Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Leyes
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SE AUMENTA UN MAGISTRADO EN
CORTE DE APELACIONES DE MATAGALPA
Ley No. 1666 de 5 de enero de 1970.
Publicado en La Gaceta No. 38 de 14 de Febrero de 1970.
El Presidente de la República, a sus habitantes,
Sabed,
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de
Nicaragua,
Decretan:
Artículo 1.-Se aumenta un Magistrado en la Corte de
Apelaciones de Matalgapa, la que, se compondrá de seis Magistrados:
tres para la Sala de lo Civil y tres para la Sala de lo Criminal.
El Período del nuevo Magistrado, terminará al mismo tiempo que el
de los restantes Magistrados ya electos.
Artículo 2.-El actual Presidente de la Corte de Apelaciones
de Matagalpa pasará a ser Presidente de la Sala de lo Civil de la
misma Corte. El primer Magistrado electo para la Sala de lo
Criminal será el Presidente de esa Sala. Estos Presidentes
comenzarán a ejercer sus cargos en cuanto principie a funcionar esa
Corte con su nueva integración; y su período como tales terminará
el treinta de abril de mil novecientos setenta.
Artículo 3.-Esta Ley entrará en vigor desde su publicación
en "La Gaceta", Diario Oficial y la nueva organización de la Corte
de Apelaciones de Matagalpa empezará a funcionar una vez que tome
posesión el nuevo Magistrado que se elija.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua,
D.N., 29 de diciembre de 1969.- Orlando Montenegro M., D.P.-
Olga N. De Saballos, D.S.- René Sandino A., D.S.
A Poder Ejecutivo. Cámara del Senado. Managua, D.N., 30 de
diciembre de 1969.- Humberto Castrillo M., S.P.- Pablo Rener,
S.S.- Ernesto Chamorro Pasos, S.S.
Por tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D.N., cinco de
enero de mil novecientos setenta.- A SOMOZA, Presidente de la
República.- M. Buitrago Aja, Ministro de la
Gobernación".
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