Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Leyes
-
LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY N°.
851, LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPÚBLICA
2014
LEY No. 877, Aprobada el 28
de Agosto de 2014
Publicada en La Gaceta No. 169 del 5 de Septiembre de 2014
El Presidente de la República de Nicaragua
A sus habitantes, Sabed:
Que,
La Asamblea Nacional de la
República de Nicaragua
Ha ordenado lo siguiente:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
Ha dictado la siguiente:
LEY
No. 877
LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY N°. 851, LEY ANUAL DE PRESUPUESTO
GENERAL DE LA REPÚBLICA 2014
Artículo 1 Redúzcase el Presupuesto General de Ingresos para
el ejercicio presupuestario 2014 en la suma de C$3,077,459,003.00
(TRES MIL SETENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE
MIL TRES CÓRDOBAS NETOS), en concepto de ingresos corrientes y de
capital, de acuerdo a la distribución por fuentes de ingresos
contenida en el Anexo N° I.
Art. 2 Redúzcase el Presupuesto General de Egresos para el
ejercicio presupuestario 2014 en la suma de C$1,042,216,357.00 (UN
MIL CUARENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS DIECISEIS MIL TRESCIENTOS
CINCUENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$442,658,598.00
(CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO
MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$599,557,759.00 (QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES
QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto de capital, de conformidad a
las modificaciones de incrementos, reducciones y reasignaciones,
que a continuación se detallan:
I. Increméntese o asígnese, en su caso, las partidas
presupuestarias de los ministerios e instituciones siguientes, por
el monto de C$435,516,373.00 (CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO
MILLONES QUINIENTOS DIECISEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES
CÓRDOBAS NETOS) y cuyo detalle y fuente de financiamiento se
presenta en Anexo N°. II.
1. A la Asamblea Nacional la suma de C$4,097,184.00 (CUATRO
MILLONES NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO CÓRDOBAS
NETOS), en gasto de capital.
2. A la Presidencia de la República la suma de C$11,444,337.00
(ONCE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS
TREINTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$4,544,337.00
(CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS
TREINTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$6,900,000.00 (SEIS MILLONES NOVECIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) a
gasto de capital.
3. Al Ministerio de Relaciones Exteriores la suma de C$4,277,272.00
(CUATRO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA
Y DOS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$4,153,772.00 (CUATRO
MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$123,500.00
(CIENTO VEINTE Y TRES MIL QUINIENTOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
4. Al Ministerio Agropecuario la suma de C$12,205,182.00 (DOCE
MILLONES DOSCIENTOS CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS),
corresponden a gasto de capital para el Instituto Nicaragüense de
Tecnología Agropecuaria.
5. Al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales la suma
de C$3,476,000.00 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL
CÓRDOBAS NETOS), que corresponde a gasto de capital.
6. Al Ministerio de la Mujer la suma de C$539,000.00 (QUINIENTOS
TREINTA Y NUEVE MIL CÓRDOBAS NETOS), que corresponde a gasto
corriente.
7. A la Procuraduría General de la República la suma de
C$515,323.00 (QUINIENTOS QUINCE MIL TRESCIENTOS VEINTITRÉS CÓRDOBAS
NETOS), en gasto corriente.
8. A la partida de Asignaciones y Subvenciones la suma de
C$398,962,075.00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS
SESENTA Y DOS MIL SETENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$335,476,579.00 (TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES
CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$63,485,496.00
(SESENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital,
conforme la siguiente distribución y detalle:
8.1 A la Asociación Científica y Cultural Zoológico Thomas Belt la
suma de C$150,000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL CÓRDOBAS NETOS), en
gasto corriente.
8.2 A la Catedral Metropolitana de León la suma de C$2,000,000.00
(DOS MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
8.3 Al Consejo Nacional del Deporte, la Educación Física y la
Recreación Física la suma de C$26,668,000.00 (VEINTISEIS MILLONES
SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$25,016,000.00 (VEINTICINCO MILLONES DIECISEIS MIL CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$1,652,000.00 (UN MILLÓN
SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
8.4 A Cooperativas de Transporte Urbano Colectivo del Municipio de
Managua y Municipio de Ciudad Sandino la suma de C$27,500,000.00
(VEINTISIETE MILLONES QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS), en gasto
corriente.
8.5 A la partida Comisiones Bancarias la suma de C$3,200,000.00
(TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS), en gasto
corriente.
