Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Energética
Rango: Normas Técnicas
-
NORMA TÉCNICA OBLIGATORIA
NICARAGÜENSE. PRODUCTOS DE PETRÓLEO.
GASOLINA REGULAR. ESPECIFICACIONES.
NTON 14 016-06/RTCA 75.01.19:06. Aprobada el 05 de Noviembre
del 2008
Publicada en La Gaceta No. 66 del 12 de Abril del 2010
CERTIFICACIÓN
La infrascrita Secretaria Ejecutiva de la Comisión Nacional de
Normalización Técnica y Calidad, CERTIFICA que en el Libro de Actas
que lleva dicha Comisión, en los folios que van del dos (02) al
diez (10), se encuentra el Acta No. 001-09 Primera Sesión
Ordinaria de la Comisión de Normalización Técnica y Calidad, la
que en sus partes conducentes, expone: En la ciudad de Managua,
República de Nicaragua, a las nueve con veinte minutos de la mañana
del día Miércoles cinco de Noviembre del año dos mil ocho, reunidos
en el Despacho del Ministro de Fomento, Industria y Comercio, por
notificación de convocatoria enviada previamente el día veintinueve
de octubre del dos mil ocho, de conformidad a lo establecido en el
Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento de la Comisión
Nacional de Normalización Técnica y Calidad, están presentes los
miembros titulares y delegados de la Comisión Nacional de
Normalización Técnica y Calidad (CNNC) entre los que se encuentran:
Orlando Solórzano Delgadillo Ministro de Fomento, Industria y
Comercio, en su calidad de presidente de la (CNNC); Amanda Lorío
Arana, en representación del Ministro Agropecuario y Forestal
(MAGFOR); Onasis Delgado, en representación del Director del
Instituto Nacional de Energía (INE); Juana Ortega Soza, en
representación del Ministro de Salud (MINSA); Hilda Espinoza, en
representación de la Ministro del Ambiente y Recursos Naturales
(MARENA); José Ernesto Téllez, en representación del Ministerio de
Transporte e Infraestructura (MTI); Marvin Antonio Collado, en
representación del Director del Instituto Nicaragüense de
Telecomunicaciones y Correos (TELCOR); Juan Eduardo Fonseca, en
representación de las organizaciones privadas del Sector Comercial;
Francisco Javier Vargas, en representación de las organizaciones
privadas del Sector Agropecuario; Maura Morales Reyes, en
representación de las organizaciones de Consumidores y Zacarías
Mondragón García, en representación de las organizaciones privadas
del sector Industrial. Así mismo participa en esta sesión Sara
Amelia Rosales Castellón, en su carácter de secretaria Ejecutiva de
la CNNC y los siguientes invitados especiales del MAGFOR: Birmania
Martínez Jefa del área de Sanidad y María de los Ángeles Rodríguez,
Responsable de Normas y Legislación Técnica; de parte del MARENA
Erica Avilés, Coordinadora de Asesoría Legal, de 0parte de ENACAL
Lissette Cubillo, Coordinadora de Efluentes Industriales y Adriana
Guzmán, Supervisor Ambiental; de parte del Consejo Nicaragüense de
la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (CONIMPYME) Jorge Hernández y
de parte del MIFIC, Noemí Auxiliadora Solano Lacayo, Directora de
Normalización y Metrología; Claudia Valeria Pineda, Responsable del
Departamento de Normalización y María Auxiliadora Campos, Asesora
Legal de la Dirección de Normalización y Metrología. No acudieron a
la presente sesión y por lo tanto quedaron como miembros titulares
ausentes en la misma: María del Carmen Fonseca Alcalá,
representante de las instancias de carácter Científico-Técnico;
Jeannette Chávez Gómez, Ministra del Trabajo y Carlos Schutze
Sugrañez, Presidente Ejecutivo del Instituto Nicaragüense de
Acueductos y Alcantarillados (INAA), Habiendo sido constatado el
quórum de Ley, por Sara Amelia Rosales, Ministro de Fomento,
Industria y Comercio como Presidente de la Comisión, procede a dar
por iniciada esta sesión y la declara abierta (&) 05-08.
