Ley Que Declara El Dia De La Constitucion Politica

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Leyes - LEY QUE DECLARA EL DÍA DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA" Ley No. 22 de 6 de Marzo de 1987 Publicado en La Gaceta No. 94 de 30 de Abril de 1987 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Hace saber al pueblo nicaragüense que: LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Considerando: I Que la Constitución Política de la República es la primera Carta Magna que realmente representa los intereses y aspiraciones del pueblo nicaragüense; que institucionaliza la Revolución y es una victoria del pueblo que permite la representación democrática de los sectores de nuestra sociedad, estableciendo un nuevo orden político, económico, social y jurídico. II Que el día 9 de Enero de 1987 en Sesión Solemne de la Asamblea Nacional se promulgó la Constitución Política, culminación de un proceso de consulta y discusión con el pueblo y sus Representantes; por consiguiente, es un deber de los Representantes del pueblo nicaragüense establecer un día para reafirmar el respeto y obediencia que se le debe guardar a la Ley Fundamental de la República. Por Tanto: En uso de sus facultades: Ha Dictado:La siguiente: "LEY QUE DECLARA EL DIA DE LA CONSTITUCION POLITICA" Arto. 1.- Declárese el 9 de Enero de cada año, el día del respeto y obediencia a la Constitución Política de Nicaragua en conmemoración, a la elaboración y promulgación de la Ley Fundamental de la República. Arto. 2.- En este día se efectuará a nivel nacional, con carácter obligatorio, en todas las Instituciones del Estado, conmemoraciones que reafirmen nuestro compromiso con la Patria y su Carta Magna. Arto. 3.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Salas de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los treinta y un días del mes de Marzo de mil novecientos ochenta y siete. "AQUI NO SE RINDE NADIE".- Carlos Nuñez Tellez, Presidente de la Asamblea Nacional,- Rafael Solís Cerda, Secretario de la Asamblea Nacional. Tengase como Ley de la República. Publiquese y Ejecútese, Managua, séis de Abril de mil novecientos ochenta y siete. "AQUI NO SE RINDE NADIE".- Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. -