8.6 Al Fondo de Inversión Social de Emergencia la suma de
C$39,035,290.00 (TREINTA Y NUEVE MILLONES TREINTA Y CINCO MIL
DOSCIENTOS NOVENTA CÓRDOBAS NETOS), a gasto de capital.
8.7 Al Fondo de Mantenimiento Vial la suma de C$107,728,727.00
(CIENTO SIETE MILLONES SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS
VEINTISIETE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$106,168,727.00 (CIENTO
SEIS MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS VEINTISIETE
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$1,560,000.00 (UN
MILLÓN QUINIENTOS SESENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
8.8 Al Foro Nicaragüense de Cultura la suma de C$250,000.00
(DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CÓRDOBAS NETOS), en gasto
corriente.
8.9 Al Gobierno Regional Autónomo Atlántico Sur la suma de
C$1,434,151.00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO
CINCUENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
8.10 Al Instituto Nacional de Defensa del Consumidor la suma de
C$250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CÓRDOBAS NETOS), en gasto
corriente.
8.11 Al Instituto Nacional Forestal la suma de C$42,632,400.00
(CUARENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL
CUATROCIENTOS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$28,774,588.00
(VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS
OCHENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$13,857,812.00 (TRECE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL
OCHOCIENTOS DOCE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
8.12 Al Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria la suma de
C$108,984,670.00 (CIENTO OCHO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO
MIL SEISCIENTOS SETENTA CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$103,879,276.00 (CIENTO TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE
MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$5,105,394.00 (CINCO MILLONES CIENTO CINCO MIL
TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
8.13 Al Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales la suma de
C$2,965,839.00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL
OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), en gasto
corriente.
8.14 Al Instituto Tecnológico Nacional la suma de C$209,000.00
(DOSCIENTOS NUEVE MIL CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
8.15 A La Gaceta la suma de C$1,000,000.00 (UN MILLÓN DE CÓRDOBAS
NETOS), de los cuales C$400,000.00 (CUATROCIENTOS MIL CÓRDOBAS
NETOS) corresponden a gasto corriente y C$600,000.00 (SEISCIENTOS
MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
8.16 A la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos la
suma de C$1,419,160.00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS DIESCINUEVE MIL
CIENTO SESENTA CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
8.17 Al Programa Usura Cero la suma de C$22,025,396.00 (VEINTIDÓS
MILLONES VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS CÓRDOBAS
NETOS), en gasto corriente.
8.18 A la partida subvenciones a centros religiosos, culturales,
deportivos y organizaciones sin fines de lucro, la suma de
C$7,475,000.00 (SIETE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL
CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$5,800,000.00 (CINCO MILLONES
OCHOCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente y C$1,675,000.00
(UN MILLÓN SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto
de capital, según detalle en Anexo No. II-A y
II-B.
8.19 Al Teatro Nacional Rubén Darío la suma de C$1,458,079.00 (UN
MILLÓN CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETENTA Y NUEVE CÓRDOBAS
NETOS), en gasto corriente.
8.20 A las Transferencias a las Alcaldías y Comunidades Indígenas
por Recaudación de Aprovechamiento y Servicio Forestal la suma de
C$2,576,363.00 (DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MIL
TRESCIENTOS SESENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS), en gasto
corriente.
II. Redúzcase las partidas presupuestarias de las instituciones
señaladas a continuación por el monto total de C$1,477,732,730.00
(UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS TREINTA
Y DOS MIL SETECIENTOS TREINTA CÓRDOBAS NETOS) y cuyo detalle y
fuente de financiamiento se presenta en Anexo N°. III.
1. A la Corte Suprema de Justicia la suma de C$41,688,654.00
(CUARENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS
CINCUENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
2. Al Consejo Supremo Electoral la suma de C$3,024,946.00 (TRES
MILLONES VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS CÓRDOBAS
NETOS), en gasto corriente.
