Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Leyes
-
LEY QUE DECLARA EL DÍA 27 DE
JUNIO DE CADA AÑO DÍA DE LA RESISTENCIA NICARAGÜENSE, LA PAZ, LA
UNIDAD, LA LIBERTAD Y RECONCILIACIÓN NACIONAL
LEY No. 796, Aprobada el 13 de Junio de 2012
Publicado en La Gaceta No. 118 del 25 de Junio de 2012
El Presidente de la República de Nicaragua
A sus habitantes, Sabed:
Que,
LA ASAMBLEA NACIONAL
Ha ordenado la siguiente:
LEY QUE DECLARA EL DÍA 27 DE JUNIO DE CADA AÑO DÍA DE LA
RESISTENCIA NICARAGÜENSE, LA PAZ, LA UNIDAD, LA LIBERTAD Y
RECONCILIACIÓN NACIONAL
Artículo 1 Día Nacional de la Resistencia
Nicaragüense.
Se declara el 27 de Junio de cada año, Día de la Resistencia
Nicaragüense, la Paz, la Unidad, la Libertad y Reconciliación
Nacional, en reconocimiento a los hombres y mujeres que
participaron en la guerra que se llevó a cabo desde mil novecientos
ochenta al 27 de junio de mil novecientos noventa, fecha en que se
hizo efectiva la desmovilización en la ciudad de San Pedro de
Lóvago, capital de la Paz, y que optaron por la construcción de una
sociedad en armonía.
Art. 2 Promoción.
Las diferentes autoridades de gobierno, fuerzas y sectores de la
sociedad nicaragüense, las organizaciones de los ex combatientes de
guerra de la Resistencia Nicaragüense y Resistencia Indígena
Nicaragüense -YATAMA, promoverán la conmemoración del 27 de Junio
de cada año, con el objeto de preservar y desarrollar una
conciencia generacional de los valores de unidad y reconciliación
nacional que permita el fomento y desarrollo de una cultura de paz
y tolerancia entre los nicaragüenses.
Art. 3 Vigencia.
La presente Ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dada en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua, a los trece días del mes de
junio del año dos mil doce. Ing. René Núñez Téllez,
Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios
Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.
Por tanto. Téngase como Ley de la República. Publíquese y
Ejecútese. Managua, quince de Junio del año dos mil doce. Daniel
Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.
-