellas
no comprendidas es esta, se regirán por las reglas de la Asociación
Oficial de Análisis de Semillas (AOSA).
7.1.3.1 Análisis de calidad
Los análisis de calidad mínimos para la certificación de semillas
son:
Análisis de pureza física
Análisis de germinación
Humedad
Otros análisis podrán ser requeridos en función de lo establecido
para cada uno de los cultivos en este reglamento.
7.1.3.2 Vigencia de la fecha de análisis hasta 6 meses para
semillas certificadas de granos básicos (sorgo, maíz, arroz,
frijol) y hasta 4 meses para soya. (Ver Resolución COMIECO
No.119-2004 numeral 1.e).
8. ETIQUETADO
8.1 Los productores de semillas solicitarán al Ente Nacional
Competente, las etiquetas de certificación. El productor en su
solicitud deberá indicar que cantidad de etiquetas requerirá;
indicando la variedad, categoría de semilla y el peso del contenido
de cada envase.
8.2 Las etiquetas de certificación tendrán colores
específicos según la categoría de la semilla.
Tabla 26. Color
de las etiquetas de certificación
CATEGORÍA
COLOR
Básica
Blanco
Registrada
Rosado o morado
Certificada
Azul o celeste
8.3 La etiqueta de certificación de semillas para ser
colocadas en los respectivos envases, deben indicar los requisitos
de calidad establecidos en el presente Reglamento Técnico
Centroamericano para la producción y comercialización de semilla
certificada de granos básicos y soya.
8.4 Las etiquetas de certificación de semillas deben
contener la siguiente información:
a) Productor
b) Cultivo
c) Variedad
d) Categoría
e) Semilla pura (mínimo)
f) Germinación (mínimo)
g) Lote #
h) Fecha de vencimiento de análisis
i) Número de etiqueta: la numeración foliada de la etiqueta será
precedida por la inicial del país de origen (HN para Honduras, GT
para Guatemala, CR para Costa Rica, SV para el Salvador y NI para
Nicaragua)
8.5 Al reverso de la etiqueta de certificación se describirá
la información siguiente:
Ente Nacional Competente
Deberá contener la siguiente leyenda: la semilla contenida en este
envase es producida bajo la supervisión de la entidad certificadora
oficial y cumple con los estándares establecidos por los países que
conforman la región Centroamericana.
8.6 Cuando las semillas son tratadas con sustancias tóxicas para la
salud humana o animal, deberá indicarse en el envase la frase no
apta para el consumo humano, animal o extracción de subproductos,
tratada con sustancia tóxica.
9. VIGILANCIA Y VERIFICACIÓN
Corresponde la vigilancia y verificación de este reglamento técnico
en el territorio de los países centroamericanos, al Ministerio o
Entidad competente.
10. BIBLIOGRAFÍA
a) Ley de semillas de El Salvador, decreto No 530, publicado en el
diario oficial No. 177, tomo No. 352 de fecha 20 de septiembre del
2001.
b) La Ley de semillas de Honduras tiene el decreto No.1046 del 15
de julio de 1980 y el Reglamento de semillas No. 1942 del año
1982.
c) Ley de Semillas No 6289. Costa Rica. Diciembre 1978.
d) Reglamento a la Ley de Semillas No 6289. Costa Rica. Decreto
Ejecutivo No 12907. Octubre 1979.
e) Estándares de campo y laboratorio armonizados para la producción
de semillas. Proyecto regional de estandarización de políticas y
regulaciones en semillas. OIRSA-BANCO MUNDIAL. 1999.
f) Genetic and Crop Standards. Association of Official Seed
Certifying Agencies (AOSCA). 1997.
g) International Rules for Seed Testing. Edition 2007.
