Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Normas Técnicas
-
NORMA PARA EL MUESTREO DE
PLAGUICIDAS QUÍMICOS FORMULADOS DE USO AGRÍCOLA
NTON 17 001-02. Aprobada el 15 de Noviembre del 2002
Publicada en La Gaceta No. 39 del 25 de Febrero del 2003
CERTIFICACIÓN
El suscrito Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de
Normalización Técnica y Calidad, CERTIFICA: que en el Libro de
Actas que lleva dicha comisión, en las páginas 042, 043, 044, 045,
046 y 047 se encuentra el acta N ° 003-02 la que en sus partes
conducentes, íntegra y literalmente dice: En la Ciudad de Managua,
a las tres de la tarde del día quince de Noviembre de dos mil dos,
reunidos en el Auditorio principal del Ministerio de Fomento de
Industria y Comercio, MIFIC, los miembros de la comisión Nacional
de Normalización técnica y Calidad, que acudieron mediante
notificación enviada con fecha 04 de noviembre de 2002, la cual
costa en archivo y que contiene además la Agenda de la presente
reunión, hora lugar y fecha conforme lo establece la ley, están
presente los siguientes Miembros: Lic. Luis Dinarte, del Ministerio
Agropecuario y Forestal Ing. Róger Gutiérrez, del Ministerio de
Transporte e Infraestructura; Lic. Gustavo Rosales, del Ministerio
de salud; Lic. María Antonieta Rivas, del Ministerio del Ambiente y
los Recursos Naturales; Ing. Evenor Masís A., del Instituto
Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillado Sanitario; Lic.
Margarita Cortés, de la Cámara de Industria de Nicaragua; Lic.
Javier Delgadillo y Lic. Salvador Robelo, del Instituto
Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos; Ing. Luis Gutiérrez
del Instituto Nicaragüense de Energía; Dr. Julio Cesar Bendaña,
Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Normalización
Técnica y Calidad.
Se encuentran los siguientes miembros citados:
Arq. Laila María Molina de la Cámara de Comercio de
Nicaragua;
Ing. Manuel Callejas de la Unión de Productores Agropecuario de
Nicaragua;
Lic. Luis Martínez del Ministerio del Trabajo;
Dr. Carlos González de la Universidad Nacional Autónoma de
Nicaragua-León;
Como Invitados:
Lic. Arcadio Choza del Ministerio del ambiente y los Recursos
Naturales.
Lic. Silvia Elena Martínez del Ministerio del Ambiente y los
Recursos Naturales.
Lic. José Luis Rojas Álvarez del Ministerio del Ambiente y los
Recursos Naturales.
Lic. Rosa Palma García del Ministerio Agropecuario y
Forestal.
Ing. Donald Picado del Ministerio Agropecuario y Forestal
Ing. Ricardo Valerio del Ministerio Agropecuario y Forestal.
Ing. Rolando García del Ministerio Agropecuario y Forestal.
Ing. Javier Eslaquit del Ministerio agropecuario y Forestal.
Ing. Juan Gabriel Pérez del Laboratorio Nacional de Meteorología
del MIFIC.
Ing. Noemí Solano Lacayo del Ministerio de Fomento, Industria y
Comercio.
Habiendo sido constatado el Quórum de ley siendo el día hora y
lugar señalados se procede a dar por iniciada la sesión del día de
hoy, presidiendo esta cesión el Lic. Luis Dinarte del Ministerio
Agropecuario y Forestal en Calidad de vicepresidente de la
Comisión, quien la declara abierta. A continuación se aprueban los
puntos de Agenda que son los siguientes& (Partes inconducentes)
22-02 Aprobar la Norma NTON 17 001-02 Norma Técnica Obligatoria
Nicaragüense para el Muestreo de Plaguicidas Químicos Formulados de
Uso Agrícola presentada por MAG-FOR & Partes Inconducentes). No
habiendo otro asunto que tratar, se levanta la sesión a las cinco
de la tarde del día quince de Noviembre del año dos mil dos, Luis
Dinarte, Ministerio Agropecuario y Forestal Vicepresidente de la
Comisión; Dr. Julio César Bendaña Secretario Ejecutivo de la
Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad.
Es conforme con su original, con el cual fue debidamente cotejada
por el suscrito Secretario Ejecutivo, a solicitud del Ministerio
del Ambiente y los Recursos para su debida publicación en La
Gaceta, Diario Oficial , extiendo esta CERTIFICACIÓN la que firmo
y sello en la ciudad de Managua, a los quince días del mes de Enero
del Año dos mil Tres. Julio Cesar Bendaña. Secretario Ejecutivo
Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad.
NORMA PARA EL MUESTREO DE PLAGUICIDAS QUÍMICOS FORMULADOS DE USO
AGRÍCOLA
La Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense 17-001-02 ha sido
preparada por el Comité Técnico de preparación y presentación de
Normas y en su estudio participaron las personas naturales
siguientes:
COMITÉ TÉCNICO DE NORMAS
Álvaro Torres R.
Ana Lía Herrera.
Benito Zapata
Bertha Martínez
Carlos Morales
Francisco Ortega Mora
Gonzalo Marcial Cáceres Argüello
Jorge A. Cuadra Leal
Juan Agustín Chavarría
Lesbia Aguilar G.
Noel Romero
Noemí Solano
Oscar Salmerón
Rolando García
Rosa Palma
Sergio Salazar V.
Verónica Acevedo P.
Víctor Ariel Fonseca J.
Víctor Sandino D.
Yelba del Socorro Ayerdis M.
Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR)
Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR)
Laboratorios Químicos S.A. (LAQUISA)
Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR)
Ministerio de Salud (MINSA)
Asociación Nicaragüense de Formuladores y Distribuidores de
Agroquímicos (ANIFODA)
Ministerio del Trabajo (MITRAB).
Centro de Investigaciones de Recursos Acuáticos (CIRA)
Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuario
(OIRSA)
Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA)
Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI)
Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC)
Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR)
Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR)
Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR)
Instituto de Medicina Legal (IML)
Asesora Nacional de Largo Plazo (PASA-DANIDA)
Dirección Sanidad Vegetal, Ministerio Agropecuario y Forestal
(MAGFOR)
Universidad Nacional Agraria (UNA).
Laboratorio Nacional de Residuos MAGFOR.
Esta Norma ha sido aprobada por la Comisión Nacional de Metrología,
Normalización, Prueba y Calidad, en sesión efectuada el día 15 de
Noviembre del 2002.
OBJETO.
Esta norma tiene por objeto establecer los procedimientos a seguir
para la toma, preparación y envío de las muestras de plaguicidas
químicos para uso agrícola con la finalidad de controlar su
calidad.
CAMPO DE APLICACIÓN.
2.1 El campo de aplicación de la presente norma son todos los
plaguicidas químicos de uso agrícola que se usan y manejan en el
territorio nacional. Esto incluye tanto a los ingredientes activos
grado técnico como el producto químico formulado.
2.2 La presente Norma es de obligatorio cumplimiento para todas las
personas naturales y jurídicas que usan y manejan
plaguicidas.
2.3 La vigilancia y aplicación de la presente Norma es
responsabilidad del Ministerio Agropecuario y Forestal a través de
la Dirección del Registro Nacional y Control de Insumos
Agropecuarios, Sustancias Tóxicas y Peligrosas. (DRENCIAP).
DEFINICIONES.
3.1 Adulterado.
Calificativo para el plaguicida o coadyuvante que presente una
cantidad del ingrediente activo diferente al porcentaje declarado
en la etiqueta o el registro, de acuerdo con las tolerancias
aceptadas, o bien si alguno de los componentes ha sido sustituido
total o parcialmente, o contiene un ingrediente no declarado.
3.2 Almacenamiento.
Acción de almacenar, reunir, conservar, guardar o depositar
plaguicidas, coadyuvantes o fertilizantes, en bodegas, almacenes,
aduanas o vehículos bajo las condiciones estipuladas en la
legislación nacional vigente.
3.3 Calador o
Sacamuestras: Consiste en un tubo metálico acanalado
terminado en punta, con mango apropiado, el cual se introduce en el
recipiente con el canal abajo, luego se gira de modo que el
producto penetre en el canal y por último se saca
cuidadosamente.
3.4 Coadyuvantes:
Sustancia utilizada con el producto o que se mezcla con él al ser
aplicado y que contribuye a mejorar o facilitar su aplicación o
eficacia; se consideran entre ellas la sustancia adhesiva,
formuladora de depósito, emulsionante, estabilizante, dispersante,
penetrante, diluyente, sinérgica, humectante, u otras.
3.5 Concentrado
Emulsionable (EC Siglas en Inglés): Es la formulación
liquida de una sola fase que posee las propiedades de formar una
emulsión cuando se mezcla en agua.
3.6 Concentrado Soluble
(SL Siglas en Inglés): Es una formulación liquida
constituida por el ingrediente activo soluble en agua y por
disolventes adecuados. Constituye una formulación totalmente
soluble en agua.
3.7 Control de Calidad
físico: Es el análisis que se realiza para determinar si el
producto conserva sus propiedades físicas.
3.8 Control de Calidad
Químico: Es el análisis que se realiza para determinar si el
producto conserva sus propiedades químicas.
3.9 Embalaje: Se
refiere al envase, junto con la envoltura protectora utilizada para
transportar productos plaguicidas vía la distribución mayorista o
minorista hacia los usuarios.
3.10 Equipo de
muestreo: Son los diferentes instrumentos que se utilizan
para extraer una cantidad de productos de un empaque o
envase.
3.11 Formulador: Es
toda persona natural o jurídica, pública o privada, dedicada al
negocio o a la función de elaborar formulaciones de plaguicidas,
sustancias tóxicas, peligrosas y otras similares.
3.12 Formulación:
La combinación de varios ingredientes para hacer que el producto
sea útil y eficaz para la finalidad que se pretende. La forma del
plaguicida como fue adquirido por el usuario.
3.13 Granulado (GR Siglas
en Inglés): Un producto sólido de tamaño de granulo
definido, que fluye libremente listo para usar y se aplica
directamente a las plantas o al suelo.
3.14 Ingrediente
activo: La parte biológicamente activa del plaguicida
presente en la formulación del producto o sustancia regulada o
controlada.
3.15 Ingrediente
inerte: Cualquier sustancia sin actividad biológica contra
plagas o enfermedades, que se utiliza como vehículo del ingrediente
activo, o como coadyuvante en una formulación sin que obligadamente
se considere inocuo desde el punto de vista toxicológico.
3.16 Lote: Cantidad
definida de un plaguicida producida en una sola serie de operación,
en un proceso continuo y bajo condiciones uniformes.
3.17 MAGFOR:
Ministerio Agropecuario y Forestal.
3.18 Muestra: Es
aquella cantidad de material cuya composición debe representar
fielmente la totalidad del material de donde se tomó, con el fin de
ser analizada en el laboratorio.
3.19 Muestra Simple ó
elemental: Es una determinada cantidad de material que se
extrae de un sublote o lote.
3.20 Muestra Compuesta o
global: Es aquella muestra obtenida por homogenización de
diferentes muestras simples o elementales, con el fin de garantizar
una muestra representativa de la totalidad del material.
