Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Penal
Rango: Leyes
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LEY DEROGATORIA DEL DECRETO
1074
LEY No. 66, Aprobada el 10 de octubre de 1989
Publicada en La Gaceta No. 244 del 26 de diciembre de 1989
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Ha Dictado
La siguiente:
LEY DEROGATORIA DEL DECRETO 1074
Artículo 1.- Derógase el Decreto No. 1074 del 6 de Julio de
1982, publicado en la Gaceta, Diario Oficial Número 167 del 17 de
Julio de 1982 y su Reforma.
Artículo 2.- Todas las disposiciones del Código Penal
referidas a las conductas delictivas sancionadas en el Decreto 1074
mantienen su plena vigencia.
Artículo 3.- Los delitos no contemplados en la presente
Ley y cuyo procedimiento se rige por el Decreto 896, se seguirán
tramitando conforme ese Decreto.
Artículo 4.- Las causas ya iniciadas al momento de entrar
en vigencia esta Ley, con fundamento en el Decreto 1074 se
continuarán tramitando hasta su sentencia firme conforme el
procedimiento establecido en el Decreto 896.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los diez
días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y nueve. Año
del Décimo Aniversario. - Carlos Núñez Téllez . Presidente
de la Asamblea Nacional. Rafael Solís Cerda . Secretario de
la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Téngase como Ley de la República. Publíquese y
Ejecútese, Managua treinta de Octubre de mil novecientos ochenta y
nueve. Año del Décimo Aniversario. - Daniel Ortega
Saavedra. Presidente de la República.
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