Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Leyes
-
LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY N°.
918, LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPÚBLICA
2016
LEY N°. 934, Aprobada el 21 de Septiembre de 2016
Publicada en La Gaceta No. 179 del 26 de Septiembre de 2016
El Presidente de
la República de Nicaragua
A sus habitantes, Sabed:
Que,
La Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua
Ha ordenado lo siguiente:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Ha dictado la siguiente:
LEY N°. 934
LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY N°. 918, LEY ANUAL DE PRESUPUESTO
GENERAL DE LA REPÚBLICA 2016
Artículo 1 Increméntese el Presupuesto General de Ingresos
para el ejercicio presupuestario 2016 en la suma de
C$2,138,713,440.00 (DOS MIL CIENTO TREINTA Y OCHO MILLONES
SETECIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA CÓRDOBAS NETOS), de
los cuales C$2,138,484,983.00 (DOS MIL CIENTO TREINTA Y OCHO
MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y
TRES CÓRDOBAS NETOS) es en concepto de ingresos corrientes y
C$228,457.00 (DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y
SIETE CÓRDOBAS NETOS) en ingresos de capital, de acuerdo a la
distribución por fuentes de ingresos contenida en el Anexo N° I y
N° I-A.
Artículo 2 Increméntese el Presupuesto General de Egresos
para el ejercicio presupuestario 2016 en la suma de
C$1,429,847,821.00 (UN MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES
OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTIÚN CÓRDOBAS
NETOS), de los cuales C$1,008,365,311.00 (UN MIL OCHO MILLONES
TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS ONCE CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$421,482,510.00 (CUATROCIENTOS
VEINTIÚN MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS DIEZ
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, de conformidad a las
modificaciones de incrementos, reducciones y reasignaciones, que a
continuación se detallan:
I. Increméntese o asígnese, en su
caso, las partidas presupuestarias de los ministerios e
instituciones siguientes, por el monto de C$2,671,677,364.00 (DOS
MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE
MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS), cuyo detalle y
fuente de financiamiento se presenta en Anexo
No. II.
1) A la Asamblea Nacional, la suma de C$11,603,311.00 (ONCE
MILLONES SEISCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS ONCE CÓRDOBAS NETOS), de
los cuales C$4,627,277.00 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTISIETE
MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$6,976,034.00 (SEIS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y
SEIS MIL TREINTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
2) A la Corte Suprema de Justicia, la suma de C$57,193,913.00
(CINCUENTA Y SIETE MILLONES CIENTO NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS
TRECE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
3) Al Consejo Supremo Electoral, la suma de C$65,500,000.00
(SESENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
4) A la Contraloría General de la República, la suma de
C$5,311,368.00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS
SESENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
5) A la Presidencia de la República, la suma de C$27,790,722.00
(VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS VEINTIDÓS
CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$18,257,660.00 (DIECIOCHO MILLONES
DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA CÓRDOBAS
NETOS) corresponden a gasto corriente y C$9,533,062.00 (NUEVE
MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL SESENTIDOS CÓRDOBAS NETOS) a
gasto de capital.
6) Al Ministerio de Gobernación, la suma de C$89,572,133.00
(OCHENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL CIENTO
TREINTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$45,528,230.00
(CUARENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS
TREINTA CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$44,043,903.00 (CUARENTA Y CUATRO MILLONES CUARENTA Y TRES MIL
NOVECIENTOS TRES CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
7) Al Ministerio de Defensa, la suma de C$359,803,179.00
(TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL CIENTO
SETENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$154,999,440.00
(CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL
CUATROCIENTOS CUARENTA CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$204,803,739.00 (DOSCIENTOS CUATRO MILLONES
OCHOCIENTOS TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) a
gasto de capital.
