Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Propiedad
Rango: Leyes
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PRORRÓGASE POR UN AÑO MÁS LEY DE
INQUILINATO
Ley No. 602 de 4 de Diciembre de 1974.
Publicado en La Gaceta No. 267 de 22 de Noviembre de 1974.
LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,
a los habitantes de la República,
Sabed:
Que la Asamblea Nacional Constituyente ha ordenado lo
siguiente:
La Asamblea Nacional Constituyente de la República de
Nicaragua,
En uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.- Prorrógase por el término de un año, a partir
de la fecha de su vencimiento, las disposiciones del Decreto
Legislativo No. 281 que comprende la Ley de Inquilinato publicada
en "La Gaceta", Diario Oficial No. 248, del 1 de Noviembre de 1957,
y todas sus reformas posteriores.
Artículo 2.- Esta Ley empezará a regir desde el 1 de
Noviembre de 1974 deberá publicarse en "La Gaceta", Diario
Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional
Constituyente.- Managua, D.N., Octubre 30 de 1974.- Cornelio H.
Hüeck, Presidente.- Ramiro Granera Padilla, Secretario.- Arnoldo
Lacayo Maison, Secretario.
Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D.N., siete de
Noviembre de mil novecientos setenta y cuatro.- JUNTA NACIONAL
DE GOBIERNO.- (f) R. MARTÍNEZ L.- (f) EDM. PAGUAGA I.- (f) A. LOVO
CORDERO.- Doy fe: (f) Luis Valle Olivares, Secretario.- (f)
Leandro Marín Abaunza, Ministro de la Gobernación.
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