Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Normas Técnicas
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NORMA TÉCNICA DE PAPA
NORMA TÉCNICA No. 13 002-00, Aprobada el 27 de Julio de
2000.
Publicada en la Gaceta Nº 153 del 14 de Agosto del 2003.
NORMA TÉCNICA OBLIGATORIA NICARAGÜENSE
La Norma Técnica Obligatoria denominada NTON 13 002-00 Norma
Técnica Obligatoria Nicaragüense de Papa ha sido preparada por el
Comité Técnico de Productos Perecederos y en su elaboración
participaron las siguientes personas:
Juan José Rodríguez - Ministerio Agropecuario y Forestal
(MAG-FOR)
Francisco Pavón - Ministerio Agropecuario y Forestal
(MAG-FOR)
Alejandro Mansell - MANPROSA Mansell Produce
Gustavo Montiel Q. - Ministerio de Fomento, Industria y
Comercio
Noemí Solano - Ministerio de Fomento, Industria y Comercio
Danílo Benavides - Productores de Estelí y Matagalpa
Esta norma fue aprobada por el Comité Técnico en su última Sesión
de trabajo el día 27 de julio de 2000.
1. OBJETO.
Esta norma tiene por objeto establecer las especificaciones y
Características que deben reunir las papas con fines de
comercialización en el estado fresco.
2. DEFINICIONES Y TERMINOLOGÍA
2.1 Papa. Es el
tubérculo comestible proveniente del género Solanum.
2.2 Características
similares de una misma variedad. Significa que las papas de
una misma variedad, en cualquier lote, son similares en cuanto a la
forma tamaño, color de la cáscara y consistencia de la pulpa. Sin
embargo, ciertas variedades pueden dar simultáneamente papas de
forma redonda y de forma aplanada se mire redonda.
2.3 Firme.
Significa que la Papa no se muestra arrugada o suave.
2.4 Limpia.
Significa que por lo menos el 95% de las papas en cualquier lote,
están prácticamente libres de tierra o manchas, y prácticamente no
hay tierra suelta o cualquier otra materia extraña presente en el
envase.
2.5 Madura,
Significa que la cáscara de la papa está firme y que no más del 2%
de las papas en cualquier lote pueden tener más del 5% de su
superficie pelada.
2.6. Prácticamente bien
madura. Significa que la cáscara está prácticamente firme y
no más del 5% de las papas. En cualquier lote, pueden tener más del
10% de su superficie pelada.
2.7 Prácticamente bien
formada. Significa que la papa presenta la forma normal
típica de la variedad.
2.8 Severamente
deformada. Significa que la papa se presenta en forma
excesivamente puntiaguda o ensanchada en sus extremos o con
cualquier otra deformación que la afecte sustancialmente.
2.9 Diámetro.
Significa la mayor distancia medida en ángulo recto con el eje
longitudinal, si tomas en cuenta la posición del extremo
peduncular.
2.10 Daño.
Significa cualquier defecto o combinación de defectos que afecten
más que ligeramente la calidad comestible o de embarque, o la
apariencia interna o externa de la Papa o bien, cualquier defecto
eterno que no pueda ser removido sin perder más del 5% de la masa
total de la Papa.
2.11 Daño serio.
Significa cualquier defecto o combinación de defectos, que afecten
sustancialmente la apariencia interna o externa de la papa o la
calidad comestible o de embarque de la misma o cualquier defecto
externo que no pueda ser removido sin perder más del 5% de la más
total de la papa.
2.12 Daño muy
serio. Significa cualquier defecto o cualquier combinación
de defectos, que afecten seria la apariencia interna o externa de
la papa o la calidad comestible o de embarque de la misma, o
cualquier defecto externo que no pueda ser removido sin perder más
del 10 % de la masa total de la papa.
2.13 Congelamiento.
Significa que la papa está congelada o presenta tejido suave,
pulposo y/o acuoso debido a pudrición leve o como consecuencia de
una lesión causada por congelamiento.
2.14 Pudrición suave y/o
acuosa. Significa que la papa presenta tejido suave, pulposo
y/o acuoso debido a la pudrición leve o como consecuencia de una
lesión causada por congelamiento.
