Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Leyes
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LEY QUE DECLARA PATRIMONIO
HISTÓRICO Y CULTURAL DE LA NACIÓN A LA CIUDAD DE GRANADA
LEY No. 196, Aprobada el de 9 de Mayo de 1995
Publicada en La Gaceta No. 122 de 30 de Junio de 1995
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
La siguiente:
LEY QUE DECLARA PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL DE LA NACIÓN A
LA CIUDAD DE GRANADA
Artículo 1.- Declárese a la Ciudad de Granada Patrimonio
Histórico y Cultural de la Nación.Artículo 2.- El Estado asignará en el Presupuesto General de
la República las partidas necesarias, para la conservación de sus
monumentos históricos.
Artículo 3.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de
su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dada en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional, a los nueve días del mes de Mayo de mil novecientos
noventa y cinco. LUIS HUMBERTO GUZMÁN, Presidente de la
Asamblea Nacional. JULIA MENA RIVERA, Secretaria de la
Asamblea Nacional.
POR TANTO:
Téngase como Ley de la República. Publíquese y Ejecútese. Managua,
dos de Junio de mil novecientos noventa y cinco. VIOLETA BARRIOS
DE CHAMORRO, Presidente de la República de Nicaragua.
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