(Aprobación, de veinte y tres Normas Técnicas Nicaragüenses). (&)
Después de realizada la presentación de los Proyectos las Normas
Técnicas Obligatorias Nicaragüenses los miembros de la CNNC por
consenso aprueban las siguientes normas (&) NTON 14 016-06/RTCA
75.01.19:06. Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense. Productos de
Petróleo. Gasolina Regular. Especificaciones. (&) No habiendo otros
asuntos que tratar se levanta la sesión a las once con quince
minutos de la mañana del día cinco de Noviembre del año dos mil
ocho . (f) Orlando Solórzano Delgadillo (Legible) Presidente de la
CNNC. (f) Sara Amelia Rosales Castellón (Legible), Secretaria
Ejecutiva de la CNNC A solicitud del Ministerio de Energía y Minas
(MEM) extiendo, en el anverso de dos hojas de papel tamaño carta,
esta CERTIFICACIÓN, la cual es conforme con el documento original
con el que fue cotejada, para su debida publicación en La Gaceta,
Diario Oficial de la república, y la firmo, sello y rubrico en la
ciudad de Managua a los dieciocho días del mes de febrero del año
dos mil nueve. Lic. Sara Amelia Rosales, Secretaria Ejecutiva,
Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad.
REGLAMENTO TÉCNICO
CENTROAMERICANO
NTON 14 016-06/RTCA 75.01.19:06
PRODUCTOS DE PETRÓLEO. GASOLINA REGULAR.
ESPECIFICACIONES.
CORRESPONDENCIA: Este reglamento es una adaptación de las
especificaciones que aparecen en la norma ASTMD 4814-01 a /Clase
B).
ICS 75.160.20 RTCA 75.01.19:06
Reglamento Técnico Centroamericano, editado por:
- Ministerio de Economía (MINECO)
- Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, CONACYT
- Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, MIFIC
- Secretaria de Industria y Comercio, SIC
- Ministerio de Economía, Industria y Comercio, MEIC
INFORME
Los respectivos Comités Técnicos de Normalización o Reglamentación
Técnica a través de los Entes de Normalización o Reglamentación
Técnica de los Países de la Región Centroamericana y sus sectores,
son los organismos encargados de realizar el estudio o la adopción
de los Reglamentos Técnicos. Están conformados por representantes
de los sectores Académico, Consumidor, Empresa Privada y
Gobierno.
Este documento fue aprobado como Reglamento Técnico
Centroamericano, NTON 14 016-06/RTCA 75.01.19:06. Norma Técnica
Obligatoria Nicaragüense. Productos de Petróleo. Gasolina Regular.
Especificaciones, por el Subgrupo de Medidas de Normalización y el
Subgrupo de Hidrocarburos. La oficialización de este reglamento
técnico, conlleva la aprobación por el Consejo de Ministros de
Integración Económica.
MIEMBROS PARTICIPANTES DEL SUBGRUPO
DE HIDROCARBUROS
Por Guatemala, Ministerio de Energía y Minas. Por El Salvador,
Ministerio de Economía. Por Nicaragua, Instituto Nicaragüense de
Energía. Por Honduras, Secretaría de Industria y Comercio. Por
Costa Rica, Ministerio de Ambiente y Energía.
1. OBJETO
Especificar las características físicas químicas que debe cumplir
la gasolina regular para uso automotriz.
2. CAMPO DE APLICACIÓN
Se aplica al derivado del petróleo conocido como gasolina regular,
formado por una mezcla compleja de distintos tipos de hidrocarburos
(parafínicos, nafténicos, olefínicos y aromáticos), cuyo rango de
destilación (ebullición) varía entre 30 °C y 225 °C.
3. DEFINICIONES
3.1 Gasolina regular: Gasolina que entre otras
características el Número de Octanos por el Método Pesquisa (RON)
es 87/88 como mínimo y además no contiene plomo como aditivo para
aumentar esta propiedad, pero contiene cantidades inherentes de
Plomo en un máximo de 0,013 g Pb/L de combustible.
3.2 Gravedad API: Es una función especial de la densidad
relativa (gravedad específica) a 15,56 ºC/15,56 ºC (60ºF/60 ºF),
definida ésta como la relación de la masa de un volumen dado de un
líquido a 15,56 ºC (60 ºF ) con la masa de un volumen igual de agua
pura a la misma temperatura. La gravedad API se calcula así:
Gravedad API (ºAPI ) = (141,5/d15,56ºC / 15,56ºC) - 131,5
Donde: d15,56 ºC/15,56 ºC: Densidad relativa a 15,56
ºC/15,56ºC
3.3 Densidad: Razón masa/volumen medida a 15 °C y la unidad
de medida es kg/m3.