8) Al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la suma de
C$315,045,457.00 (TRESCIENTOS QUINCE MILLONES CUARENTA Y CINCO MIL
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$77,559,933.00 (SETENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y
NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) corresponden a
gasto corriente y C$237,485,524.00 (DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE
MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
9) Al Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, la suma de
C$4,096,167.00 (CUATRO MILLONES NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA Y
SIETE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$1,296,167.00 (UN MILLÓN
DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA Y SIETE CÓRDOBAS
NETOS) corresponden a gasto corriente y C$2,800,000.00 (DOS
MILLONES OCHOCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
10) Al Ministerio de Transporte e Infraestructura, la suma de
C$270,604,925.00 (DOSCIENTOS SETENTA MILLONES SEISCIENTOS CUATRO
MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$5,956,127.00 (CINCO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL
CIENTO VEINTISIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$264,648,798.00 (DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS
CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) a
gasto de capital.
11) Al Ministerio del Trabajo la suma de C$4,049,795.00 (CUATRO
MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO CÓRDOBAS
NETOS), de los cuales C$2,049,795.00 (DOS MILLONES CUARENTA Y NUEVE
MIL SETECIENTOS NOVENTICINCO CÓRDOBAS NETOS), corresponden a gasto
corriente y C$2,000,000.00 (DOS MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) a gasto
de capital.
12) Al Ministerio del Ambiente y de
los Recursos Naturales, la suma de C$12,303,087.00 (DOCE MILLONES
TRESCIENTOS TRES MIL OCHENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) en gasto de
capital.
13) Al Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez, la suma de
C$1,950,874.00 (UN MILLÓN NOVECIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS
SETENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
14) Al Ministerio de Energía y Minas, la suma de C$26,496,969.00
(VEINTISÉIS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS
SESENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
15) Al Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y
Asociativa, la suma de C$126,081,551.00 (CIENTO VEINTISÉIS MILLONES
OCHENTA Y UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS), de los
cuales C$1,700,397.00 (UN MILLÓN SETECIENTOS MIL TRESCIENTOS
NOVENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$
124,381,154.00(CIENTO VEINTICUATRO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y
UN MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
16) Al Ministerio de la Mujer, la suma de C$361,000.00 (TRESCIENTOS
SESENTA Y UN MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
17) A la Policía Nacional, la suma de C$116,580,563.00 (CIENTO
DIECISÉIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES
CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
18) A la Procuraduría General de la República, la suma de
C$22,726,484.00 (VEINTIDÓS MILLONES SETECIENTOS VEINTISÉIS MIL
CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$20,726,484.00 (VEINTE MILLONES SETECIENTOS VEINTISÉIS MIL
CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$2,000,000.00 (DOS MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) a gasto
de capital.
19) A la Partida de Asignaciones y Subvenciones, la suma de
C$1,154,605,866.00 (UN MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MILLONES
SEISCIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS),
de los cuales C$547,643,590.00 (QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE
MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$606,962,276.00
(SEISCIENTOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS
SETENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, conforme la
siguiente distribución y detalle:
19.1 A la Asociación de Scouts de
Nicaragua, la suma de C$200,000.00 (DOSCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS)
en gasto corriente.
19.2 Al Benemérito Cuerpo de Bomberos de Managua, la suma de
C$100,000.00 (CIEN MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
19.3 A la Cinemateca Nacional, la suma de C$5,106,284.00 (CINCO
MILLONES CIENTO SEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CÓRDOBAS
NETOS), de los cuales C$3,629,321.00 (TRES MILLONES SEISCIENTOS
VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTIÚN CÓRDOBAS NETOS) corresponden a
gasto corriente y C$1,476,963.00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS SETENTA Y
SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
19.4 A la partida Comisiones Bancarias, la suma de
C$4,229,000.00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL CÓRDOBAS
NETOS) en gasto corriente.