3. A la Contraloría General de la República la suma de C$269,679.00
(DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE
CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
4. Al Ministerio de Gobernación la suma de C$88,173,203.00 (OCHENTA
Y OCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TRES CÓRDOBAS
NETOS), de los cuales C$51,531,484.00 (CINCUENTA Y UN MILLONES
QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CÓRDOBAS
NETOS) corresponden a gasto corriente y C$36,641,719.00 (TREINTA Y
SEIS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS DIESCINUEVE
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
5. Al Ministerio de Defensa la suma de C$27,309,380.00 (VEINTISIETE
MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA CÓRDOBAS NETOS),
de los cuales C$15,476.920.00 (QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS
SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTE CÓRDOBAS NETOS) corresponden
a gasto corriente y C$11,832,460.00 (ONCE MILLONES OCHOCIENTOS
TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
6. Al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la suma de
C$26,271,169.00 (VEINTISEIS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL
CIENTO SESENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$12,119,198.00 (DOCE MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL CIENTO NOVENTA
Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$14,151,971.00 (CATORCE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y UN MIL
NOVECIENTOS SETENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
7. Al Ministerio de Fomento, Industria y Comercio la suma de
C$6,311,183.00 (SEIS MILLONES TRESCIENTOS ONCE MIL CIENTO OCHENTA Y
TRES CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$4,128,469.00 (CUATRO MILLONES
CIENTO VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$2,182,714.00 (DOS MILLONES
CIENTO OCHENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CATORCE CÓRDOBAS NETOS) a
gasto de capital.
8. Al Ministerio de Educación la suma de C$107,922,000.00 (CIENTO
SIETE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIDOS MIL CÓRDOBAS NETOS), de los
cuales C$36,334,000.00 (TREINTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA
Y CUATRO MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$71,588,000.00 (SETENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO
MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
9. Al Ministerio Agropecuario la suma de C$136,904,310.00 (CIENTO
TREINTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL TRESCIENTOS DIEZ
CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$112,766,104.00 (CIENTO DOCE
MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CIENTO CUATRO CÓRDOBAS
NETOS) corresponden a gasto corriente y C$24,138,206.00
(VEINTICUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SEIS
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
10. Al Ministerio de Transporte e Infraestructura la suma de
C$34,222,853.00 (TREINTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTIDÓS MIL
OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$700,000.00 (SETECIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$33,522,853.00 (TREINTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS
VEINTIDÓS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) a gasto
de capital.
11. Al Ministerio de Salud la suma de C$107,552,297.00 (CIENTO
SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y
SIETE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$66,653,577.00 (SESENTA Y
SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y
SIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$40,898,720.00 (CUARENTA MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL
SETECIENTOS VEINTE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
12. Al Ministerio del Trabajo la suma de C$824,411.00 (OCHOCIENTOS
VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS ONCE CÓRDOBAS NETOS), en gasto
corriente.
13. Al Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez la suma de
C$4,924,000.00 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL
CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
14. Al Ministerio de Energía y Minas la suma de C$126,530,659.00
(CIENTO VEINTISEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS
CINCUENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$29,771,947.00
(VEINTINUEVE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS
CUARENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$96,758,712.00 (NOVENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y
OCHO MIL SETECIENTOS DOCE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
15. Al Ministerio de la Juventud la suma de C$1,924,183.00 (UN
MILLÓN NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y TRES CÓRDOBAS
NETOS), en gasto corriente.
16. Al Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y
Asociativa la suma de C$124,306,144.00 (CIENTO VEINTICUATRO
MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO CÓRDOBAS
NETOS), de los cuales C$122,485,444.00 (CIENTO VEINTIDOS MILLONES
CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$1,820,700.00 (UN
MILLÓN OCHOCIENTOS VEINTE MIL SETECIENTOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto
de capital.
17. A la partida de Asignaciones y Subvenciones la suma de
C$561,573,659.00 (QUINIENTOS SESENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS
SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS),
de los cuales C$222,629,652.00 (DOSCIENTOS VEINTIDOS MILLONES
SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS CÓRDOBAS
NETOS) corresponden a gasto corriente y C$338,944,007.00
(TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO
MIL SIETE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, conforme la siguiente
distribución y detalle:
17.1 A la Autoridad Nacional del Agua la suma de C$965,292.00
(NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS CÓRDOBAS
NETOS), en gasto corriente.
17.2 Al Banco de Fomento a la Producción (PRODUZCAMOS) la suma de
C$11,590,640.00 (ONCE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS
CUARENTA CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
17.3 A la Comisión de Apelación del Servicio Civil la suma de
C$66,181.00 (SESENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y UN CÓRDOBAS
NETOS), en gasto corriente.
17.4 A la Comisión Nacional de Demarcación y Titulación la suma de
C$692,346.00 (SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y
SEIS CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
17.5 A la Comisión Nacional de Microfinanzas la suma de C$59,715.00
(CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS QUINCE CÓRDOBAS NETOS), en gasto
corriente.
17.6 Al Consejo Nacional contra el Crimen Organizado la suma de
C$37,303.00 (TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TRES CÓRDOBAS NETOS),
en gasto corriente.