3.21 Muestra Final
: Parte representativa obtenida por reducción y resulta de la
división en tres partes de la Muestra Compuesta o Global.
3.22 Muestra de
Laboratorio: Es la muestra final destinada al laboratorio
para el análisis, que puede utilizarse como un todo o sub-dividirse
en porciones representativas, si así lo exige la legislación
nacional y es parte representativa de la muestra final.
3.23 Muestreo: Es
el conjunto de operaciones que se lleva a cabo con el objeto de
extraer muestras representativas de un determinado lote.
3.24 Nombre Genérico o
Común: Es el asignado solamente al ingrediente activo de un
preparado por la Organización Internacional de Normalización (ISO)
o adoptado por la autoridad nacional de normalización.
3.25 Nombre
Químico: Se refiere al nombre de las moléculas del
ingrediente activo aprobado por algún organismo oficial de
normalización internacional
3.26 Plaguicida:
Son todas las sustancias o mezcla de sustancias destinadas a
prevenir, controlar y eliminar cualquier organismo nocivo a la
salud humana, animal o vegetal, o de producir alteraciones y/o
modificaciones biológicas a las plantas cultivadas, animal
doméstico, plantaciones forestales y los componentes del
ambiente.
Esto incluye sustancias reguladoras del crecimiento, defoliantes,
desecantes, agentes alterantes de la fijación de cosechas y
sustancias y métodos físicos empleados para preservar los productos
agropecuarios, madera y productos de madera.
3.27 Plaguicida
Formulado: Producto comercial que ha sido preparado por la
casa formuladora con los coadyuvantes necesarios para rebajar la
concentración del producto técnico a niveles apropiados para una
adecuada mezcla por el usuario.
3.28 Polvo Humectable o
Mojable (WP Siglas en Inglés): Tipo de formulación que se
presenta en forma de polvo y que contiene un agente humectante y
forma una suspensión cuando se mezcla con agua.
3.29 Polvo Soluble (SP
Siglas en Inglés) : Polvo fácilmente soluble en agua, a la
concentración que se recomienda para su empleo.
3.30 Sello de
Garantía: Sello, marchamo, marbete, tapa de seguridad o
cualquier otro sistema de sellado de envase que garantice su
identidad y originalidad del producto.
3.31 Sublote: Es
cada una de las partes más o menos iguales en que se divide un lote
en forma imaginaria o real para tomar de cada una de ellas una o
varias muestras iguales.
3.32 Submuestra: Es
una determinada cantidad de plaguicida que se extrae de un
recipiente.
3.33 Suspensión
concentrada (SC Siglas en Inglés): Formulación cremosa que
puede ser mezclada fácilmente con agua para formar una suspensión
estable.
METODOLOGÍA Y PROCEDIMIENTOS GENERALES PARA EL MUESTREO DE
PLAGUICIDAS QUÍMICOS.
4.1 Procedimientos
generales.
El muestreo para el control de calidad de plaguicidas, será
ejecutado por personal autorizado, quienes estarán provistos de
todo el equipo y materiales necesarios para dicha actividad;
debiendo solicitar la colaboración de la empresa propietaria del
producto a muestrear de acuerdo a las siguientes
instrucciones:
a) Realizar el muestreo en presencia de un representante de la
empresa comercializadora del producto.
b) Identificar el o los productos a muestrear en sus envases
originales y debidamente sellados, si existen envases dañados o
abiertos se hará un muestreo adicional, informando en el acta al
representante de la empresa.
c) Identificar los lotes de los productos a muestrear.
d) Determinar el número y tamaño de las submuestras a tomar de cada
lote.
e) Seleccionar las unidades de cada lote a muestrear.
f) Si el producto es líquido agitar hasta asegurar su
homogenización.
g) Destapar el envase a muestrear.
h) Tomar las sub-muestras directamente del envase (envases
pequeños) o utilizando el equipo adecuado (envases grandes).
i) El volumen de la muestra compuesta deberá ser acorde al tipo de
formulación (líquidas o sólidas).
j) Homogenizar y dividir la muestra en tres partes y colocar cada
muestra final en un frasco completamente limpio de color
ámbar.
k) Etiquetar y sellar.
l) Llenar la ficha de muestreo. (Anexo No.1)
m) Levantar el acta de muestreo y entregar una copia a la empresa.
(Anexo No. 2)
n) Llenar hoja de envío al laboratorio (Anexo No.3)
a. Selección de la
muestra.
Para realizar la selección de una o varias muestras, se tendrán en
cuenta los siguientes tipos de muestra:
1. Selectiva:
Obtenida en muestreo de zonas determinadas
2. Protocolo o sistemática:
Obtenida según un procedimiento sistemático establecido
3. Aleatoria:
Obtenida al azar de un conjunto de muestras
4.3 Cantidad, volumen o
tamaño de la muestra.
Se deberá tomar la cantidad correspondiente a:
450 a 600 ml -en caso de líquidos.
900 a 1800 g -en caso de sólidos.
4.4 Equipo de protección
personal y capacitación del personal involucrado en la toma de
muestras.
4.4.1 Todos los equipos de protección personal, de las personas
involucradas en la toma de muestras de plaguicidas, sustancias
tóxicas, peligrosas y otras similares, deberán ser seleccionados
según lo establecido en las siguientes disposiciones del Ministerio
del Trabajo:
* Norma Ministerial sobre las disposiciones mínimas de Higiene y
Seguridad de los Equipos de Protección Personal del Ministerio del
Trabajo, publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 21 del
30/01/97.