3.4 Hidrocarburos parafínicos: Es la serie homóloga de los
alcanos de fórmula general CnH2n+2 y sus isómeros, conocidos en la
industria petrolera como Parafinas. Son los hidrocarburos saturados
(presentan sólo enlaces sencillos entre dos átomos de carbono en la
molécula: C-C) que tienen su configuración en cadenas normales o
ramificadas (isómeros).
3.5 Hidrocarburos nafténicos: Conforman la serie homóloga de
los cicloalcanos con fórmula general CnH2n, conocidos en la
industria petrolera como Nafténicos. Son también hidrocarburos
saturados, pero contienen uno o más anillos en su estructura
molecular.
3.6 Hidrocarburos aromáticos: Son hidrocarburos insaturados
que presentan uno o más anillos bencénicos en su molécula.
3.7 Hidrocarburos olefínicos: Son hidrocarburos insaturados
(presentan uno o más enlaces dobles entre dos átomos de carbono en
la molécula: C=C) que tienen configuración en cadenas normales o
ramificadas.
3.8 Número de octanos método pesquisa (RON): Corresponde a
sus iniciales en inglés Research Octane Number, es el %
volumétrico de iso octano (2,2,4-trimetilpentano) con base de 100
(cien) octanos en una mezcla de n-heptano con base 0 (cero)
octanos, que detona con la misma intensidad que la muestra, cuando
son comparadas utilizando un motor patrón.
3.9 Número de octanos método motor (MON): Corresponde a sus
iniciales en inglés "Motor Octane Number", la definición de esta
característica es la misma que para el RON, pero las condiciones de
la prueba son más severas, utilizando mayores revoluciones del
motor patrón.
3.10 Índice de octano o índice antidetonante: Conocido en
inglés como "Octane Index o Antiknock Index", se calcula así:
(RON+MON)/2.
3.11 Porcentaje (%) evaporado, punto final de ebullición,
residuo y porcentaje (%) recuperado:
Para estas definiciones, referirse a la última edición vigente de
la Norma ASTM D-86.
3.12 Presión de Vapor Reid (RVP): Es la presión de vapor
absoluta obtenida por medio de un ensayo que mide la presión de una
muestra en el interior de un cilindro a una temperatura de 37,8 °C
(100 °F) en una relación volumétrica de 4 (cuatro) partes de
líquido por 1 (una) parte de vapor [relación (líquido/vapor) = 4],
esta propiedad mide la tendencia a la vaporización de un
líquido.
4. SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS
4.1 API: "American Petroleum Institute" (Instituto Americano
de Petróleo).
4.2 ºAPI: Grados API (Gravedad API).
4.3 ASTM: "American Society for Testing and Materials"
(Sociedad Americana para Pruebas y
Materiales).
4.4 ºC/ºF: Grados Celsius/Grados Fahrenheit.
4.5 g Pb/L: gramos de plomo por litro.
4.6 g P / L: gramos de fósforo por litro.
4.7 h: hora (s).
4.8 kg/m3: kilogramo por metro
cúbico.
4.9 kPa: Kilopascal, equivalente a 1000 Pascales.
4.10 máx.: máximo.
4.11 mín.: mínimo.
4.12 mg/100 mL: miligramos por 100 mililitros.
5. ENTE NACIONAL COMPETENTE
En Guatemala: Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de
Energía y Minas; en El Salvador: Dirección de Hidrocarburos y Minas
del Ministerio de Economía; en Honduras: Unidad Técnica del
Petróleo de la Secretaría de Industria y Comercio; en Nicaragua:
Dirección General de Hidrocarburos del Instituto Nicaragüense de
Energía; en Costa Rica: Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE);
dichas funciones podrán ser ejercidas por sus sucesores o por las
entidades a quienes en el futuro, según la legislación nacional se
les asigne específicamente estas funciones.
6. REQUISITOS
A continuación se presenta la tabla que especifica las
características físico-químicas que establece este reglamento para
la Gasolina Regular.
Nota para Nicaragua: Nicaragua elevará el nivel de octanaje de la
gasolina regular a 88 RON en un plazo máximo de dos años a partir
de la entrada en vigencia de este reglamento. Se aclara que el 88
RON corresponde a 83 Índice de Octano.
Tabla 1
Especificaciones de calidad para Gasolina Regular
CARACTERÍSTICA
UNIDADES
MÉTODO
ASTM
VALORES
Aditivos
Reportar (a)
Color
Visual
Anaranjado
Contenido de Plomo
D- 3237
0,013 máx.
