Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Rango: Leyes
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LEY QUE DEROGA LA LEY DEL
SERVICIO MILITAR PATRIÓTICO
Ley No. 120 Aprobado el 14 de Diciembre 1990
Publicado en la Gaceta No. 2 del 3 de Enero de 1991
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo Nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Considerando
I
Que es necesario llevar tranquilidad y seguridad a la familia
Nicaragüense, garantizando a los jóvenes el derecho a no ser
reclutados al Servicio Militar Patriótico en forma compulsivo.
II
Que es urgente derogar una Ley suspendida para evitar la amenaza
que pende sobre la juventud Nicaragüense, hasta que se pueda dictar
otra más acorde con la realidad nicaragüense,
En uso de sus facultades
Ha dictado
La siguiente:
LEY QUE DEROGA LA LEY DEL SERVICIO MILITAR
PATRIOTICO
Artículo 1.- Derógase la Ley del Servicio Militar
Patriótico, Decreto No. 1327, publicado en "La Gaceta" No. 228 del
6 de Octubre de 1983.
Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de
su publicación por cualquier medio de comunicación, sin perjuicio
de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los trece
días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa.- Myriam
Argüello Morales, Presidente de la Asamblea Nacional.-
Alfredo César Aguirre, Secretario de la Asamblea
Nacional.
Por Tanto.- Téngase como Ley de la República.- Publíquese y
Ejecútese.- Managua, catorce de Diciembre de mil novecientos
noventa.- Violeta Barrios de Chamarro, Presidente de la
República.
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