* Resolución Ministerial sobre Higiene y Seguridad aplicable en el
uso, manipulación y aplicación de los plaguicidas y otras
sustancias agroquímicas en los centros de trabajo. Lunes, 17 de
septiembre del 2001, La Gaceta, Diario Oficial No. 175
Debiendo utilizarse al menos:
a) Casco protector
b) Guantes apropiados para la manipulación de envases
pesados.
c) Guantes apropiados para manipulación de químicos.
d) Mascarilla con filtro para evitar la absorción de plaguicidas
volátiles (Carbón activado o similar)
e) Mascarilla desechable contra polvos
f) Gabacha, preferentemente de color blanco.
g) Anteojos de plástico
h) Botas de hule
i) Botiquín para primeros auxilios.
4.4.2 El personal destinado para efectuar las labores de muestreo
debe estar especialmente capacitado e instruido de los peligros
potenciales provenientes de los plaguicidas y de las operaciones
relacionadas con su trabajo y con conocimientos de las medidas de
seguridad correspondientes y pertinentes.
4.4.3 Todas las muestras a tomar deben considerarse como
potencialmente peligrosas, se deben leer detenidamente las
etiquetas de los productos antes de tomar las muestras.
4.4.4 Para una debida protección es necesario que el personal
encargado de las labores de muestreo, conozca la toxicidad de los
productos a muestrear, las propiedades físicas, así como las vías
de entrada de los plaguicidas al cuerpo, los síntomas de
intoxicación y el tratamiento de primeros auxilios para atender
cualquier caso de intoxicación.
Equipos a ser utilizados
para el procedimiento de toma de muestras.
a) Calador o Sacamuestras para productos sólidos según
corresponda.
b) Sacamuestras para productos líquidos:
* Para toneles y tanques de 220 litros o más: Consiste en un
recipiente de vidrio o de plástico de aproximadamente 1 litro de
capacidad, cuya boca tiene un diámetro interior de 25 a 40 mm. Este
recipiente lleva un contrapeso metálico, que facilita su descenso,
unido a él por medio de una cuerda que sirve además para sostener
el recipiente cuando se sumerge hasta el fondo del tanque. El tapón
del sacamuestra esta provisto de otra cuerda de suficiente longitud
para que se pueda tirar de ella y abrir así el recipiente en el
momento en que se necesite que el producto penetre al mismo.* Para toneles de 21 a 220 litros: En este caso se utilizará
un tubo sacamuestra de 50 100 ml de capacidad aproximadamente,
que funciona de manera similar a una pipeta. En su parte superior
se sueldan dos anillos para facilitar su manejo.
SELECCIÓN DE LOTES, RANGOS DE AGRUPACIÓN, EXAMEN DE EMBALAJE Y
DE LA ETIQUETA DE PRODUCTOS EN LOTES PARA MUESTREO.
5.1 Selección de lotes
para muestreo.
i) Si las muestras se van a tomar directamente en la fábrica o
formuladora, se seleccionará cada uno de los lotes de donde se
extraerá una unidad de muestreo.
ii) Si las muestras se van a tomar en cualquier otro sitio
(agroservicio, distribuidor, etc), se dividirá el lote en cinco
partes aproximadamente iguales y se seleccionará cada uno de ellos
de donde se tomarán uno o más recipientes, de los cuales se
extraerán muestras simples o elementales del producto, de manera
que se obtenga una muestra compuesta.
iii) En el caso de lotes que contengan bolsas de menos de 5 Kg. o
envases menores de 19 l , y que el número de bolsas o envases sea
menor de 100, se tomará dos o más muestras si fuera necesario, para
obtener de él una muestra compuesta.
5.2 Rangos de agrupación
de lotes para el muestreo.
5.2.1 La comercialización de plaguicidas es presentada en
diferentes tipos de tamaño y envases, de acuerdo a su estado
físico, lo que requiere adaptar el procedimiento de muestreo según
el caso.
5.2.2 Dependiendo del número de unidades que contenga cada lote se
tomará el número de las muestras simples, las cuales deben ser
proporcionales. La muestra compuesta de cada lote de producción
será obtenida de un número no mayor de 15 submuestras. Para tales
efectos se describen los siguientes cuadros:
ENVASES IGUALES O MAYORES DE 19 LITROS PARA LÍQUIDOS O MAYORES
DE 5 KILOGRAMOS PARA SÓLIDOS.
# de Unidades del lote
# de muestras simples a tomar
Hasta 10
1 muestra simple
11 a 20
2 muestras simple
21 a 40
3 muestras simple
> a 41
4 muestras simples por cada 20
unidades hasta un máximo de 15 unidades
ENVASES MENORES DE 19 LITROS PARA LÍQUIDOS Y MENORES DE 5
KILOGRAMOS PARA SÓLIDOS.
# de Unidades de lote
# de submuestras a tomar
Hasta 50
2 submuestras
51 a 100
3 submuestras
101 a 500
4 submuestras
501 a 1001
5 submuestras
> de 1001
Muestrear el 0.5% de las unidades
hasta un máximo de 15 unidades.
5.3 Examen del embalaje,
recipientes y la etiqueta de los productos contenidos en los lotes
a muestrear.
5.3.1 Para poder evaluar la calidad del embalaje de un suministro
de plaguicidas, es necesario examinar un número representativo de
recipientes. Cada lote de productos tiene que examinarse por
separado. El lote se identifica a través de un número que figura en
la etiqueta
5.3.2 En caso de lotes formados hasta por diez recipientes deberá
examinarse el embalaje y cada uno de ellos.
5.3.3 En caso de mayores cantidades, se procederá de la siguiente
manera:
* De 11 a 100 uno por cada diez,
* Mayores de 100 la raíz cuadrada del total de recipientes.
