Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Leyes
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TRANSFERENCIA DE PARTIDAS DEL
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS AL DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y
COMERCIO
Ley No. 1654 de 26 de noviembre de 1969
Publicado en La Gaceta No. 289 de 16 de diciembre de 1969.
El Presidente de la República,
a sus habitantes;
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
La Cámara de Diputados y la Cámara de Senado de la República de
Nicaragua,
Decretan:
Artículo 1.-De conformidad con las disposiciones del
Artículo 26 de la Regulaciones Presupuestarias vigentes, se
autoriza al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General
de Ingresos y Egresos de la República, la transferencia por valor
de C$1,286,1333.00 de partidas del Ministerio de Obras Públicas al
Ministerio de Economía, Industria y Comercio, detalladas así:
Nota: ver tabla en La Gaceta No. 289 de 16 de diciembre de
1969
Artículo 2.-La Presente Ley empezará a regir desde la fecha
de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua,
D.N., 26 de noviembre de 1969.- (f) Salvador Castillo, D.P.- (f)
César Acevedo Quiróz, D.S.- (f) Olga Núñez de Saballos,
D.S.
Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado, Managua, D.N., 3 de
diciembre de 1969.- (f) Humberto Castrillo, S.P.- (f) Pablo
Rener, S.S.- (f) Ernesto Chamorro Pasos, S.S.
Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial, Managua, D.N., 4 de
diciembre de 1969.- (f) A. SOMOZA D, Presidente de la República
- (f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y C.P."
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