19.5 A la Comisión de Apelación del Servicio Civil, la suma de
C$535,424.00 (QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS
VEINTICUATRO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$315,424.00
(TRESCIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$220,000.00 (DOSCIENTOS VEINTE
MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
19.6 Al Consejo Nacional del Deporte, la Educación Física y la
Recreación Física, la suma de C$57,294,414.00 (CINCUENTA Y SIETE
MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CATORCE
CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$55,242,758.00 (CINCUENTA Y CINCO
MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$2,051,656.00
(DOS MILLONES CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
19.7 A la Comisión Nacional de Registro y Control de Sustancias
Tóxicas, la suma de C$8,347,458.00 (OCHO MILLONES TRESCIENTOS
CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CÓRDOBAS
NETOS), de los cuales C$7,002,764.00 (SIETE MILLONES DOS MIL
SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$1,344,694.00 (UN MILLÓN TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO
MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
19.8 A Correos de Nicaragua, la suma de C$2,000,000.00 (DOS
MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.
19.9 A las Cooperativas de Transporte Urbano Colectivo del
Municipio de Managua y Municipio de Ciudad Sandino, la suma de
C$21,897,000.00 (VEINTIÚN MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL
CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
19.10 A la Dirección General de Ingresos, la suma de
C$23,656,733.00 (VEINTITRÉS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS
MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
19.11 A la Dirección General de Servicios Aduaneros, la suma de
C$23,154,620.00 (VEINTITRÉS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL
SEISCIENTOS VEINTE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
19.12 A la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillado
Sanitario, la suma de C$150,986,290.00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES
NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA CÓRDOBAS NETOS)
en gasto de capital.
19.13 A la Empresa Nicaragüense de Electricidad, la suma de
C$62,880,600.00 (SESENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL
SEISCIENTOS CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente. De este monto,
C$50,206,026.00 (CINCUENTA MILLONES DOSCIENTOS SEIS MIL VEINTISÉIS
CÓRDOBAS NETOS) se financian con Rentas del Tesoro y
C$12,674,574.00 (DOCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL
QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) con Donación del BID.
Las Rentas del Tesoro se destinan para cancelación de mora
(2000-2016) por servicio de energía eléctrica con Sistemas Aislados
brindado a Universidades BICU y URACCAN, Gobiernos Regionales y
Territoriales y subsidio a jubilados.
19.14 A la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica, la suma de
C$139,420,826.00 (CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS
VEINTE MIL OCHOCIENTOS VEINTISÉIS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$8,305,242.00 (OCHO MILLONES TRESCIENTOS CINCO MIL DOSCIENTOS
CUARENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$131,115,584.00 (CIENTO TREINTA Y UN MILLONES CIENTO QUINCE MIL
QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
19.15 A la Empresa Portuaria Nacional la suma de C$25,000,000.00
(VEINTICINCO MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.
19.16 Al Fondo de Mantenimiento Vial, la suma de C$99,888,142.00
(NOVENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO
CUARENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
19.17 Al Fondo de Desarrollo Pesquero, la suma de C$1,321,081.00
(UN MILLÓN TRESCIENTOS VEINTIÚN MIL OCHENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) en
gasto corriente.
19.18 Al Fondo de Desarrollo Minero, la suma de C$9,086,161.00
(NUEVE MILLONES OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA Y UN CÓRDOBAS
NETOS), de los cuales C$1,540,173.00 (UN MILLÓN QUINIENTOS CUARENTA
MIL CIENTO SETENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$7,545,988.00 (SIETE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y
CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
19.19 Al Fondo para Adquisición de Viviendas de Interés Social,
la suma de C$4,000,000.00 (CUATRO MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en
gasto corriente.