5.3.4 Los recipientes de los que deben tomarse las muestras se
elegirán no sólo de la periferia, sino siguiendo líneas diagonales
u onduladas por todo el almacén.
5.3.5 Los resultados del examen del embalaje y etiquetas deberán
constar en la ficha de muestreo. Al efectuar la inspección debe
atenderse especialmente lo siguiente:
Embalaje:
a) Puntos con fugas (comprobar sacudiendo y girando los
recipientes)
b) El material y el tamaño del embalaje tienen que coincidir con
las especificaciones del registro
Etiqueta:
a) Debe estar redactada en idioma Español.
b) Contener las indicaciones para aplicación y seguridad del
producto.
c) Debe ser legible.
d) Debe estar adherida o litografiada al recipiente.
e) Debe estar íntegra.
f) Debe contener todas las informaciones especificadas en el
registro, y/o la etiqueta tiene que cumplir con la normativa
nacional de etiquetas y panfletos armonizados.
PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS PARA LA TOMA, PREPARACIÓN,
CODIFICACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE MUESTRAS.
6.1 Toma y tipo de
muestras.
6.1.1 Las muestras deberán ser tomadas de acuerdo al estado físico
del plaguicida y de las cantidades contenidas en el envase.
a) Productos sólidos en envases que contengan más de 5 Kg.: Se
abrirá el envase por una esquina y se introducirá el sacamuestras
diagonalmente de manera que recorra la mayor distancia.
b) Productos sólidos en envases que contengan 5 Kg. o menos: En
este caso no será necesario utilizar el sacamuestras propiamente
dicho, pudiendo emplearse cualquier otro utensilio apropiado.
c) Productos líquidos en envases iguales o mayores de 20 litros:
Las unidades de muestreo estarán formadas por una cantidad de
producto obtenido del fondo, de la parte media y de la parte
superior de los recipientes
d) Productos líquidos en envases iguales o menores de 20 litros: En
este caso no será necesario utilizar el sacamuestra propiamente
dicho, pudiendo emplearse cualquier otro utensilio apropiado.
Nota: Antes de
extraer las muestras se agitara bien el producto, bien sea haciendo
rodar los barriles, usando un agitador ó moviendo bien el
recipiente sostenido entre las manos, lo cual dependerá del tamaño
del envase.
6.1.2 Los tipos de muestras deben ser:
a) Simples o elementales,
b) global y,
c) muestra final propiamente dicha.
6.1.2.1 Muestras elementales.
6.1.2.1.1 En la medida de lo posible, deben ser tomadas en
distintos puntos del lote. Se debe consignar cualquier excepción de
esta norma en la ficha de toma de muestras. El conjunto de las
muestras elementales no deberá de ser nunca inferior a la cantidad
requerida para las muestras de laboratorio citadas en el numeral
4.3 de la presente norma.
6.1.2.1.2 Cuando se conoce el peso del lote, el número mínimo de
muestras elementales que se han de tomar será el indicado en la
tabla A siguiente.
Tabla A
Peso del Lote
(Kg.)
Número de
muestras elementales que se deben tomar
< 50
2
51 a 100
3
101 a 500
4
501 a 2000
10
> 2000
15
Cuando se ignore el peso del lote o incluso si éste no pudiera
estimarse adecuadamente, el número mínimo de muestras elementales a
tomar será el indicado en la Tabla B siguiente.
Tabla B
Número de
envases o de unidades contenidas en el lote
Número de
muestras elementales que se deben tomar
1 a 25
1
26 a 100
5
101 a 250
10
> 250
15
6.1.2.2 Muestra compuesta o global.
La muestra global se obtiene mezclando las muestras
elementales.
6.1.2.3 Muestra final.
* La muestra global se podrá utilizar tal cual como muestra
final.
* En el caso de productos sólidos, si la muestra global fuere
demasiado grande, la muestra final se podrá preparar a partir de
ella por medio de un método de reducción adecuado. Dividir, por
ejemplo la muestra en cuatro partes, siguiendo las diagonales,
eliminar dos cuartos opuestos, mezclar el resto; volver a dividir
en cuatro y proseguir las operaciones hasta obtener la cantidad
requerida.
6.2 Preparación y
codificación de las muestras.
6.1.2 Una vez que se ha realizado la toma de muestras éstas deben
ser preparadas para ser enviadas al laboratorio de análisis
químico, el valor monetario de dicho análisis debe ser asumido por
el dueño del producto. Se debe proceder de la siguiente
manera:
6.1.2.1 Colocar cada muestra de laboratorio en un recipiente
limpio, de material inerte, que la proteja ante cualquier factor de
daño. Tomando en cuenta las fases siguientes:
* Fase confirmativa: Preparar a partir de una muestra final, una
muestra de laboratorio.
* Fase de intervención.- Cuando se prepara a partir de la muestra
final, tres muestras iguales de laboratorio, de acuerdo a lo
descrito en el numeral 4.3 de la presente norma.
6.1.2.2. Etiquetar y precintar el recipiente de forma que sea
imposible abrirlo o despegar la etiqueta sin deteriorar el
precinto. Tomar así mismo todas las precauciones necesarias, para
evitar cualquier modificación de la muestra de laboratorio que
pueda producirse durante su transporte o almacenamiento
6.1.2.3 Las tres muestras de laboratorio obtenidas serán
distribuidas del siguiente modo, lo cual será consignado en el acta
de muestreo:
a) Un ejemplar quedará en poder del propietario del lote con una
copia del acta, con la obligación de conservarla en perfecto estado
para su utilización en prueba contradictoria si lo considera
necesario;
b) Un ejemplar para el laboratorio que realizará el análisis
inicial y,
c) Un ejemplar de referencia destinado para el MAGFOR, quien lo
resguardará por un tiempo de seis meses, y que será utilizado en
casos de discrepancia.