2.15 Pudrición anular o
Pudrición bacterial anular ("Bacterial ring rot) Es una
enfermedad de la papa que cuando ataca a ésta levemente, se
caracteriza por una pudrición amarillenta y en los estados más
avanzados de pudrición presenta una desintegración del anillo
vascular y grietas desiguales en la superficie.
2.16 Podredumbre anular
bacterial, dormidera. Marchites bacterial o enfermedad de limo
("Southern Bacterial Wilt"). Se caracteriza por tubérculos
con los tubos vasculares manchados de color pardo o bien, por masas
blancas y fangosas de bacterias que emanan de los tubos vasculares
con cortes o grietas.
2.17 Pudrición de la raíz.
Hielo, tizón tardío lancha tardía o fitoftora ("Late
Blight). Se caracteriza por tubérculos con pudrición poco
profunda, pardo - rojiza y seca. En la época húmeda otros
organismos pueden invadir el tubérculo y causar su completa
desintegración en forma de una pudrición suave.
2.18 Características
culinarias de la variedad. Descripción de los usos para los
que la variedad. Se caracteriza por su composición química y
física, estas características son parte de la descripción de una
variedad
2.19 Papa verdeada.
Cambio de coloración de la papa causada por su exposición a la luz
natural durante períodos prolongados. La papa presenta un color de
cualquier intensidad.
2.20 Defectos
externos. Son aquellos que pueden detectarse externamente.
Sin embargo, puede ser que se requiera de un corte para determinar
la magnitud de la lesión presente. En el Cuadro 1 se citan algunos
defectos externos.
2.21 Defectos
internos. Son los defectos que pueden ser detectados
únicamente cuando se realiza un corte en la papa. El cuadro 2
indica algunos de los defectos internos más comunes.
2.22 Grado de
peladura. Las siguientes definiciones proporcionan una base
para describir los lotes de papas, en base al grado de peladura que
presentan.
a) Prácticamente sin
peladura, Significa que no más del 2% de papas en cualquier
lote, podrán tener no más del 4% de su superficie pelada o
parcialmente desprendida.
b) Levemente
pelada. Significa que no más del 5% de papas, en cualquier
lote podrán tener hasta un cuarto de su superficie pelada o
parcialmente desprendida la cáscara.
c) Moderadamente
pelada. Significa que el 8% de papas, en cualquier lote,
podrá tener hasta la mitad de su superficie pelada o parcialmente
desprendida la cáscara.
d) Severamente dañada por
peladuras. Significa que más del 10% de las papas, en
cualquier lote, presentan más de la mitad de su superficie pelada o
parcialmente desprendida la cáscara.
(Ver cuadro 1 y 2 en La Gaceta 153 Pág. 4100)
CLASIFICACIÓN Y DESIGNACIÓN.
Para los efectos de esta norma, las papas se clasificarán en los
siguientes grados de calidad:
1. Grado No. 1 ó Primera
2. Grado No. 2 ó Segunda
3. Grado No. 3 ó Tercera
5. CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES.
5.1 Características generales.
5.1.1 Grado No. 1 ó
Primera.
a) Este grado consistirá de papas con características similares de
una misma variedad, firmes, limpias y por lo menos prácticamente
bien maduras. Las papas deberán estar prácticamente bien formadas.
Deberán estar libres de: pudrición, congelamiento, corazón negro,
pudrición en la raíz, pudrición anular, podredumbre anular causada
pudrición suave, pudrición acuosa y verdeo.
b) Las papas no podrán presentar daños causados por brotes o
defectos internos ni daños serios provocados por cualquier
causa.
c) Las papas no podrán ser menores de 52 mm de diámetro ó 142 g de
masa.
5.1.2 Grado No. 2 ó
Segunda.
a) Este grado consistirá de papas con características similares de
una misma variedad, firmes, prácticamente limpias, y prácticamente
bien formadas, deberán estar libres de: congelamiento, corazón
negro, pudrición en la raíz, podredumbre anular causada por
bacterias, pudrición anular, pudrición suave o acuosa y
verdeo.
b) Además, las papas no podrán presentar daño serio provocado por
cualquier causa.
c) Las papas no podrán ser menores de 45 mm de diámetro, a menos
que se especifique lo contrario.
