Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Leyes
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PRORRÓGANSE DISPOSICIONES
SUSPENDIENDO IMPUESTOS RELATIVO A LA LEY DE PLACAS
"NO. 13, Aprobado el 6 de Marzo de 1974
Publicado en La Gaceta No. 64 del 16 de Marzo de 1974
LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO
En uso de las facultades que le confiere el Decreto Legislativo No.
552 del 19 de Diciembre de 1960 (Ley de Placas) y su
Reglamento.
DECRETA:
Artículo 1º.- Se prorroga por el presente año de 1974, las
disposiciones contenidas en el Decreto Ejecutivo No. 9 de 23 de
Marzo de 1973, a excepción del párrafo que dice: "Del Arto. 1º. Las
disposiciones que se refieren al empleo de calcomanías".
Artículo 2º.- Esta Ley comenzará a regir a desde esta misma
fecha y debe ser publicada en "La Gaceta", Diario Oficial.
Comuníquese: Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, a los
seis días de mil novecientos setenta y cuatro. JUNTA NACIONAL DE
GOBIERNO. (f) R. MARTÍNEZ L. (f) E. PAGUAGA I. (f)
A. LOVO CORDERO. Doy fe: (f) Luis Valle Olivares,
Secretario. (f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y C.
P."
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