Corrosión tira de cobre, 3 h, 50ºC
g Pb/L
D-130
No.1 máx.
Estabilidad a la oxidación, Tiempo de
descomposición
Minutos
D-525
240 mín.
Contenido de azufre total
% masa
D-2622
0,10 máx.
Prueba Doctor o
% masa
D-4952
Negativa
Azufre Mercaptano
% masa
D-3227
0,003 máx.
Presión de vapor REID a 37,8 ºC
kPa (psi)
D-323
69 (10) máx.
Gravedad API a 15,56 ºC (60 ºF) o Densidad a
15ºC
ºAPI
kg/m3
D-287
D-1298
Reportar
Gomas existentes (lavado con solvente)
mg/100 mL
D-381
4 máx.
Destilación:
10% recuperados
50% recuperados
90% recuperados
Punto final de ebullición Residuo
ºC
ºC
ºC
ºC
% volumen
D-86
65 máx.
77 121
190 máx.
225 máx.
2 máx.
Número de octanos:
RON
Índice de Octano
(RON + MON)/2 (c)
D-2699
D-2699 y D-2700
88,0 mín.
(Ver nota para Nicaragua)
83,0 mín. (Ver nota para Nicaragua)
Contenido de Aromáticos
% volumen
D-1319
Reportar (d)
Contenido de Olefinas
% volumen
D-1319
Reportar (d)
Contenido de Benceno
% volumen
D-3606
Reportar (d)
Oxígeno
% volumen
D-4815
Reportar (d)
(a) La información que se deberá presentar para cada aditivo que se
agregó a este producto es la siguiente:
- Hoja de Datos de Seguridad del Material (Material Safety Data
Sheet)
- Proporción agregada del aditivo (mezcla)
- Propiedad del producto que el aditivo genera o mejora en el
mismo, ejemplo: antiespumante, antioxidante, detergente, etc. Si se
mantiene la fuente de suministro, la información se deberá
proporcionar únicamente una vez, pero deberá informar al Ente
Nacional Competente, cada vez que éste cambia de aditivo y también
cuando se cambia de la fuente de suministro.
(b) El valor máximo del fósforo es de 0,0013 g P/L (0,005 g P/gal)
tal como lo establece el método ASTM D-4814 Numeral X 3.2.1 de los
apéndices.
(c) El análisis del Índice de octano se realizará al menos una vez
cada 3 (tres) meses.
(d) Reportar indicando el resultado obtenido de acuerdo al método,
por un período de un año y evaluar en los siguientes tres meses,
con el propósito de definir si se mantiene reportar o se define un
valor numérico.
Nota 1: Los métodos ASTM indicados son los aprobados como métodos
árbitros. Otros métodos aceptables se indican en el numeral
8.
Nota 2: Para los casos de Reportar deberá indicarse el resultado
obtenido de acuerdo al método.
Nota 3: Los resultados se deben reportar con el número de cifras
decimales que indica cada método y no necesariamente con el número
de decimales que aparecen en estas tablas de
especificaciones.
7. MUESTREO
Para la toma de muestras se deberá utilizar la última edición
vigente de la Norma ASTM siguiente:
ASTM D-4057: Standard Practice for Manual Sampling of Petroleum
and Petroleum Products. Práctica Estándar para Muestreo Manual de
Petróleo y Productos de Petróleo.
8. MÉTODOS DE ENSAYO
Para los ensayos se utilizará la última edición vigente de las
siguientes Normas ASTM en idioma inglés, la traducción y el uso de
éstas será responsabilidad del usuario.
8.1 ASTM D-86: Standard Test Method for Distillation of
Petroleum Products. Método de Prueba Estándar para Destilación de
Productos de Petróleo a Presión Atmosférica.
8.2 ASTM D-130: Standard Test Method for Detection of
Copper Corrosion from Petroleum Products by the Copper Strip
Tarnish Test. Método de Prueba Estándar para Detección de
Corrosión en Cobre para Productos de Petróleo por la Prueba de
Empañamiento de la Tira de Cobre.
8.3 ASTM D-287: Standard Test Method for API Gravity of
Crude Petroleum and Petroleum Products (Hydrometer Method). Método
de Prueba Estándar para Gravedad API de Petróleo Crudo y Productos
de Petróleo (Método del Hidrómetro).