6.2.2 La muestra será codificada por el Departamento de Vigilancia
y Control de plaguicidas del MAGFOR de la siguiente manera:
a) Tres letras que identifiquen a la Dirección del Registro
Nacional y Control de Insumos Agropecuarios, Sustancias Tóxicas,
Peligrosas y Otras Similares.
b) Los siguientes dos dígitos que identifiquen el año que se toma
la muestra y,
c) Seguido de cuatro cifras que representen un número correlativo
del número de muestra tomado.
Ej. DRN-02-OOO1 (El ejemplo correspondería a la muestra No. 1 del
año 2002)
6.2.3 Se les pondrán los sellos de la parte oficial y se les
colocará una tarjeta de identificación, todo ello en forma tal que
no exista posibilidad de violación. Dicha tarjeta deberá contener
los siguientes datos:
a) Nombre del producto y su marca comercial
b) Concentración del o los i.a., indicado en el envase.
c) Lugar donde se tomó la muestra.
d) Identificación de la muestra.
e) Número de registro del producto.
f) Fecha de la toma de muestra.
g) Nombre de la persona que tomó la muestra.
ACTA DE MUESTREO:
7.1 El acta de muestreo deberá contener la información detallada en
el anexo 2 de la presente norma.
7.2 El acta de muestreo será firmada en original y copia.
7.3 El original del acta de muestreo se destinará al Departamento
de Vigilancia y Control de Plaguicidas del MAGFOR.
7.4 La copia del acta de muestreo quedará en propiedad de la
empresa dueña del producto que ha sido objeto de control.
CONDICIONES DE TRANSPORTE DE LA MUESTRA.
8.1 Las muestras de laboratorio deberán colocarse en un envase
limpio e inerte, que ofrezca protección suficiente contra la
contaminación exterior y contra los daños que puedan producirse en
el traslado.
8.2 El envase deberá cerrarse herméticamente, a fin de evitar que
el plaguicida se derrame durante el transporte.
8.3 Sellar los frascos de las muestras envolviendo la junta de la
tapa con Parafina o cinta adhesiva, de tal manera que pueda
detectarse cualquier apertura no autorizada.
8.4 Para el cierre de los frascos de las muestras, se recomienda
utilizar juntas de PVC y polietileno, así como la parafina líquida;
ya que las juntas de aluminio y goma no se recomiendan porque
pierden fácilmente la hermeticidad.
8.5 Las muestras deberán ser entregadas al laboratorio, el mismo
día de la toma de muestra junto con la hoja de envío, que se
detalla en el anexo 3. Si no es posible hacer esto, se deberá
guardar de tal modo que no se altere el producto; el tiempo que
dure guardada no deberá ser mayor de 15 días.
8.6 Cada uno de los frascos de muestras sellados deberán ser
empacados en una bolsa plástica como protección adicional contra
fugas y olores, envuelva luego cada frasco en material adsorbente,
coloque los frascos de muestras así protegidos en los recipientes
para transporte y añada suficiente material adsorbente para que la
muestra no pueda moverse dentro del recipiente.
ALMACENAJE DE LA MUESTRA TESTIGO:
9.1 De acuerdo a lo establecido en el numeral 6.2.1.3, inciso c) de
la presente norma, una de las muestras obtenidas del proceso de
muestreo, deberá quedar bajo el resguardo del Departamento de
Vigilancia y Control del MAGFOR, la que podrá ser usada para
confirmar los resultados obtenidos en los análisis iniciales, si
fuera necesario. Las recomendaciones para un buen almacenamientos
de la muestra se detallan a continuación:
a) Mínimo de aire en espacio libre del recipiente.
b) Utilizar un material que sea Hidrófobo, de superficie lisa e
inerte químico.
c) Preacondicionar la superficie de cuarzo o vidrio por inmersión
en baño ácido (HNO3, HCL, HF diluido) o Reactivo quelante (EDTA) u
Oxidante (H2O2), seguido de lavados repetidos con agua de elevada
pureza.
d) Los materiales que se deberán de utilizar para almacenar
correctamente las muestras son:
* Polímeros : Teflón, Polietileno, Polipropileno, Goma de silicona,
Plexiglas.
* Vidrios : Cuarzo o Borosilicato
* Metales : Papel de aluminio, Platino, Titanio.
12.2 Al almacenar las muestras deberá tomarse en cuenta la
naturaleza del producto, incompatibilidad química y la cantidad y
volumen que se han de almacenar. Es importante mantener la ficha de
muestreo con la información pertinente de cada producto
químico.
INFRACCIONES Y SANCIONES:
10.1 Las infracciones a la presente norma constituirán una
violación a la misma, constituyendo infracciones todas las
descritas en el Capítulo XXVII, Arto. 118 del Decreto No. 49-98
Reglamento de la Ley No. 274 Ley Básica para la Regulación y
Control de Plaguicidas, Sustancias Tóxicas, Peligrosas y Otras
Similares.
10.2 Las sanciones correspondientes a las infracciones cometidas en
contra de lo establecido en la presente norma y de acuerdo a la
gravedad del caso serán objeto de amonestaciones, sanciones,
llamados de atención y multas según lo establecido en el Capítulo
III, Arto. 62 de la Ley No. 274 Ley Básica para la Regulación y
Control de Plaguicidas, Sustancias Tóxicas, Peligrosas y Otras
Similares.
