Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Leyes
-
LEY QUE DECLARA AL
GUARDABARRANCO, AVE NACIONAL DE NICARAGUA
LEY No. 795, Aprobada el 15 de Junio de 2012
Publicado en La Gaceta No. 118 del 25 de Junio de 2012
El Presidente de la República de Nicaragua
A sus habitantes, Sabed:
Que,
LA ASAMBLEA NACIONAL
Ha ordenado la siguiente:
LEY QUE DECLARA AL GUARDABARRANCO, AVE NACIONAL DE
NICARAGUA
Artículo 1 Declárese al Guardabarranco (Eumomota
Superciliosa), Ave Nacional de Nicaragua.
Art. 2 El Ministerio de Educación, deberá incorporar en la
asignatura Medio Ambiente y los Recursos Naturales creada por la
Ley No. 342, Ley Creadora de la Asignatura del Medio Ambiente y los
Recursos Naturales, publicada en La Gaceta No. 102 del 31 de mayo
del 2000, conocimientos sobre el Guardabarranco (Eumomota
Superciliosa) y el Ministerio del Ambiente y de los Recursos
Naturales, deberá dictar normas para la protección del mismo y de
su medio ambiente.
Art. 3 La presente Ley entrará en vigencia a partir de la
fecha de su publicación por cualquier medio de comunicación social
escrito de circulación nacional, sin perjuicio de su posterior
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dada en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua, a los trece días del mes de
junio del año dos mil doce. Ing. René Núñez Téllez,
Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios
Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.
Por tanto. Téngase como Ley de la República. Publíquese y
Ejecútese. Managua, quince de Junio del año dos mil doce. Daniel
Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.
-