Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Leyes
-
(SE APRUEBAN LOS ACTOS DEL PODER
EJECUTIVO EN EL RAMO DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA)
Aprobado el 8 de Junio de 1932
Publicado en La Gaceta No. 168 del 9 de Agosto de 1932
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
DECRETA:
Artículo 1.- Se aprueban los actos del Poder Ejecutivo en la
Cartera de Instrucción Pública y Educación Física, llevados a cabo
en el periodo comprendido del 1 de Diciembre de 1930 al último de
Noviembre de 1931 y de los cuales da cuenta el Ministerio del Ramo
en la Memoria respectiva.
Artículo 2.- Esta ley empezará a regir desde su publicación
en La Gaceta.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua,
D. N., 8 de junio de 1932.- C. URBINA h., D. P.- ART.
ZELAYA, D. S.- EZEQ. FERNÁNDEZ, D. S.- (Aquí un
Sello)
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D. N., 30 de
junio de 1932.- J. ROMÁN GONZÁLEZ, S. P.- J. CAJINA
MORA, S. S.- D. STADTHAGEN, S. S.- (Aquí otro
Sello)
Por Tanto: EJECÚTESE.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., 28 de
junio de 1932.- J. M. MONCADA.- El Ministro de Instrucción
Pública y Educación Física, ANTONIO BARQUERO.
-