BIBLIOGRAFÍA.
a) Ley No. 274 Ley Básica para la Regulación y Control de
Plaguicidas, Sustancias Tóxicas, Peligrosas y Otras Similares La
Gaceta Diario Oficial No. 30 del 13/02/98.
b) Decreto No. 49-98 Reglamento de la Ley No. 274 Ley Básica para
la Regulación y Control de Plaguicidas, Sustancias Tóxicas,
Peligrosas y Otras Similares La Gaceta Diario Oficial No. 142 del
30/07/98.
c) Directriz Regional para el Muestreo de Plaguicidas Químicos
Formulados de uso Agrícola. OIRSA
d) Código Internacional de Conducta para la Distribución y
Utilización de Plaguicidas. (Versión enmendada), FAO, Roma,
1990.
e) Colección FAO: Eliminación de Plaguicidas. Directrices
provisionales para evitar existencias de plaguicidas caducados.
Roma, 1996.
f) Compendio de Resoluciones y Normativas en Materia de Higiene y
Seguridad del Trabajo. 1993-1998
g) Compendio de Resoluciones y Normativas en Materia de Higiene y
Seguridad del Trabajo año 2000.
h) Ratificación y Vigencia de todas las Resoluciones Ministeriales
Materia de Higiene y Seguridad del Trabajo. La Gaceta Diario
Oficial, No. 147 del lunes 06/08/01.
ANEXO No. 1.
GOBIERNO DE NICARAGUA
MINISTERIO AGROPECUARIO Y FORESTAL
Dirección General de Protección y Sanidad Agropecuaria
FICHA DE TOMA DE MUESTRAS N (Prenumerado!)
I) IDENTIFICACIÓN DEL PRODUCTO.
Nº. DE MUESTRA ____________________________ Nº. DE
LOTE:________________________________
NOMBRE
COMERCIAL:____________________________________________________________________
NOMBRE GENÉRICO:
_____________________________________________________________________
TIPO DE USO:___________________________ TIPO DE FORMULACIÓN
___________________________
CONCENTRACIÓN: g/l: _________ g/kg :________
FABRICANTE: ______________________________ PAÍS DE ORIGEN
__________________________
DISTRIBUIDOR:__________________________________________________________________________
Nº. DE REGISTRO:
_______________________________________________________________________
FECHA DE FORMULACIÓN: ____________________ FECHA DE
VENCIMIENTO:_____________________
FECHA DE INGRESO A
BODEGA:____________________________________________________________
MATERIAL DEL ENVASE: ___________________ CAPACIDAD DEL ENVASE:
_______________________
TAMAÑO DE LA MUESTRA: ______________TAMAÑO DEL LOTE MUESTREADO:
___________________
TEMPERATURA DE ALMACENAMIENTO:__________________ºC
II) INSPECCIÓN DEL EMBALAJE
Nº. DE ENVASES O UNIDADES INSPECCIONADOS:
___________________________________________
MATERIAL/CALIDAD DEL EMBALAJE:
_______________________________________________________
CALIDAD DE LA ETIQUETA:
_______________________________________________________________
PESO EFECTIVO DEL PAQUETE INDIVIDUAL (VALOR MÍNIMO
MEDIDO):__________________________
III) MUESTRA TOMADA:
NÚMERO DE RECIPIENTES
ABIERTOS:______________________________________________________
CANTIDAD Y NÚMERO DE MUESTRAS
SIMPLES:______________________________________________
TIPO DE MUESTREO REALIZADO
___________________________________________________________
VOLUMEN TOTAL O TAMAÑO DE LA MUESTRA COMPUESTA:
__________________________________
IV) MUESTRA TOMADA PARA EL LABORATORIO ANALÍTICO.
________g ________ml PARA DETERMINAR LA (S) SUSTANCIA (S) ACTIVA
(S)
________g ________ml PARA REALIZAR OTROS EXÁMENES FÍSICOS Y
QUÍMICOS
MEDIO DE TRANSPORTE:
_________________________________________________________________
LABORATORIO DONDE SE REMITE:
_________________________________________________________
V) LUGAR DE LA TOMA DE MUESTRA
ESTABLECIMIENTO/PROPIETARIO:
_________________________________________________________
DIRECCIÓN:
_____________________________________________________________________________
DEPARTAMENTO:
________________________________________________________________________
No. DE LICENCIA: _____________________________ FECHA:
____________________________________
VI) OBSERVACIONES
_________________________________ _________________________
Por el Ministerio Agropecuario y Forestal Por el
Establecimiento
Firma y Sello Firma y Sello
Original: DRENCIAP/MAG-FOR
Copia: Establecimiento
ANEXO No. 2
GOBIERNO DE NICARAGUA
MINISTERIO AGROPECUARIO Y FORESTAL
Dirección General de Protección y Sanidad
Agropecuaria
ACTA DE MUESTREO N (Prenumerado!)
En la ciudad de __________________ República de Nicaragua del día
_______ de __________ del año 200____, en el
establecimiento_____________________ situado en
________________________ y en presencia del señor(a)
______________________ quien actúa en representación del
establecimiento____________________________________________, yo
_________________________________inspector de la Dirección del
Registro Nacional y Control de Insumos Agropecuarios, Sustancias
Tóxicas y Peligrosas, DRENCIAP, del Ministerio Agropecuario y
Forestal en cumplimiento de los artos. 44, 45 y demás relativos,
del Reglamento de la Ley Básica para la Regulación y Control de
Plaguicidas, Sustancias Tóxicas, Peligrosas y Otras Similares,
Decreto Nº 49-98-Reglamento de la Ley Nº 274, del 30 de Julio de
1998; y con el objeto de comprobar el cumplimiento de las
disposiciones vigentes sobre el control de calidad en plaguicidas,
hemos procedido a realizar la siguiente toma de muestras, de
acuerdo a lo establecido en la Norma para el Muestreo de
Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola NTON-00-000-2002, aceptándose
como representativa de los productos y cantidades de las cuales
fueron tomadas y que figuran en la presente Acta.