19.20 A la Alcaldía de Niquinohomo, la suma de C$3,652,973.00
(TRES MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA
Y TRES CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
19.21 Al Gobierno Regional Autónomo de la Costa Caribe Norte, la
suma de C$7,740,777.00 (SIETE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA MIL
SETECIENTOS SETENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
19.22 Al Instituto de la Vivienda Urbana y Rural, la suma de
C$4,252,812.00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL
OCHOCIENTOS DOCE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
19.23 Al Instituto Nacional de Defensa del Consumidor la suma de
C$419,000.00 (CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
19.24 Al Instituto Nacional Forestal, la suma de C$36,653,449.00
(TREINTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL
CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$33,853,449.00 (TREINTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y
TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$2,800,000.00 (DOS MILLONES
OCHOCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
19.25 Al Instituto Nacional Tecnológico, la suma de
C$74,452,893.00 (SETENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA
Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$4,193,480.00 (CUATRO MILLONES CIENTO NOVENTA Y TRES MIL
CUATROCIENTOS OCHENTA CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$70,259,413.00 (SETENTA MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA
Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TRECE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
19.26 Al Instituto Nacional de Promoción de la Competencia, la
suma de C$623,342.00 (SEISCIENTOS VEINTITRÉS MIL TRESCIENTOS
CUARENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
19.27 Al Instituto Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados,
la suma de C$459,208.00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL
DOSCIENTOS OCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
19.28 Al Instituto Nicaragüense de Deportes, la suma de
C$871,178.00 (OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA Y OCHO
CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
19.29 Al Instituto Nicaragüense de Cultura, la suma de
C$2,971,410.00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL
CUATROCIENTOS DIEZ CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$971,410.00
(NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DIEZ CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$2,000,000.00 (DOS MILLONES DE
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
19.30 Al Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales, la
suma de C$12,747,854.00 (DOCE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE
MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$6,800,173.00 (SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL CIENTO SETENTA Y TRES
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$5,947,681.00
(CINCO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS
OCHENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
19.31 Al Instituto Nicaragüense de la Pesca y Acuicultura, la
suma de C$5,270,085.00 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL
OCHENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$3,270,085.00 (TRES
MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL OCHENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS)
corresponde a gasto corriente y C$2,000,000.00 (DOS MILLONES DE
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
19.32 Al Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria, la suma
de C$9,961,388.00 (NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y UN MIL
TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
19.33 Al Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal, la suma de
C$8,306,039.00 (OCHO MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL TREINTA Y NUEVE
CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$2,000,000.00 (DOS MILLONES DE
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente para protección de
costas y taludes en Corn Island y Little Corn Island C$6,306,039.00
y (SEIS MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL TREINTA Y NUEVE CÓRDOBAS
NETOS) a gasto de capital.
19.34 Al Instituto Tecnológico Nacional, la suma de
C$2,180,671.00 (DOS MILLONES CIENTO OCHENTA MIL SEISCIENTOS SETENTA
Y UN CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
19.35 Al Ministerio Público, la suma de C$10,284,750.00 (DIEZ
MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA
CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$8,284,750.00 (OCHO MILLONES
DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA CÓRDOBAS
NETOS) corresponden a gasto corriente y C$2,000,000.00 (DOS
MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
19.36 A la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos,
la suma de C$71,421.00 (SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS VEINTIÚN
CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
19.37 Al Programa Usura Cero, la suma de C$6,717,111.00 (SEIS
MILLONES SETECIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO ONCE CÓRDOBAS NETOS) en
gasto corriente.
19.38 Al Sistema Nacional de Prevención, Mitigación y Atención
de Desastres la suma de C$4,500,000.00 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS
MIL CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$2,500,000.00 (DOS MILLONES
QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$2,000,000.00 (DOS MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
19.39 Al Subsidio al Consumo de Energía, Agua y Telefonía para
Jubilados, la suma de C$13,500,000.00 (TRECE MILLONES QUINIENTOS
MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
19.40 A Subvenciones a Centros Religiosos, Culturales,
Deportivos y Organizaciones sin fines de lucro, la suma de
C$13,550,000.00 (TRECE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL CÓRDOBAS
NETOS) de los cuales C$8,500,000.00 (OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$5,050,000.00
(CINCO MILLONES CINCUENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital,
de acuerdo a la distribución contenida en los Anexos No.
II-B y No. II-C.