17.7 Al Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación del Sistema
Educativo la suma de C$57,672.00 (CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS
SETENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
17.8 Al Consejo Nacional de Planificación Económica y Social la
suma de C$24,536.00 (VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS
CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
17.9 Al Consejo Nacional del Deporte, la Educación Física y la
Recreación Física la suma de C$13,434,026.00 (TRECE MILLONES
CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL VEINTISEIS CÓRDOBAS NETOS), de
los cuales C$2,764,026.00 (DOS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y
CUATRO MIL VEINTISEIS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$10,670,000.00 (DIEZ MILLONES SEISCIENTOS SETENTA MIL
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
17.10 A la Corte Centroamericana de Justicia la suma de
C$411,183.00 (CUATROCIENTOS ONCE MIL CIENTO OCHENTA Y TRES CÓRDOBAS
NETOS), en gasto corriente.
17.11 A la Dirección General de Ingresos la suma de C$23,226,618.00
(VEINTITRÉS MILLONES DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS
DIECIOCHO CÓRDOBAS NETOS), en gasto de capital.
17.12 A la Dirección General de Servicios Aduaneros la suma de
C$6,695,079.00 (SEIS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL
SETENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), en gasto de capital.
17.13 A la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica la suma de
C$18,533,583.00 (DIECIOCHO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL
QUINIENTOS OCHENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS), en gasto de
capital.
17.14 A la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados
Sanitarios la suma de C$11,847,660.00 (ONCE MILLONES OCHOCIENTOS
CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA CÓRDOBAS NETOS), de los
cuales C$2,904.000.00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL CÓRDOBAS
NETOS) corresponden a gasto corriente y C$8,943,660.00 (OCHO
MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
17.15 A la Empresa Portuaria Nacional la suma de C$19,755,000.00
(DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CÓRDOBAS
NETOS), en gasto de capital.
17.16 A la Empresa Nicaragüense de Electricidad la suma de
C$15,000,000.00 (QUINCE MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS), en gasto de
capital.
17.17 Al Fondo de Desarrollo Minero la suma de C$5,000,000.00
(CINCO MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
17.18 Al Fondo Nacional de Desarrollo Forestal la suma de
C$4,000,000.00 (CUATRO MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS), en gasto
corriente.
17.19 Al Fondo para Adquisición de Viviendas de Interés Social la
suma de C$10,000,000.00 (DIEZ MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS), en gasto
corriente.
17.20 Al Gobierno Regional Autónomo Atlántico Norte la suma de
C$41,693,854.00 (CUARENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES
MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS), en gasto de
capital.
17.21 Al Gobierno Territorial Indígena Alto Wangki y Bocay la suma
de C$500,000.00 (QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS), en gasto de
capital.
17.22 Al Instituto contra el Alcoholismo y la Drogadicción la suma
de C$28,565.00 (VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO CÓRDOBAS
NETOS), en gasto corriente.
17.23 Al Instituto de la Vivienda Urbana y Rural la suma de
C$11,492,892.00 (ONCE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL
OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS), en gasto
corriente.
17.24 Al Instituto Nacional de Promoción de la Competencia la suma
de C$145,980.00 (CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA
CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
17.25 Al Instituto Nacional de Información de Desarrollo la suma de
C$1,271,548.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS
CUARENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
17.26 Al Instituto Nacional Tecnológico la suma de C$30,118,004.00
(TREINTA MILLONES CIENTO DIECIOCHO MIL CUATRO CÓRDOBAS NETOS), en
gasto de capital.
17.27 Al Instituto Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados la
suma de C$163,821.00 (CIENTO SESENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS
VEINTIÚN CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
17.28 Al Instituto Nicaragüense de Cultura la suma de C$184,612.00
(CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DOCE CÓRDOBAS NETOS), en
gasto corriente.
17.29 Al Instituto Nicaragüense de Deportes la suma de C$228,622.00
(DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS VEINTIDÓS CÓRDOBAS NETOS),
en gasto corriente.
17.30 Al Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal la suma de
C$1,533,378.00 (UN MILLÓN QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS
SETENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
17.31 Al Instituto Nicaragüense de la Pesca y Acuicultura la suma
de C$1,498,939.00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL
NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), en gasto
corriente.
17.32 Al Instituto Nicaragüense de Turismo la suma de C$25,163.00
(VEINTICINCO MIL CIENTO SESENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS), en gasto
corriente.
17.33 Al Ministerio Público la suma de C$1,304,407.00 (UN MILLÓN
TRESCIENTOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS SIETE CÓRDOBAS NETOS), en
gasto corriente.