No. de la ficha de muestreo
Nº de Muestra
Nombre
Comercial
Concentración Declarada
Nº de Lote
Tamaño del Lote
Tamaño de la muestra
Las muestras representativas de cada lote se guardan en tres
envases que se identifican debidamente distribuyéndose de la
siguiente manera:
a) Un ejemplar en poder del propietario del lote con una copia del
acta, con la obligación de conservarla en perfecto estado para su
utilización en prueba contradictoria si lo considera
necesario.
b) Un ejemplar que será enviado al laboratorio para su
análisis.
c) Un ejemplar de referencia para el Departamento de Vigilancia y
Control de Calidad de Plaguicidas.
Se procede a la inmovilización de los lotes muestreados conforme a
__________________ en espera de los resultados de
laboratorio.
Habiéndose cumplido con los procedimientos establecidos en la Norma
para el Muestreo de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola
NTON-00-000-02 y para dejar constancia de este acto firmamos la
presente a las ______ horas de la fecha arriba indicada.
__________________________________ ______________________
Por el Ministerio Agropecuario y Forestal Por el
Establecimiento
Firma y Sello Firma y Sello
Original: DRENCIAP/MAG-FOR
Copia: Establecimiento
ANEXO No. 3
HOJA DE ENVIO AL LABORATORIO QUÍMICO DE ANÁLISIS.
Después de tomar las muestras, deberán ser enviadas al laboratorio
con la mayor brevedad posible, acompañado del siguiente
formato:
GOBIERNO DE NICARAGUA
MINISTERIO AGROPECUARIO Y FORESTAL
Dirección General de Protección y Sanidad Agropecuaria
HOJA DE ENVÍO DE MUESTRAS DE PLAGUICIDAS AL LABORATORIO N
(Prenumerado)
Laboratorio ____________________________ por este medio le remito
muestra de plaguicida para su análisis con las siguientes
características.
No. de muestra ________________________________No de
Lote.________
Nombre Comercial
_____________________________________________________________________
Nombre Genérico
_____________________________________________________________________
Formulación. __________________________________ Concentración
declarada ___________________
Equivalencia _________ g/l _________ g/kg.
Presentación del producto
______________________________________________________________
Condiciones de almacenamiento
_________________________________________________________
Análisis solicitado
_____________________________________________________________________
Técnico Responsable
__________________________________________________________________
Observaciones:
______________________________________________________________________________________
Fecha __________________________________
__________________________________ _______________________
Por el Ministerio Agropecuario y Forestal Por el Laboratorio
Firma y Sello Firma y Sello
Original: Laboratorio.
Copia: DRENCIAP/MAG-FOR
ANEXO No.
4
MATERIALES Y
EQUIPOS PARA LA TOMA DE MUESTRAS
1. Caja para transportar las muestras
2. Muestreador metálico para sólidos
3. Espátulas y cucharas para muestreo de sólidos
4. Herramientas para abrir envases sellados
5. Herramientas para abrir barriles
6. Equipo para agitación de barriles
7. Pipetas plásticas desechables y de vidrio y de diferentes
longitudes y capacidades con succionador
8. Beakers con capacidad de 500 y 1000 ml para muestras
compuestas
9. Frascos de vidrio color ámbar, con capacidad mínima de 150
ml
10 Bolsas plásticas con capacidad de 1000 gr.
11. Balanza portátil
12. Alicates, navaja
13. Valija para portar muestras
14. Embudos de vidrio de varios tamaños, para depositar la muestra
final en triplicado
15. Pizetas con acetona de alta pureza (Grado analítico)
16. Pizetas con agua destilada
17. Detergente
18. Recipientes con agua
19. Papel toalla
20. Etiquetas oficiales auto adheribles para identificación de
muestras
21. Equipo de protección
22. Stiker de identificación oficial para envases muestreados
23. Sellos oficiales auto- adheribles para sellado de
muestras
24. Actas de muestreo
25. Hojas de envío de muestras al laboratorio (Fichas de
muestreo)
26. Manual para el muestreo de plaguicidas
27. Termómetros.
ANEXO No. 5
ERRORES DEL MUESTREO
En el desarrollo de la toma de muestras y en todos los
procedimientos subsiguientes, deberán adoptarse precauciones para
evitar errores en el muestreo, contaminación de las muestras o
cualquier otro cambio que pueda influir perjudicialmente en las
determinaciones analíticas o hacer que la muestra del laboratorio
no sea representativa de la muestra compuesta.
Normalmente los errores del muestreo se dan por:
1. Contaminación:
está asociada al medio ambiente, a la operación de muestreo y al
personal encargado de la toma de muestras.
a) Por el medio ambiente
* Polvo
* Contaminantes volátiles del aire
b) En la operación de muestreo
* Material del equipo de muestreo
* Conservantes o estabilizantes adicionales a las muestras
c) Personal encargado de toma de muestras
* Sudor
* Cosméticos
* Contacto con la piel
2. Pérdida de
elementos: Se pueden dar por:
* Adsorción por las paredes del recipiente o superficie de las
herramientas empleadas en el muestreo
* Salpicaduras en el proceso de agitación y preparación de la
muestra
* Co-precipitación en procesos de sedimentación o
precipitación
* Pérdida de elementos en procesos de secado, evaporación a
sequedad y mineralización, en estos proceso se dan los mayores
riesgos
* Volatilidad de los productos
ULTIMA LÍNEA.-
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