Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Leyes
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TIÉNESE POR INSTALADA LA CAMARA
DE DIPUTADOS
Decreto No. 1-C de 15 de Noviembre de 1974
Publicado en La Gaceta No. 270 de 26 de Noviembre de 1974
LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,
a los habitantes de la República,
Sabed:
Que la Cámara de Diputados,
ha ordenado lo siguiente:
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
Decreta:
Único.- Tiénese por instalada la Cámara de Diputados en sus
sesiones ordinarias correspondientes al Primer Periodo
Constitucional del Congreso Nacional.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua,
Distrito Nacional, quince de Noviembre de mil novecientos setenta y
cuatro.- C.H. Hüeck, Presidente.- U. Fonseca T., Secretario.- E.
Paguaga M., Secretario.
Por Tanto: Publíquese.- Casa Presidencial.- Managua, D.N., 18 de
Noviembre de mil novecientos setenta y cuatro.- JUNTA NACIONAL
DE GOBIERNO. (f) R. MARTÍNEZ L.- (f) EDM. PAGUAGA I.- (f) A. LOVO
CORDERO.- Doy fe: Luis Valle Olivares, Secretario.- Leandro
Marín Abaunza, Ministro de la Gobernación."
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