19.41 Al Teatro Nacional Rubén Darío, la suma de C$1,268,000.00
(UN MILLÓN DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
19.42 A Transferencia a las Asociaciones de Bombero Voluntarios
por Ley No. 837, la suma de C$2,500,000.00 (DOS MILLONES
QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
19.43 A Transferencias a las Alcaldías por Recaudación del
Impuesto Selectivo de Consumo (ISC-IMI), la suma de C$6,253,455.00
(SEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS
CINCUENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
19.44 A Transferencia Municipal, la suma de C$198,256,690.00
(CIENTO NOVENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL
SEISCIENTOS NOVENTA CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$19,709,115.00
(DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS NUEVE MIL CIENTO QUINCE CÓRDOBAS
NETOS) corresponden a gasto corriente y C$178,547,575.00 (CIENTO
SETENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS
SETENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, de acuerdo a la
distribución contenida en el Anexo No. II - A.
19.45 A Transferencias a las Alcaldías y Comunidades Indígenas
por Recaudación de Pesca y Acuicultura, la suma de C$401,806.00
(CUATROCIENTOS UN MIL OCHOCIENTOS SEIS CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
19.46 A Transferencias a las Alcaldías y Comunidades Indígenas
por Recaudación de Aprovechamiento y Servicio Forestal, la suma de
C$1,657,764.00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL
SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
19.47 Al Tribunal Aduanero y Tributario Administrativo, la suma
de C$186,888.00 (CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y
OCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
19.48 A las Universidades y Centros de Educación Técnica
Superior, la suma de C$85,790,869.00 (OCHENTA Y CINCO MILLONES
SETECIENTOS NOVENTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE CÓRDOBAS
NETOS), de los cuales C$77,480,476.00 (SETENTA Y SIETE MILLONES
CUATROCIENTOS OCHENTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS CÓRDOBAS
NETOS) corresponden a gasto corriente y C$8,310,393.00 (OCHO
MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES CÓRDOBAS
NETOS) a gasto de capital.
II. Redúzcase las partidas
presupuestarias de las instituciones señaladas a continuación por
el monto total de C$1,241,829,543.00 (UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y
UN MILLONES OCHOCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES
CÓRDOBAS NETOS) y cuyo detalle y fuente de financiamiento se
presenta en Anexo No. III.
1) Al Ministerio de Relaciones
Exteriores, la suma de C$39,001,566.00 (TREINTA Y NUEVE MILLONES UN
MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$28,825,978.00 (VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL
NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$10,175,588.00 (DIEZ MILLONES CIENTO SETENTA Y CINCO
MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
2) Al Ministerio de Educación, la suma de C$281,068,834.00
(DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS
TREINTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$8,471,669.00
(OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y
NUEVE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$272,597,165.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS
NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO SESENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) a gasto
de capital.
3) Al Ministerio Agropecuario, la suma de C$57,692,685.00
(CINCUENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL
SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) en gasto de
capital.
4) Al Ministerio de Salud, la suma de C$323,203,896.00 (TRESCIENTOS
VEINTITRÉS MILLONES DOSCIENTOS TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS
CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.
5) Al Ministerio de Energía y Minas, la suma de C$30,977,722.00
(TREINTA MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS
VEINTIDÓS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$22,614,743.00 (VEINTIDÓS
MILLONES SEISCIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$8,362,979.00
(OCHO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y
NUEVE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
6) Al Ministerio de la Juventud, la suma de C$595,000.00
(QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
7) A la Partida de Asignaciones y Subvenciones la suma de
C$307,466,872.00 (TRESCIENTOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA
Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$80,944,767.00 (OCHENTA MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL
SETECIENTOS SESENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$226,522,105.00 (DOSCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES
QUINIENTOS VEINTIDÓS MIL CIENTO CINCO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital, conforme la siguiente distribución y detalle:
7.1 A la Corte Centroamericana de
Justicia, la suma de C$400,000.00 (CUATROCIENTOS MIL CÓRDOBAS
NETOS) en gasto corriente.
7.2 Al Fondo Nacional de Desarrollo Forestal, la suma de
C$15,430,305.00 (QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL
TRESCIENTOS CINCO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
7.3 Al Fondo de Inversión Social de Emergencia, la suma de
C$226,172,105.00 (DOSCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES CIENTO SETENTA Y
DOS MIL CIENTO CINCO CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.