5.1.3 Grado No. 3 ó
Tercera. Las papas de este grado deberán cumplir con los
requisitos especificados para el Grado No. 2 o Segunda, excepto que
no podrán presentar daño muy serio causado por: tierra y otra
materia extraña, sarna con manchas, Rhizoctonia, podredumbres
anulares causadas por bacterias y verdeo.
5.1.5 Calidad fuera de
norma (1). Consistirá de papas que no llenan los requisitos
de ninguno de los grados de calidad descritos anteriormente.
5.1.5.1 Cuando la papa esté fuera de calidad se optará a
reclasificarlas
5.1.5.2 Si la papa se encuentra en estado de desperfecto y
pudrición se procederá a incinerarla.
5.1.6 Tamaño.
5.1.6.1 El tamaño máximo y mínimo de las papas podrá especificarse
en relación con el grado de calidad en términos de masa y diámetro
de las papas individuales o bien, de acuerdo a la designación de
tamaño indicada en el cuadro 3 tomando en cuenta que estas
especificaciones no deberán diferir de aquellas indicadas para cada
grado de calidad.
(Ver cuadro Designación de Tamaño, Gaceta 153, Página 4101,
cuadro 3)
5.2 Tolerancias.
Para permitir variaciones incidentales a la clasificación y manejo
apropiados, en cada uno de los grados de calidad se aplicarán las
siguientes tolerancias.
5.2.1 Tolerancias para el
Grado No. 1. No más de un total de 5% de papas en cualquier
lote, podrá dejar de cumplir con los requisitos especificados para
este grado, con la condición de que no más de dos quintas partes de
dicha tolerancia, o sea el 2% de las papas, podrán estar afectadas
por congelamiento, pudrición anular, pudrición en la raíz,
pudrición suave o acuosa, incluyendo en este último porcentaje no
más de la mitad o sea el 1 % de las papas, que estén congeladas o
afectadas por pudrición suave o acuosa y verdeo.
5.2.2 Tolerancias para el
Grado No. 2. No más de un total de 8% de papas en cualquier
lote, podrá dejar de cumplir con los requisitos especificados para
este grado de calidad, con la condición de que no se permitirá en
dicha tolerancia defectos en porcentajes mayores a los indicados a
continuación.
a) 5% de defectos externos-,
b) 5% de defectos internos;
c) 3% de papas que han sido afectadas por congelamiento, pudrición
en la raíz, pudrición suave o acuosa, incluyendo en este porcentaje
no más del 1% de papas afectadas por congelamiento o por pudrición
suave o acuosa y verdeo.
5.2.3 Tolerancias vara el
Grado No. 3.
5.2.3.1 No más de un total de 15% de papas en cualquier lote, podrá
dejar de cumplir con los requisitos especificados para este grado
de calidad, con la condición de que no se permitirá en dicha
tolerancia defectos en porcentajes mayores a los indicados a
continuación
a) 6% de defectos externos;
b) 6% de defectos internos, o
e) 3% de papas que puedan estar afectadas por congelamiento,
pudrición anular, pudrición en la raíz o pudrición suave o acuosa,
incluyendo en este porcentaje no más M 1% de papas afectadas por
congelamiento o por pudrición suave o acuosa y verdeo.
5.2.5 Tolerancias para el
tamaño. No más de 3% de papas en cualquier lote podrá ser
menor que el tamaño mínimo especificado, excepto que se aceptará
una tolerancia de 5% para papas cuyo tamaño es mínimo sea de 52 mm
de diámetro o de 142g en masa. Cuando se especifica que un
porcentaje de papas debe ser de un tamaño determinado o mayor los
envases individuales podrán tener no menos de la mitad del
porcentaje especificado siempre que el promedio para el lote entero
no sea menor que el porcentaje especificado.