8.4 ASTM D-323: Standard Test Method for Vapor Pressure of
Petroleum Products (Reid Method). Método de Prueba Estándar para
Presión de Vapor de Productos de Petróleo (Método Reid).
8.5 ASTM D-381: Standard Test Method for Existent Gum in
Fuels by Jet Evaporation. Método de Prueba Estándar para Contenido
de Goma en Combustibles por Evaporación de Chorro.
8.6 ASTM D-525: Standard Test Method for Oxidation
Stability of Gasoline (Induction Period Method). Método de Prueba
Estándar para Estabilidad de Oxidación de Gasolina (Método del
Período de Inducción).
8.7 ASTM D-1266: Standard Test Method for Sulfur in
Petroleum Products (Lamp Method). Método de Prueba Estándar para
Azufre en Productos de Petróleo (Método de la Lámpara).
8.8 ASTM D-1298: Standard Practice for Density, Relative
Density (Specific Gravity), or API Gravity of Crude Petroleum and
Liquid Petroleum Products by Hydrometer Method. Método de Prueba
Estándar para Densidad, Densidad Relativa (Gravedad Específica), o
Gravedad API de Petróleo Crudo y Productos Líquidos de Petróleo por
el Método del Hidrómetro.
8.9 ASTM D-1319: Standard Test Method for Hydrocarbons
Types in Liquid Petroleum Products by Fluorescent Indicator
Adsorption. Método de Prueba Estándar para Tipos de Hidrocarburos
en Productos Líquidos de Petróleo por Absorción de Indicador
Fluorescente.
8.10 ASTM D-2622: Standard Test Method for Sulfur in
Petroleum Products by X-Ray Spectrometry. Método de Prueba
Estándar para Azufre en Productos de Petróleo por Espectroscopia de
Fluorescencia con Energía Dispersiva de Rayos X.
8.11 ASTM D-2699: Standard Test Method for Research Octane
Number of Spark-Ignition Engine Fuel. Método de Prueba Estándar
para Número de Octano Pesquisa en Combustible para Máquina de
Ignición por Chispa.
8.12 ASTM D-2700: Standard Test Method for Motor Octane
Number of Spark-Ignition Engine Fuel. Método de Prueba Estándar
para Número de Octano Motor en Combustible para Máquina de Ignición
por Chispa.
8.13 ASTM D 3120: Standard Test Method for Trace Quantities
of Sulfur in Light Liquid Petroleum Hydrocarbons by Oxidate
Microcoulometry. Método de Prueba Estándar para Cantidades de
Trazas de Azufre en Hidrocarburos Líquidos Ligeros por
Microcoulometría Oxidativa
8.14 ASTM D-3227: Standard Test Method for Mercaptan Sulfur
in Gasoline, Kerosine, Aviation Turbine, and Distillate Fuels
(Potentiometric Method). Método de Prueba Estándar para Azufre
(Mercaptano) en Gasolina, Querosina, Combustibles para Turbina de
Avión, y Combustibles Destilados (Método Potenciométrico).
8.15 ASTM D-3237: Standard Test Method for Lead in Gasoline
by Atomic Absorption Spectroscopy. Método de Prueba Estándar para
Plomo en Gasolina por Espectroscopïa de Absorción Atómica.
8.16 ASTM D-3341: Standard Test Method for Lead in Gasoline
(Iodine Monochloride Method). Método de Prueba Estándar para Plomo
en Gasolina (Método Monocloruro de Yodo).
8.17 ASTM D-3348: Standard Test Method for Rapid Field Test
for Trace Lead in Unleaded Gasoline (Colorimetric Method). Método
de Prueba Estándar como Método Rápido de Campo para Determinar
Trazas de Plomo en Gasolina Sin Plomo (Método Colorimétrico).
8.18 ASTM D-3606: Standard Test Method for Determination of
Benzene and Toluene in Finished Motor and Aviation Gasoline by Gas
Chromatography. Método de Prueba Estándar para Determinación de
Benceno y Tolueno en Gasolina Final para Motor y en Gasolina de
Aviación por Cromatografía de Gas.
8.19 ASTM D 4052: Standard Test Method for Density and
Relative Density of Liquids by Digital Meter. Método de Prueba
Estándar para la Densidad y Densidad Relativa de Líquidos mediante
Medidor Digital.