17.34 Al Ordenamiento de la Propiedad la suma de C$1,833,132.00 (UN
MILLÓN OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y DOS CÓRDOBAS
NETOS), en gasto corriente.
17.35 A PRONICARAGUA/PNUD la suma de C$90,686.00 (NOVENTA MIL
SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS), en gasto
corriente.
17.36 A Pensiones Vitalicias a Expresidentes y Exvicepresidentes la
suma de C$1,000,000.00 (UN MILLÓN DE CÓRDOBAS NETOS), en gasto
corriente.
17.37 A Radio Nicaragua la suma de C$174,574.00 (CIENTO SETENTA Y
CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS), en gasto
corriente.
17.38 A Secretaría de Integración Económica Centroamericana la suma
de C$361,400.00 (TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS
CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
17.39 A Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Prevención,
Mitigación y Atención de Desastres la suma de C$5,584,495.00 (CINCO
MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y
CINCO CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
17.40 A Subsidio de Energía en Asentamientos en Barrios
Económicamente Vulnerables la suma de C$24,713,000.00 (VEINTICUATRO
MILLONES SETECIENTOS TRECE MIL CÓRDOBAS NETOS), en gasto
corriente.
17.41 A subvenciones a centros religiosos, culturales, deportivos y
organizaciones sin fines de lucro la suma de C$1,125,000.00 (UN
MILLÓN CIENTO VEINTICINCO MIL CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$1,050,000.00 (UN MILLÓN CINCUENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente y C$75,000.00 (SETENTA Y CINCO MIL CÓRDOBAS NETOS) a
gasto de capital, según detalle en Anexo No.
III-B.
17.42 A Transferencias a las Alcaldías por Recaudación del Impuesto
Selectivo de Consumo (ISC-IMI) la suma de C$9,622,759.00 (NUEVE
MILLONES SEISCIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE
CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
17.43 A Transferencias a las Alcaldías por Recaudación de
Exploración y Explotación Minera la suma de C$11,597,902.00 (ONCE
MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS DOS CÓRDOBAS
NETOS), en gasto corriente.
17.44 A Transferencia Municipal la suma de C$175,716,651.00 (CIENTO
SETENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS DIESCISEIS MIL SEISCIENTOS
CINCUENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$11,983,442.00 (ONCE
MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y
DOS CÓRDOBAS NETOS) corresponde a gasto corriente y
C$163,733,209.00 (CIENTO SESENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS
TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NUEVE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital, conforme detalle de Anexo No. III-A.
17.45 Al Tribunal Aduanero y Tributario Administrativo la suma de
C$136,418.00 (CIENTO TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO
CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
17.46 A la Unidad de Análisis Financiero la suma de C$498,042.00
(CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUARENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS),
en gasto corriente.
17.47 A las Universidades (energía eléctrica, agua y telefonía
nacional) la suma de C$35,000,000.00 (TREINTA Y CINCO MILLONES DE
CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
17.48 A las Universidades y Centros de Educación Técnica Superior
la suma de C$62,532,981.00 (SESENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS
TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS), en
gasto corriente.
18. Al Servicio de la Deuda Pública la suma de C$78,000,000.00
(SETENTA Y OCHO MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente,
conforme el detalle que se presenta en el Anexo N°. V.
III. Reasígnese las partidas presupuestarias intra-institucionales
por un monto de C$869,028,825.00 (OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE
MILLONES VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO CÓRDOBAS NETOS),
cuyos montos y detalle se presentan en el Anexo N°. IV.
Art. 3 Como consecuencia de las modificaciones del
Presupuesto General de Ingresos y del Presupuesto General de
Egresos, increméntese el Déficit Presupuestario Global en la suma
de C$2,035,242,646.00 (DOS MIL TREINTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS
CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS CÓRDOBAS
NETOS).
Art. 4 Redúzcase en el Presupuesto General de la República
2014 el monto de C$124,448,859.00 (CIENTO VEINTICUATRO MILLONES
CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE
CÓRDOBAS NETOS) en el concepto de donaciones externas, de la
Necesidad de Financiamiento Neto, producto de las ampliaciones,
reducciones y reasignaciones contenidas en el artículo 2 de esta
Ley.