6. MUESTREO.
6.1 Se seleccionan muestras representativas del producto de acuerdo
a lo indicado en la norma, y se inspeccionan para determinar su
conformidad con los requisitos establecidos para los diferentes
grados de calidad contemplados en esta norma
6.2 Requisitos generales de muestreo.
6.2.1 En la selección y manejo de las muestras se debe tener
cuidado de que las propiedades del producto no sean
afectadas.
6.2.2 Las muestras se deben colocar cuidadosamente en recipientes
limpios y secos en tal forma que no se trituren o rompan, y se
deben proteger contra cualquier daño mecánico o
contaminación.
6.2.3 La toma de muestras se efectúa por la entidad competente o
por una persona que puede ser designada de común acuerdo entre
comprador y vendedor.
6.3 Inspección.
6.3.1 Inspección-general. La
inspección general se efectúa por personas autorizadas, pudiendo
hacerse en la plantación agrícola, en la planta empacadora y en
cualquier punto en ruta al destino final
6.3.2 Inspección
final. A menos que se especifique lo contrarío, la
inspección final se debe hacer después de la entrega del producto
en el punto de destino.
7. MARCADO, ETIQUETADO, ENVASE Y EMPAQUE.
7.1 Envase.
7.1.1 Condiciones
generales.
7.1.1.1 Los envases de papas deberán estar libres de moho, limpios
y construidos en forma tal que permitan el manipuleo y transporte
seguro hasta el punto de destino.
7.1.2 Tipos de
envase. Existe actualmente en el comercio mucha variedad de
envases en cuanto a tamaño y tipo, por lo que dichos requisitos
deberán ser establecidos de común acuerdo entre comprador y
vendedor.
7.1.3 Véase excepciones en el numeral 7.4.
7.2 Rótulo o etiquetado.
7.2.1 Para los efectos de esta norma las etiquetas serán de papel o
de cualquier otro material que pueda adherirse a los envases o
bien, de impresión permanente sobre los mismo. Las inscripciones
deberán ser fácilmente legibles en condiciones de visión normal,
redactadas en español, y adicionalmente en otro idioma si las
necesidades del país así lo dispusieran, y hechas en forma tal que
no desaparezcan bajo condiciones de uso normal. La etiqueta no
podrá tener ninguna leyenda o dibujo de significado ambiguo que
pueda inducir a engaño, ni descripción de características del
producto que no se puedan comprobar.
7.2.2 El rótulo deberá cumplir con lo especificado en la norma, y
llevar como mínimo la siguiente información:
a) Nombre de la variedad y grado de calidad del producto y tipo de
uso recomendado.
b) Nombre y dirección del productor, empacador o exportador.
c) Nombre del país de origen.
d) Contenido neto en unidades del Sistema Internacional.
e) Número de identificación del lote, el cual podrá ponerse en
clave en cualquier lugar apropiado del envase.
f) Cualquier otro dato que fuese requerido por las leyes o
reglamentos que rijan en el país.
7.2.3 Véase excepciones en
el numeral 7.4
7.3 Empaque.
7.3.1 En cada unidad o envase, la capa superior de papas deberá ser
representativa de todas las papas contenidas en el envase, en
cuanto a tamaño, calidad y color.
7.3.2 Véase excepciones en el numeral 7.4.
7.4 Excepciones.
Para el caso de la comercialización de las papas al por menor,
deberán tener por lo menos las siguientes características.
a) El envase deberá estar limpio, libre de moho y deberá resistir
el manipuleo normal;
b) El envase podrá no llevar rótulo alguno;
c) Las papas deberán empacarse de tal manera que no se dañen entre
sí.
8. ALMACENAMIENTO Y TRANSPORTE.
8.1 Almacenamiento.
Para el almacenamiento adecuado de papas se deberán tomar en cuenta
los siguientes factores.
8.1.1 Enfermedades e
infecciones. Las papas que presenten infecciones severa, por
ejemplo pudrición anular, no deberán almacenarse; sin embargo no es
muy práctico remover a pequeños porcentajes de papas infectadas,
por lo cual la aplicación de las recomendaciones dadas en el
presente numeral ayudará a reducir la propagación de la infección
durante el almacenamiento, pero en ningún caso las condiciones de
almacenamiento sanarán las enfermedades de los tubérculos.