7.4 Al Ordenamiento de la Propiedad la suma de C$34,100,000.00
(TREINTA Y CUATRO MILLONES CIEN MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
7.5 A la Secretaría de Integración Económica Centroamericana, la
suma de C$300,000.00 (TRESCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
7.6 Al Subsidio de Energía en Asentamientos en Barrios
Económicamente Vulnerables, la suma de C$10,000,000.00 (DIEZ
MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
7.7 Subvenciones a Centros Religiosos, Culturales, Deportivos y
Organizaciones sin fines de Lucro, la suma de C$500,000.00
(QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) de los cuales C$150,000.00 (CIENTO
CINCUENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$350,000.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital, conforme el detalle que se presenta en el Anexo
No. III-B.
7.8 A Transferencia a las Alcaldías por Recaudaciones de
Exploración y Explotación Minera, la suma de C$3,537,272.00 (TRES
MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS
CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
7.9 A Transferencia a las Alcaldías y Comunidades Indígenas por
Recaudación de Aprovechamiento y Servicio Forestal, la suma de
C$9,984,909.00 (NUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL
NOVECIENTOS NUEVE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
7.10 A Transferencia a las Alcaldías y Comunidades Indígenas por
Recaudación de Pesca y Acuicultura la suma de C$1,042,281.00 (UN
MILLÓN CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS)
en gasto corriente.
7.11 A las Universidades (Energía Eléctrica, Agua y Telefonía
Nacional) la suma de C$6,000,000.00 (SEIS MILLONES DE CÓRDOBAS
NETOS) en gasto corriente.
8) Al Servicio de la Deuda Pública la suma de C$201,822,968.00
(DOSCIENTOS UN MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIDÓS MIL NOVECIENTOS
SESENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, conforme el
detalle que se presenta en el Anexo No. III A.
III. Reasígnese las partidas presupuestarias
intra-institucionales por un monto de C$1,631,248,172.00 (UN MIL
SEISCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL
CIENTO SETENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS), cuyos montos y detalle se
presentan en el Anexo N° IV y No.
IV-A.
Artículo 3 Como consecuencia de las modificaciones del
Presupuesto General de Ingresos y del Presupuesto General de
Egresos, redúzcase el Déficit Presupuestario Global en la suma de
C$708,865,619.00 (SETECIENTOS OCHO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y
CINCO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CÓRDOBAS NETOS).
Artículo 4 Redúzcase en el Presupuesto General de la
República 2016 el monto de C$445,969,471.00 (CUATROCIENTOS CUARENTA
Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS
SETENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) en el concepto de donaciones externas,
de la Necesidad de Financiamiento Neto, producto de las
ampliaciones, reducciones y reasignaciones contenidas en el
artículo 2 de esta Ley.
Artículo 5 Increméntese el Financiamiento Externo Neto en la
suma de C$112,394,813.00 (CIENTO DOCE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA
Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS TRECE CÓRDOBAS NETOS), en el concepto de
desembolso de préstamos externos, producto de ampliaciones,
reducciones y reasignaciones contenidas en el artículo 2 de esta
Ley.
Artículo 6 Increméntese el Financiamiento Interno Neto en un
monto de C$375,290,961.00 (TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES
DOSCIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS),
correspondiente a la amortización del servicio de la Deuda Pública
Interna (Anexo No. V y No. VI).
Artículo 7 Modifíquese el artículo 1, de la Ley N° 918, Ley
Anual de Presupuesto General de la República 2016, el cual se leerá
así: Apruébese el Presupuesto General de Ingresos para el
ejercicio presupuestario 2016 por un monto estimado de
C$65,451,587,839.00 (SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y
UN MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y
NUEVE CÓRDOBAS NETOS), de los que C$65,443,618,067.00 (SESENTA Y
CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS
DIECIOCHO MIL SESENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponde a
ingresos corrientes y C$7,969,772.00 (SIETE MILLONES NOVECIENTOS
SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) a
ingresos de capital, que forman parte de la Ley.