8.20 ASTM D-4294: Standard Test Method for Sulfur in
Petroleum Products by Energy-Dispersive X-Ray Fluorescence
Spectroscopy. Método de Prueba Estándar para Azufre en Petróleo y
Productos de Petróleo por Espectroscopia de Fluorescencia con
Energía Dispersiva de Rayos X.
8.21 ASTM D-4420: Standard Test Method for Determination of
Aromatics in Finish Gasoline by Gas Chromatography. Método de
Prueba Estándar para Determinación de Aromáticos en Gasolina
Terminada por Cromatografía de Gases.
8.22 ASTM D 4815: Standard Test Method for Determination of
MTBE, ETBE, TAME, DIPE, Tertiary-Amyl Alcohol and C1 to C4 Alcohols
in Gasoline by Gas Chromatography. Método de Prueba Estándar para
la Determinación de MTBE, ETBE, TAME, DIPE, Terciario-Amil Alcohol
y Alcoholes C1 a C4 en Gasolina Mediante Cromatografía de
Gas.
8.23 ASTM D-4952: Standard Test Method for Qualitative
Analysis for Active Sulfur Species in Fuels and Solvents (Doctor
Test). Método de Prueba Estándar para Análisis Cualitativo de
Especies Activas de Azufre en Combustibles y Solventes (Prueba
Doctor).
8.24 ASTM D-4953: Standard Test Method for Vapor Pressure
of Gasoline and Gasoline-Oxygenate Blends (Dry Method). Método de
Prueba Estándar para Presión de Vapor en Gasolina y Mezclas de
Gasolina Oxigenada (Método Seco).
8.25 ASTM D-5059: Standard Test Method for Lead in Gasoline
by X-Ray Spectroscopy. Métodos de Prueba Estándar para Plomo en
Gasolina por Espectroscopia de Rayos X.
8.26 ASTM D-5453: Standard Test Method for Determination of
Total Sulfur in Light Hydrocarbons, Motor Fuels and Oils by
Ultraviolet Fluorescence. Método de Prueba Estándar para
Determinación de Azufre Total en Hidrocarburos Livianos,
Combustibles de Motor y Aceites por Fluorescencia
Ultravioleta.
8.27 ASTM D 5580: Standard Test Method for Determination of
Benzene, Toluene, Ethylbenzene, p/m-Xylene, o-Xylene, C9 and
Heavier Aromatics, and Total Aromatics in Finished Gasoline by Gas
Chromatography. Método de Prueba Estándar para la Determinación de
Benceno, Tolueno, Ethylbenceno, p/o-Xileno, o-Xileno, C9 y
Aromáticos más Pesados, y Aromáticos Totales en Gasolina Terminada
por Cromatografía de Gas.
8.28 ASTM D 5845 Standard Test Method for Determination of
MTBE, ETBE, TAME, DIPE, Methanol, Ethanol and Tert-Butanol in
Gasoline by Infrared Spectroscopy Método de Prueba Estándar para
la Determinación de MTBE, ETBE, TAME, DIPE, Metanol, Etanol y
Ter-Butanol en Gasolina por Espectroscopía Infrarroja.
9. ACTUALIZACIÓN Y REVISIÓN DEL REGLAMENTO
Este Reglamento Técnico será revisado y actualizado al año contado
a partir de su entrada en vigencia y posteriormente cada dos (2)
años salvo que, a solicitud debidamente justificada de un(1) país,
se requiera la revisión y actualización antes del periodo
señalado.
10. VIGILANCIA Y VERIFICACIÓN
Corresponde la vigilancia y verificación de la aplicación y
cumplimiento del presente Reglamento Técnico Centroamericano a la
Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y
Minas de Guatemala; a la Dirección de Hidrocarburos y Minas del
Ministerio de Economía de El Salvador; a la Unidad Técnica del
Petróleo de la Secretaría de Industria y Comercio de Honduras; a la
Dirección General de Hidrocarburos del Instituto Nicaragüense de
Energía de Nicaragua y, a la Dirección General de Transporte y
Comercialización de Combustibles del MINAE de Costa Rica, o sus
sucesores o entidades que en el futuro se les asigne
específicamente estas funciones.
11. NORMAS QUE DEBEN CONSULTARSE
Para la elaboración de este reglamento se consultó la siguiente
norma ASTM:
ASTM D 4814-01a: Standard Specification for Automotive
Spark-Ignition Engine Fuel. (Especificación Estándar para
Combustible de Automotores con Máquina de Ignición por
Chispa).
FIN DEL REGLAMENTO.-
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