8.1.2 Daños por causas
mecánicas. Las papas que han sufrido daño por causas
mecánicas durante la cosecha, transporte o colocación de las mismas
en el lugar de almacenamiento, tendrán una calidad inmediata
inferior y las papas se verán Desprotegidas contra la alta pérdida
por evaporación y contra la infección. La velocidad de encogimiento
de la papa en las primeras teas después de cosechada se verá
aumentada cuando las papas, usualmente no maduras, estén
severamente peladas en su superficie o cuando la cáscara esté
parcialmente desprendidas pueden tomarse suberosas durante las
primeras semanas de almacenamiento lo cual protege la papa en forma
casi tan efectiva como lo hace la cáscara, en la reducción de la
evaporación y la infección.
8.1.3 Luz y Coloración
Verdosa La exposición prolongada de las papas al sol o a la
luz artificial provoca, en la cáscara y en el tejido adyacente, un
cambio de color produciéndose una coloración verdosa. Esta porción
verdosa no será adecuada para propósitos de alimentación. Por estas
causas la bodega de almacenamiento deberá construirse sin ventanas
pero provista de luz para permitir adecuadas observaciones
periódicas y facilidades de energía para el correcto manipuleo de
papas de o hacia la bodega de almacenamiento.
8.1.4 Temperaturas de
almacenamiento. Las temperaturas de almacenamiento deberán
ajustarse para llenar los requisitos esperados en las papas tomando
en cuenta el período de almacenamiento de las mismas. Temperaturas
por encima de 21° C (70° F) aplicadas inmediatamente después de la
cosecha, son dañinas en general para el producto, sin embargo,
pueden resultar ventajosas para acondicionar papas que se
almacenarán a bajas temperaturas por largos períodos de tiempo
cuando el producto va a someterse posteriormente a cualquier
proceso de manufactura. Durante los primeros 15 días después de la
cosecha es preferible mantener temperaturas entre 13° C y 15.6° C
con una humedad relativa del aire de aproximadamente 90% para
facilitar la información de tejido suberoso o la cicatrización de
los cortes, las peladuras y las áreas con depresiones o melladuras.
Estas temperaturas pueden mantenerse durante 90 días antes de que
empiecen aparecer brotes en las papas y por lo menos durante 6
meses si se utilizan inhibidores para los brotes.
8.1.5 Humedad relativa de
almacenamiento. Una buena práctica de almacenamiento
consiste en mantener humedades relativas entre 90 y 95% ya que así
se promueve la pronta formación de tejido suberoso en las áreas
dañadas y se mantiene bajo los encogimientos en las papas. Debido
al estrecho intervalo de temperas óptimas de almacenamiento (véase
el numeral 8.1.4), es difícil mantener tal intervalo en bodegas
grandes de almacenamiento en las cuales se almacenan grandes
cantidades e papas durante tiempos cortos, Una práctica común
consiste en ventilar suficientemente la bodega durante el primer
mes, para prevenir a limitar la condensación sobre las papas frías
y en el ciclo raso; de ser posible deberá haber suficiente
ventilación para mantener la temperatura de la papa por debajo de
15.6°C.
9. REFERENCIA.
Para la redacción de la presente norma se ha tenido en cuenta los
siguientes documentos:
a) "United States Standards for Grades of Potatoes - U.S.
Department of agriculture (1972);
b) Literatura Técnica.
10. 0BSERVANCIA DE LA NORMA
La verificación y certificación de esta Norma estará a cargo del
Ministerio Agropecuario y Forestal a través de la Dirección de
Sanidad Vegetal.
11. ENTRADA EN VIGENCIA
La presente Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense entrará en
vigencia con carácter Obligatorio de forma inmediata a partir de su
publicación en La Gaceta Diario Oficial
12. SANCIONES
El incumplimiento a las disposiciones establecidas en la presente
norma, debe ser sancionado conforme a lo establecido en la Ley 291
Ley Básica de Salud Animal y Sanidad Vegetal y su Reglamento; las
Disposiciones Sanitarias; Decreto No. 391 y No. 432 y en la Ley de
Normalización Técnica y Calidad.-
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