International Seed Testing Association.
h) Acuerdo Gubernativo de Guatemala Normas reglamentarias para la
producción, certificación y comercialización de semillas agrícolas
y forestales. Del 12 de mayo 1961.
i) Acuerdo Gubernativo de Guatemala Reglamento de condiciones y
requisitos básicos para los Semilleristas, del 19 de enero
1962.
j) Acuerdo Ministerial de Guatemala No. 312-2006. Disposiciones
aplicables para prohibir el ingreso de malezas cuarentenarias
asociadas a los envíos. Del 29 de mayo 2006.
k) Ley 280. Ley de Producción y Comercio de Semillas y su
Reglamento. Gobierno de Nicaragua, Ministerio de Agricultura y
Ganadería. Febrero de 1998.
l) Guías Técnicas para Producción de Semillas de Granos Básicos,
Oleaginosas y Papa. Gobierno de Nicaragua, Ministerio de
Agricultura y Ganadería. Marzo de 1998.
m) Metodología para la Presentación de Normas Técnicas
Nicaragüenses. Comisión Nacional de Normalización Técnica y
Calidad. Ministerio de Economía y Desarrollo de Nicaragua.
Diciembre de 1996.
n) Ciat-Centro Internacional de Agricultura Tropical Descriptores
Varietales: Arroz, Frijol, Maíz, Sorgo, Cali-Colombia. P.1-2.
1993.
o) Norma Técnica para la Producción y Comercialización de Semilla
Certificada de Granos Básicos y Soya. Norma Técnica Obligatoria
Nicaragüense-NTON Junio14/2002. Nicaragua.
Anexo A
(Normativo)
FORMULARIO 1
SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE LOTES O CAMPOS PARA LA PRODUCCIÓN DE
SEMILLA DENTRO DEL MARCO DE LA UNIÓN ADUANERA
DATOS PERSONALES
1. Nombre del Productor:
__________________________________________________
2. Representante Legal:
___________________________________________________
3. Cédula o documento único de Identidad: _____________________
Registro ______
4. Extendida en:
__________________________________________________________
5. Residencia:
____________________________________________________________
6. Teléfono:
_____________________________________________________________
7. Nombre del multiplicador o
reproductor:_____________________________________
8. Cédula o documento único de Identidad:
____________________________________
UBICACIÓN GEOGRÁFICA
9. Nombre de la finca:
____________________________________________________
10. Comunidad, Distrito o
Aldea:_____________________________________________
11. Municipio o Cantón:
___________________________________________________
12. Departamento o Provincia:
_______________________________________________
13. Nombre de la persona con quien entenderse en la finca:
________________________
14. Nombre o número del lote dentro de la finca:
________________________________
15. Croquis del lote(s) con puntos de referencia dentro de la finca
(al dorso)
ORIGEN DE LA SEMILLA A SEMBRAR16. Productor:
___________________________________________________________
17. No. de Registro de Productor:
____________________________________________
18. Lote No.____________ Fecha de análisis______________
19. Año de producción: __________
SEMILLA A PRODUCIR
20. Categoría: Básica____________ Registrada ___________
Certificada _______
21. Tipo: ________ Línea__ _____ Variedad __________ Híbrido
_________
22. Cultivo: __________________________
23. Cultivar: __________________________
24. Superficie a sembrar: _____________ ha
25. Fecha aproximada de siembra:
____________________________________________
26. Producción estimada: ________ tm
27. Lugar y Fecha:
________________________________________________________
Adjuntar:
- Fotocopia Certificado de Origen de la semilla (cuando
proceda)
- Fotocopia Factura Comercial (Importación de Semilla)
FIRMA PRODUCTOR Y/O REPRESENTANTE
Original ---- Productor
1ª.Copia ---- Organismo certificador
ANEXO B
(Normativo)
ETIQUETA ARMONIZADA
NOTA: VER FIGURA DEL ANEXO B ETIQUETA ARMONIZADA EN LA PÁGINA
No. 5864 DE LA GACETA No. 169 DEL 07 DE SEPTIEMBRE DEL 2011.
Notas:
1. En la numeración foliada de la etiqueta será precedida por la
inicial del país de origen
2. Vigencia del análisis de hasta 6 meses para semillas de granos
básicos (sorgo, maíz, arroz, frijol) y 4 meses para soya.
-FIN DEL REGLAMENTO TÉCNICO-
-