Artículo 8 Modifíquese el primer párrafo del artículo 2, de
la Ley N° 918, Ley Anual de Presupuesto General de la República
2016, el cual se leerá así: Apruébese el Presupuesto General de
Egresos para el ejercicio presupuestario 2016 en la suma de
C$73,376,721,921.00 (SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS
MILLONES SETECIENTOS VEINTIÚN MIL NOVECIENTOS VEINTIÚN CÓRDOBAS
NETOS), distribuidos en C$53,516,073,975.00 (CINCUENTA Y TRES MIL
QUINIENTOS DIECISÉIS MILLONES SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS
SETENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente y
C$19,860,647,946.00 (DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA MILLONES
SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS
CÓRDOBAS NETOS) para gasto de capital. La distribución del
Presupuesto General de Egresos será por organismos, programa,
proyecto y grupo de gastos en la forma y monto cuyo detalle es
parte de la Ley.
Artículo 9 Se autoriza al Ministerio de Hacienda y Crédito
Público a proceder con la aprobación de los registros de
reasignación o traslados de partidas presupuestarias
intrainstitucionales, relativos a los registros de la ejecución de
la transferencia del Gobierno Central en el SIGFA AUTÓNOMO 2016 de
Entidades Descentralizadas por Funciones, conforme el detalle de
instituciones, montos y fuentes de financiamiento contenido en el
Anexo No. VII.
Artículo 10 Dentro del contexto del Programa Económico
Financiero 2016 y su objetivo central la generación de riqueza y
reducción de pobreza como elementos aglutinadores del desarrollo
económico y social de la nación, en el caso que el Gobierno de
Reconciliación y Unidad Nacional obtenga mayores recursos externos
de financiamiento, se autoriza al Ministerio de Hacienda y Crédito
Público a incorporar al Presupuesto General de Egresos 2016,
mediante crédito presupuestario adicional a los organismos, así
como su respectiva fuente de financiamiento, los recursos a ser
ejecutados provenientes de desembolsos de préstamos internacionales
aprobados por la Asamblea Nacional y destinados a programas y/o
proyectos, y cuyos montos no figuren en el ejercicio presupuestario
vigente. Igual procedimiento de incorporación se aplicará a las
operaciones de donaciones externas regidas a través de convenios de
cooperación. Estas incorporaciones de desembolsos de préstamos y de
donaciones serán hasta el monto equivalente al dos por ciento del
Presupuesto General de Egresos 2016, aprobado en el artículo 2 de
la Ley N° 918, Ley Anual de Presupuesto General de la República
2016.
El Ministerio de Hacienda y Crédito
Público deberá informar mensualmente a la Comisión de Producción,
Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, a través de la
Dirección General de Análisis y Seguimiento Presupuestario y
Económico, y a la Contraloría General de la República, la suma
confirmada de incorporación en los créditos presupuestarios
institucionales. La programación y registro de la ejecución
presupuestaria de estos recursos se harán conforme el Sistema
Integrado de Gestión Financiera, Administrativa y Auditoría y de
acuerdo a las Normas y Procedimientos de Ejecución y Control
Presupuestario vigente.
Artículo 11 La presente Ley entrará en vigencia a partir de
su publicación, por cualquier medio de comunicación social escrito,
sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dada en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua, a los veintiún días del mes
de septiembre del año dos mil dieciséis. Lic. Iris Montenegro
Blandón, Presidenta por la Ley de la Asamblea Nacional. Lic.
Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea
Nacional.
Por Tanto. Téngase como Ley de la República. Publíquese y
Ejecútese. Managua, veintitrés de Septiembre del año dos mil
dieciséis. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la
República de Nicaragua.
Nota Aclaratoria: Ver Anexos en Gaceta No. 176 del 26 de
Septiembre de 2016 en las páginas 7900 a la 7958.
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