Art. 5 Increméntese el Financiamiento Externo Neto en la
suma de C$41,322,536.00 (CUARENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS
VEINTIDÓS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS), producto
de ampliaciones, reducciones y reasignaciones contenidas en el
artículo 2 de esta Ley, de los desembolsos de préstamos por el
monto de reducción de C$98,677,464.00 (NOVENTA Y OCHO MILLONES
SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO
CÓRDOBAS NETOS), y el menor servicio de amortización de la deuda
externa por C$140,000,000.00 (CIENTO CUARENTA MILLONES DE CÓRDOBAS
NETOS).
Art. 6 Redúzcase el Financiamiento Interno Neto en un monto
de C$2,118,368,969.00 (DOS MIL CIENTO DIECIOCHO MILLLONES
TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE CÓRDOBAS
NETOS), correspondiente a menor pago de amortización del servicio
de la Deuda Pública Interna por el monto de C$1,212,700,000.00 (UN
MIL DOSCIENTOS DOCE MILLONES SETECIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS), nueva
colocación de Bonos de la República de Nicaragua por el monto de
C$260,000,000.00 (DOSCIENTOS SESENTA MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) y
se reduce el Aumento de Disponibilidades del presupuesto vigente en
el monto de C$645,668,969.00 (SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES
SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE CÓRDOBAS
NETOS).
Art. 7 Modifíquese el artículo 1, de la Ley N° 851, Ley
Anual de Presupuesto General de la República 2014, el cual se
leerá así: Apruébese el Presupuesto General de Ingresos para el
ejercicio presupuestario 2014 por un monto estimado de
C$49,004,012,119.00 (CUARENTA Y NUEVE MIL CUATRO MILLONES DOCE MIL
CIENTO DIECINUEVE CÓRDOBAS NETOS), que corresponde a ingresos
corrientes y de capital que forman parte de la Ley.
Art. 8 Modifíquese el primer párrafo del artículo 2 de la
Ley N° 851, Ley Anual de Presupuesto General de la República 2014,
el cual se leerá así: Apruébese el Presupuesto General de Egresos
para el ejercicio presupuestario 2014 en la suma de
C$54,738,823,998.00 (CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y
OCHO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTITRÉS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO
CÓRDOBAS NETOS), distribuidos en C$40,949,165,635.00 (CUARENTA MIL
NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO SESENTA Y CINCO MIL
SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente y
C$13,789,658,363.00 (TRECE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES
SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES
CÓRDOBAS NETOS) para gasto de capital. La distribución del
Presupuesto General de Egresos será por organismos, programa,
proyecto y grupo de gastos en la forma y monto cuyo detalle es
parte de la Ley.
Art. 9 Dentro del contexto del Programa Económico Financiero
2014 y su objetivo central de generación de riqueza y reducción de
la pobreza como elementos aglutinadores del desarrollo económico y
social de la nación, en el caso que el Gobierno de Reconciliación y
Unidad Nacional obtenga mayores recursos externas de
financiamiento, se autoriza al Ministerio de Hacienda y Crédito
Público a incorporar al Presupuesto General de Egresos 2014,
mediante crédito presupuestario adicional a los organismos, así
como su respectiva fuente de financiamiento, los recursos a ser
ejecutados provenientes de desembolsos de préstamos internacionales
aprobados por la Asamblea Nacional y destinados a programas y/o
proyectos, y cuyos montos no figuren en el ejercicio presupuestario
vigente. Igual procedimiento de incorporación se aplicará a las
operaciones de donaciones externas regidas a través de convenios de
cooperación. Estas incorporaciones de desembolsos de préstamos y de
donaciones serán hasta el monto equivalente al dos por ciento del
Presupuesto General de Egresos 2014 aprobado en el artículo 2 de la
Ley N°. 851, Ley Anual de Presupuesto General de la República
2014.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público deberá informar
mensualmente a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de
la Asamblea Nacional, a través de la Dirección General de Análisis
y Seguimiento Presupuestario y Económico y a la Contraloría General
de la República, la suma confirmada de incorporación en los
créditos presupuestarios institucionales. La programación y
registro de la ejecución presupuestaria de estos recursos se harán
conforme el Sistema Integrado de Gestión Financiera, Administrativa
y Auditoria y de acuerdo a las Normas y Procedimientos de Ejecución
y Control Presupuestario vigente.
Art. 10 La presente Ley entrará en vigencia a partir de su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional a los veintiocho días del mes de agosto del año dos mil
catorce. . Ing. René Núñez Téllez Presidente de la Asamblea
Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la
Asamblea Nacional.
Por tanto. Téngase como Ley de la República. Publíquese y
Ejecútese. Managua, tres de Septiembre del año dos mil catorce.
Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de
Nicaragua.
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